Clases de contrato de trabajo


El contrato de trabajo y la capacidad para contratar


El contrato de trabajo es un acuerdo entre el empresario y el trabajador, mediante el cual el trabajador se compromete a prestar unos servicios y someterse al poder de organización y dirección del empresario.Para ser trabajador y poder firmar un contrato de trabajo es necesario ser persona física y cumplir alguno de los siguientes requisitos:• Ser mayor de edad • Tener 16 ó 17 años y contar con la autorización de los padres.• Estar emancipado.

Forma y validez del contrato de trabajo

La forma del contrato puede ser escrita o verbal. En la actualidad se exige que todos los contratos laborales se celebren por escrito excepto:•El contrato indefinido ordinario, •El contrato eventual por circunstancias de la producción, a tiempo completo, cuya duración sea inferior a cuatro semanas


Elementos esenciales del contrato de trabajo

Las partes que celebran el contrato: la identidad del empresario y del trabajador.*Los tiempos de trabajo: la fecha de comienzo de la relación laboral y la duración del contrato.*El lugar de trabajo: el domicilio social de la empresa y el centro de trabajo. Si el trabajador tuviera que trabajar en diferentes centros de trabajo o en centros de trabajo móviles o itinerantes, se harán constar estas circunstancias.*La categoría o grupo profesional del puesto de trabajo que va a ocupar el trabajador o una descripción del contenido específico del trabajo a realizar.*El salario.*Las vacaciones: su duración, atribución y distribución entre los trabajadores.*Los plazos de preaviso que deban respetar, tanto trabajador como empresario, para poner fin al contrato.*El convenio colectivo aplicable a la relación laboral, precisando los datos concretos que permitan su identificación y localización.

Validez

El empresario tiene las siguientes obligaciones:• Entregar una copia del contrato al trabajador.• Entregar una copia básica a los representantes de los trabajadores, para que la firmen.• Comunicar en la Oficina de Empleo, en el plazo de 10 días hábiles desde la celebración del contrato, una copia del mismo.

Modalidades contractuales

Contratos indefinidos


Los trabajadores se incorporan a la empresa como «fijos», sin límite de tiempo.
Contrato indefinido ordinarioSe rige por el Estatuto de los Trabajadores.

Contratos temporales

Su duración es limitada en el tiempo; llegará un momento en el que el trabajador terminará su vinculación con la empresa.Formativos:• Contrato para la formación.• Contrato en prácticas.Por el tipo de trabajo a realizar:• Contrato de obra o servicio.• Contrato de interinidad.• Contrato eventual por circunstancias de la producción.

El contrato de trabajo temporal se transforma en indefinido

*Si la empresa no da de alta al trabajador en la Seguridad Social, una vez que haya transcurrido un tiempo superior al que podría durar el periodo de prueba.
*Cuando un contrato deba celebrarse obligatoriamente por escrito y no se haga así, se entiende que dicho contrato se transforma en indefinido y a tiempo completo. *Cuando los contratos se celebran en fraude de ley, es decir, se conciertan para atender a una finalidad distinta a la que la ley los destina.* Cuando una empresa ceda a otra trabajadores de forma ilegal. Contratos indefinidos El contrato indefinido ordinario es de los pocos que pueden celebrarse por escrito o de palabra. No se exige ningún requisito para su celebración y pueden celebrarse a tiempo completo o parcial.Se crearon una serie de contratos indefinidos que concedían al empresario incentivos tales como:• Una reducción de las cuotas que pagan a la Seguridad Social.• Reducir la indemnización por despido improcedente, por causas objetivas, a 33 días de salario por año de servicio, con un máximo de 24 mensualidades.

Contratos temporales

Contratos formativos


Contrato para la formación


*Finalidad Conseguir que el trabajador adquiera la formación teórica y práctica necesaria para desempeñar un oficio o puesto de trabajo.*Requisitos de los trabajadores Tener entre 16 y 21 años. No tener la titulación requerida para un contrato en prácticas. No haber desempeñado antes un puesto de igual cualificación profesional por un tiempo superior a 12 meses.*Duración Como mínimo debe durar 6 meses y como máximo 2 años. Por convenio colectivo se puede ampliar la duración máxima a 3 años. Para los trabajadores minusválidos, la duración máxima será de 4 años. *Jornada Solo puede celebrarse a tiempo completo. *Retribución La establecida por convenio colectivo, nunca inferior al SMI. Contrato en practicas *Finalidad Conseguir que el trabajador adquiera la práctica profesional adecuada a su nivel de estudios.*Requisitos de los trabajadores Tener un título profesional adecuado. Que no hayan transcurrido más de cuatro años desde la terminación de los estudios.*Forma Debe celebrarse por escrito y constar la titulación del trabajador, la duración del contrato y el puesto de trabajo a desempeñar durante las prácticas. *Duración Como mínimo debe durar 6 meses y como máximo 2 años. *Jornada Puede celebrarse a tiempo completo y a tiempo parcial.

Contratos por el tipo de trabajo a realizar

Contrato de obra*
Finalidad Este contrato se celebra para realizar una obra o un servicio sin relación con la actividad normal de la empresa y de duración incierta, aunque limitada en el tiempo.*Forma Por escrito y debe identificarse claramente la obra o servicio.*Duración El contrato finalizará cuando finalice la obra o servicio objeto del contrato. *Jornada Puede celebrarse a tiempo completo y a tiempo parcial. Contrato eventual por circunstancias de la producción *Finalidad Estos contratos solo deben celebrarse para atender a circunstancias especiales en el mercado: acumulación de tareas o exceso de pedidos, aun tratándose de la actividad normal de la empresa. *Forma Por escrito, aquellos cuya duración sea superior a cuatro semanas.*Duración Como máximo 6 meses dentro de un periodo de referencia de12 meses. *Extinción A la finalización del contrato, el trabajador tiene derecho a una indemnización de 8 días de salario por año de servicio o la parte proporcional correspondiente.*Jornada Puede celebrarse a tiempo completo y a tiempo parcial. Contrato de interinidad *Finalidad Para sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo, por ejemplo, un trabajador que está de baja por enfermedad o accidente. Para cubrir temporalmente un puesto de trabajo. *Forma Por escrito. Debe constar el trabajador sustituido y la causa de la sustitución. *Duración Cuando se trata de sustituir a un trabajador con derecho a reserva del puesto de trabajo, su duración será la misma que la de la baja del trabajador sustituido. *Extinción El trabajador no recibe indemnización alguna.*Jornada A tiempo completo. Solo puede celebrarse a tiempo parcial cuando: la persona sustituida trabajase a tiempo parcial o, cuando se complete la jornada de alguien que ha reducido la suya.

Otros contratos:

Contrato relevo *Finalidad Es aquel que se concierta para sustituir parcialmente al trabajador que accede a la jubilación parcial anticipada.*Requisitos El trabajador debe estar inscrito como desempleado en la oficina de empleo.*Duración Puede celebrarse por tiempo indefinido o temporal. *Extinción A la finalización del contrato el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 8 días de salario por año de servicio. Contrato a tiempo parcial *Concepto Es aquel que se concierta para realizar la prestación de servicios durante un número de horas al día, a la semana, al mes o al año, inferior a la jornada de trabajo de un «trabajador a tiempo completo comparable». *Forma Siempre por escrito. *Especialidad Los trabajadores contratados a tiempo parcial no pueden realizar horas extras, pero sí pueden realizar horas complementarias, si su contrato es indefinido.


Las Empresas de Trabajo Temporal


Una Empresa de Trabajo Temporal (ETT) es aquella cuya actividad consiste en contratar a trabajadores para, posteriormente, cederlos a otra empresa para la cual trabajarán durante un tiempo determinado. El trabajador está ligado contractualmente (es decir, firma el contrato) con la ETT.

Contratacion a través de una ett


Modalidades contractuales


Indefinido.Temporal. Si el contrato es temporal, su duración suele coincidir con el período para el cual el trabajador prestará servicios a la empresa usuaria.


Finalidades ilícitas


No se podrá realizar un contrato de puesta a disposición para ceder a trabajadores a otra ETT, para sustituir a trabajadores en huelga o para realizar trabajos penosos, peligrosos, insalubres o nocivos.


Forma Siempre por escrito



Extinción


A la finalización del contrato, el trabajador tendrá derecho a recibir una indemnización de 12 días de salario por año de servicio.


Responsabilidades y potestades


La ETT


Tiene la obligación de cumplir con las obligaciones salariales y de Seguridad Social. Puede sancionar al trabajador si comete una infracción (poder disciplinario).

La empresa usuaria

Debe informar al trabajador sobre los riesgos concretos en su puesto de trabajo y las medidas de protección y prevención.



Pactos contractuales:



Periodo de prueba


Al firmar un contrato de trabajo, se puede establecer, mediante un pacto escrito, un período de prueba, por el que se pretende ver si la relación laboral interesa al empresario y al trabajador. Durante el período de prueba los trabajadores tienen los mismos derechos y deberes que cualquier otro trabajador.


La duración máxima del período de prueba se puede establecer por convenio colectivo, no podrá exceder: de seis meses para los técnicos titulados,ni de dos meses para los demás trabajadores.


Pacto de permanencia


Es un pacto, por el cual, el trabajador asume la obligación de permanecer en una empresa durante un cierto tiempo. Este pacto debe celebrarse por escrito y su duración máxima es de dos años.La rescisión del contrato, por parte del trabajador, antes del plazo pactado, genera para el empresario, el derecho a una indemnización, por daños y perjuicios.


Periodo de pena dedicación


La rescisión del contrato, por parte del trabajador, antes del plazo pactado, genera para el empresario, el derecho a una indemnización, por daños y perjuicios.

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