Asamblea general ONU decisiones importantes 2/3


BOLILLA 7: DE LA SOCIEDAD INTERNACIONAL Y DE SU ORGANIZACIÓN


CARTA DE LA O.N.U:


Órganos y funciones:

1.Se establecen como órganos principales De las Naciones Unidas: una Asamblea General, un Consejo de Seguridad, un Consejo Económico y Social, un Consejo de Administración Fiduciaria, una Corte Internacional de Justicia, una Secretaría.

2.Se podrán establecer, de acuerdo con Las disposiciones de la presente Carta, los órganos subsidiarios que se estimen Necesarios.

Art 8 La Organización no establecerá restricciones en cuanto a la Elegibilidad de hombres y mujeres para participar en condiciones de igualdad y En cualquier carácter en las funciones de sus órganos principales y Subsidiarios.

El Consejo de Seguridad:


COMPOSICIÓN

Art 23

1.El Consejo de Seguridad se compondrá De quince miembros de las Naciones Unidas. La República de China, Francia, la Uníón de las Repúblicas Socialistas Soviéticas, el Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte y los Estados Unidos de América, serán miembros Permanentes del Consejo de Seguridad. La Asamblea General elegirá otros diez Miembros de las Naciones Unidas que serán miembros no permanentes del Consejo De Seguridad, prestando especial atención, en primer término, a la contribución De los Miembros de las Naciones Unidas al mantenimiento de la paz y la seguridad internacionales y a los démas propósitos de la Organización, como También a una distribución geográfica equitativa.

2.Los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad serán elegidos por un periodo de dos años. En la primera Elección de los miembros no permanentes que se celebre después de haberse aumentado De once a quince el número de miembros del Consejo de Seguridad, dos de los Cuatro miembros nuevos serán elegidos por un periodo de un año. Los miembros Salientes no serán reelegibles para el periodo subsiguiente.

3.Cada miembro del Consejo de Seguridad Tendrá un representante

FUNCIONES y PODERES Art 24

1.A fin de asegurar acción rápida y Eficaz por parte de las Naciones Unidas, sus Miembros confieren al Consejo de Seguridad la responsabilidad primordial de mantener la paz y la seguridad Internacionales, y reconocen que el Consejo de Seguridad actuá a nombre de Ellos al desempeñar las funciones que le impone aquella responsabilidad.

2.En el desempeño de estas funciones, el Consejo de Seguridad procederá de acuerdo con los Propósitos y Principios de Las Naciones Unidas. Los poderes otorgados al Consejo de Seguridad para el Desempeño de dichas funciones quedan definidos en los Capítulos VI, VII, VIII y XII.

3.El Consejo de Seguridad presentará a La Asamblea General para su consideración informes anuales y, cuando fuere Necesario, informes especiales.

Art 25 Los Miembros de las Naciones Unidas convienen en aceptar y cumplir las Decisiones del Consejo de Seguridad de acuerdo con esta Carta.

Art 26 A fin de promover el establecimiento y mantenimiento de la paz y la seguridad Internacionales con la menor desviación posible de los recursos humanos y Económicos del mundo hacia los armamentos, el Consejo de Seguridad tendrá a su Cargo, con la ayuda del Comité de Estado Mayor a que se refiere e1 Artículo 47, La elaboración de planes que se someterán a los Miembros de las Naciones Unidas Para el establecimiento de un sistema de regulación de los armamentos.

VOTACIÓN Art 27

1.Cada miembro del Consejo de Seguridad Tendrá un voto

2.Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre cuestiones de procedimiento serán tomadas por el voto Afirmativo de nueve miembros.

3.Las decisiones del Consejo de Seguridad sobre todas las demás cuestiones serán tomadas por el voto afirmativo De nueve miembros, incluso los votos afirmativos de todos los miembros Permanentes; pero en las decisiones tomadas en virtud del Capítulo VI y del Párrafo 3 del Artículo 52, la parte en una controversia se abstendrá de votar.

PROCEDIMIENTO Art 28

1.El Consejo de Seguridad será Organizado de modo que pueda funcionar continuamente. Con tal fin, cada miembro Del Consejo de Seguridad tendrá en todo momento su representante en la sede de La Organización.

2.El Consejo de Seguridad celebrará Reuniones periódicas en las cuales cada uno de sus miembros podrá, si lo desea, Hacerse representar por un miembro de su Gobierno o por otro representante Especialmente designado.

3.El Consejo de Seguridad podrá celebrar Reuniones en cualesquiera lugares, fuera de la sede de la Organización, que Juzgue más apropiados para facilitar sus labores.

Art 29 El Consejo de Seguridad podrá establecer los organismos subsidiarios Que estime necesarios para el desempeño de sus funciones.

Art 30 El Consejo de Seguridad dictará su propio reglamento, el cual Establecerá el método de elegir su Presidente.

Art 31 Cualquier Miembro de Las Naciones Unidas que no sea miembro del Consejo de Seguridad podrá Participar sin derecho a voto en la discusión de toda cuestión llevada ante el Consejo de Seguridad cuando éste considere que los intereses de ese Miembro Están afectados de manera especial.

Art 32 El Miembro de las Naciones Unidas que no tenga asiento en el Consejo de Seguridad o el Estado que no sea Miembro de las Naciones Unidas, si fuere parte En una controversia que esté considerando el Consejo de Seguridad, será invitado A participar sin derecho a voto en las discusiones relativas a dicha Controversia. El Consejo de Seguridad establecerá las condiciones que estime Justas para la participación de los Estados que no sean Miembros de las Naciones Unidas.

La Asamblea General:

COMPOSICIÓN

Art 9La Asamblea General estará integrada por todos los Miembros de las Naciones Unidas. Ningún Miembro podrá tener más de cinco representantes en la Asamblea General. 

FUNCIONES y PODERES 

Art 10 La Asamblea General podrá discutir cualesquier asuntos o cuestiones dentro de los Límites de esta Carta o que se refieran a los poderes y funciones de cualquiera De los órganos creados por esta Carta, y salvo lo dispuesto en el Artículo 12 Podrá hacer recomendaciones sobre tales asuntos o cuestiones a los Miembros de Las Naciones Unidas o al Consejo de Seguridad o a éste y a aquéllos.

Art 11

1.La Asamblea General podrá considerar Los principios generales de la cooperación en el mantenimiento de la paz y la Seguridad internacionales, incluso los principios que rigen el desarme y la Regulación de los armamentos, y podrá también hacer recomendaciones respecto de Tales principios a los Miembros o al Consejo de Seguridad o a éste y a Aquéllos.

2.La Asamblea General podrá discutir Toda cuestión relativa al mantenimiento de la paz y la seguridad Internacionales que presente a su consideración cualquier Miembro de las Naciones Unidas o el Consejo de Seguridad, o que un Estado que no es Miembro de Las Naciones Unidas presente de conformidad con el Artículo 35, párrafo 2, y Salvo lo dispuesto en el Artículo 12, podrá hacer recomendaciones acerca de Tales cuestiones al Estado o Estados interesados o al Consejo de Seguridad o a éste y a aquéllos. Toda cuestión de esta naturaleza con respecto a la cual se Requiera acción será referida al Consejo de Seguridad por la Asamblea General Antes o después de discutirla.

3.La Asamblea General podrá llamar la Atención del Consejo de Seguridad hacia situaciones susceptibles de poner en Peligro la paz y la seguridad internacionales.

4.Los poderes de la Asamblea General Enumerados en este Artículo no limitarán el alcance general del Artículo 10

Art 12

1.Mientras el Consejo de Seguridad esté Desempeñando las funciones que le asigna esta Carta con respecto a una Controversia o situación, la Asamblea General no hará recomendación alguna Sobre tal controversia o situación, a no ser que lo solicite el Consejo de Seguridad.

2.El Secretario General, con el Consentimiento del Consejo de Seguridad, informará a la Asamblea General, en Cada periodo de sesiones, sobre todo asunto relativo al mantenimiento de la paz Y la seguridad internacionales que estuviere tratando el Consejo de Seguridad, E informará asimismo a la Asamblea General, o a los Miembros de las Naciones Unidas si la Asamblea no estuviere reunida, tan pronto como el Consejo de Seguridad cese de tratar dichos asuntos.

Art 13

1.La Asamblea General promoverá estudios Y hará recomendaciones para los fines siguientes:

a.Fomentar la cooperación internacional En el campo político e impulsar el desarrollo progresivo del derecho Internacional y su codificación;

b.Fomentar la cooperación internacional En materias de carácter económico, social, cultural, educativo y sanitario y Ayudar a hacer efectivos los derechos humanos y las libertades fundamentales de Todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión.

2.Los demás poderes, responsabilidades y Funciones de la Asamblea General con relación a los asuntos que se mencionan en El inciso b del párrafo 1 precedente quedan enumerados en los Capítulos IX y X.

Art 14 Salvo Lo dispuesto en el Artículo 12, la Asamblea General podrá recomendar medidas Para el arreglo pacífico de cualesquiera situaciones, sea cual fuere su origen, Que a juicio de la Asamblea puedan perjudicar el bienestar general o las Relaciones amistosas entre naciones, incluso las situaciones resultantes de una Violación de las disposiciones de esta Carta que enuncian los Propósitos y Principios de las Naciones Unidas.    

Art 15

1.La Asamblea General recibirá y Considerará informes anuales y especiales del Consejo de Seguridad. Estos Informes comprenderán una relación de las medidas que el Consejo de Seguridad Haya decidido aplicar o haya aplicado para mantener la paz y la seguridad Internacionales.

2.La Asamblea General recibirá y Considerará informes de los demás órganos de las Naciones Unidas

Art 16 La Asamblea General desempeñará, con respecto al régimen internacional de Administración fiduciaria, las funciones que se le atribuyen conforme a los Capítulos XII y XIII, incluso la aprobación de los acuerdos de administración Fiduciaria de zonas no designadas como estratégicas.

Art 17

1.La Asamblea General examinará y Aprobará el presupuesto de la Organización

2.Los miembros sufragarán los gastos de La Organización en la proporción que determine la Asamblea General

3.La Asamblea General considerará y Aprobará los arreglos financieros y presupuestarios que se celebren con los Organismos especializados de que trata el Artículo 57 y examinará los Presupuestos administrativos de tales organismos especializados con el fin de Hacer recomendaciones a los organismos correspondientes.

VOTACIÓN

Art 18

1.Cada Miembro de la Asamblea General Tendrá un voto

2.Las decisiones de la Asamblea General En cuestiones importantes se tomarán por el voto de una mayoría de dos tercios De los miembros presentes y votantes. Estas cuestiones comprenderán: las Recomendaciones relativas al mantenimiento de la paz y la seguridad Internacionales, la elección de los miembros no permanentes del Consejo de Seguridad, la elección de los miembros del Consejo Económico y Social, la Elección de los miembros del Consejo de Administración Fiduciaria de Conformidad con el inciso c, párrafo 1, del Artículo 86, la admisión de nuevos Miembros a las Naciones Unidas, la suspensión de los derechos y privilegios de Los Miembros, la expulsión de Miembros, las cuestiones relativas al Funcionamiento del régimen de administración fiduciaria y las cuestiones Presupuestarias.

3.Las decisiones sobre otras cuestiones, Incluso la determinación de categorías adicionales de cuestiones que deban Resolverse por mayoría de dos tercios, se tomarán por la mayoría de los Miembros presentes y votantes.

Art 19


El Miembro de las Naciones Unidas que Esté en mora en el pago de sus cuotas financieras para los gastos de la Organización, no tendrá voto en la Asamblea General cuando la suma adeudada sea Igual o superior al total de las cuotas adeudadas por los dos años anteriores Completos. La Asamblea General podrá, sin embargo, permitir que dicho Miembro Vote si llegare a la conclusión de que la mora se debe a circunstancias ajenas A la voluntad de dicho Miembro.

PROCEDIMIENTO 

Art 20 Las Asamblea General se reunirá anualmente en sesiones ordinarias y, cada vez que Las circunstancias lo exijan, en sesiones extraordinarias. El Secretario General convocará a sesiones extraordinarias a solicitud del Consejo de Seguridad o de la mayoría de los Miembros de las Naciones Unidas.

Art 21 La Asamblea General dictará su propio reglamento y elegirá su Presidente para cada Periodo de sesiones.

Art 22 La Asamblea General podrá establecer los organismos subsidiarios que estime Necesarios para el desempeño de sus funciones.

Que Establece la resolución 1514.

La ONU El 14 de Diciembre de 1960 en esta resolución dicto que, “todos los pueblos Tienen un derecho inalienable a la libertad absoluta, al ejercicio de su Soberanía y a la integridad de su territorio nacional”. Afirma “la necesidad de Poner FIN Rápida E INCONDICIONALMENTE al colonialismo en todas sus formas y Manifestaciones.

Entre Otras cosas, declara que:

2. Todos Los pueblos tienen el derecho de libre determinación; en virtud de este Derecho, determinan libremente su condición política y persiguen libremente su Desarrollo económico, social y cultural.

6. Todo Intento encaminado a quebrantar total o parcialmente la unidad nacional y la Integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y Principios de la Carta de las Naciones Unidas.

Carta Del atlántico:


El Presidente de los Estados Unidos Franklin D. Roosevelt y el Primer Ministro británico Winston Churchill Propusieron, y luego firmaron un documento que reunía un conjunto de principios Para el mantenimiento de la paz y la seguridad internacional.

Habían pasado Dos meses desde ladeclaración de Londres, cuando, como Resultado de la histórica reuníón entre el presidente Roosevelt y el primer Ministro Churchill, surgieron nuevas medidas en favor de una organización Mundial.

Una tarde llegó La noticia de que el presidente Roosevelt y el primer ministro Churchill se Entrevistaban «en algún punto del mar,» el mismo mar donde se librara Desesperadamente la batalla del Atlántico. El 14 de Agosto los dos dirigentes Expidieron una declaración conjunta que se conocería en la historia como laCarta del Atlántico.

Este documento No era un tratado entre las dos potencias. Tampoco constituía una definición Definitiva y oficial de los fines de la paz. Como el mismo documento lo Expresa, era una afirmación de « ciertos principios comunes en la política Nacional de nuestros países respectivos, en los cuales radican las esperanzas De un mejor porvenir para la humanidad. »

En otros puntos De la Carta del Atlántico se afirman los principios básicos de la justicia internacional: :

·Nada de expansiones;

·ni cambios territoriales sin el libre y expreso deseo de los Pueblos interesados;

·facultad de cada país para escoger su propio sistema de gobierno;

·e igualdad de condiciones para todos los países en la adquisición De materias primas.

La Carta del Atlántico, creación de los dos grandes dirigentes democráticos de entonces, y Que entrañaba además todo el apoyo moral de los Estados Unidos, produjo una Profunda impresión entre los aliados. En los países ocupados sirvió como mensaje De esperanza. Se propuso en ella el establecimiento de una organización mundial Fundamentada en las verdades eternas de la moral internacional.

El hecho de que Tuviese poca validez jurídica no le quitaba mérito. Si en último análisis la Validez de un tratado se determina por la sinceridad de sus principios, ninguna Afirmación común de fe entre dos naciones amantes de la paz podría carecer de Importancia. 

Poco después del Regreso del primer ministro Churchill a Londres, después de su entrevista en Alta mar, se reunieron en esta ciudad diez gobiernos, que apoyaron los Principios de la Carta del Atlántico y prometieron coadyuvar en su cumplimiento En toda la medida de sus fuerzas. El 24 de Septiembre, la Uníón Soviética firmo Esta declaración junto con los representantes de los países ocupados de Europa: Bélgica, Checoeslovaquia, Grecia, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Polonia, Yugoeslavia y el del general De Gaulle, de Francia.

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