Concurso de delitos


Autoría.***


Autor: Son autores quienes realizan el hecho punible por sí solos, conjuntamente o por medio de otro del que se sirven como instrumento. Se consideran autores los que inducen directamente a otros a ejecutarlo, y los que cooperan de manera necesaria haciendo posible la ejecución del acto.    Formas o Clases de Autoría. 

Autor Individual

Quien obra por sí mismo. Realiza personalmente el delito

Coautoría


Realización del hecho conjuntamente con otros sujetos que colaboran (eslabón importante) de manera directa y voluntaria. Hay repartición de roles, el “Dominio del Hecho” lo tienen varias personas. 

Coautoría Ejecutiva Directa

Todos los autores realizan todos los actos ejecutorios. 

Coautoría Ejecutiva Parcial:

Hay un “Reparto de Tareas”. 

Autoría Mediata:

Realizar el hecho por medio de otro, del que se sirve de instrumento humano. El autor
NO realiza directa ni personalmente el delito, sino que se sirve de otra persona generalmente “no responsable” (menor de edad, incapacitado mental) que lo realiza. 

Autoría Accesoria:

Varias personas, Independientemente unas de otras, producen el resultado típico, generalmente de un Delito Imprudente. (Manifestación, Rebelión) 

Autoría Alternativa

“A” se aposta al otro lado de la calle para disparar contra “C” en caso de que “B” falle. .

Participación***


Es la cooperación dolosa en un delito doloso ajeno. Se coopera con acciones neutrales o con un intercambio de bienes o servicios que pueden aumentar la comisión del delito.

Formas de participación

** 

Inducción (Instigación)
:

Se caracteriza porque el inductor (instigador) hace surgir de manera directa en otra persona (inducido o instigado) la idea de cometer un delito de manera voluntaria, pero quien decide y domina la realización del hecho es el inducido. Debe de haber una “relación personal e inmediata” entre ambos sujetos. Exceso del Inducido: “A” le dice a “B” que mate a “C”, “B” realiza la acción pero mata también a “D” y “E”. “A” responde solamente por “C”. 

Complicidad


Se trata de una “Contribución Dolosa” a la realización del delito con actos anteriores o simultáneos a la misma que NO pueden, en ningún caso, ser considerados como de autoría. Representa un incremento de posibilidades de éxito al autor. Con su aportación, la comisión del delito será más rápida, segura o fácil.

Formas de Participación Intentada



Conspiración: 2 o más sujetos se ponen de acuerdo y deciden ejecutar un delito. 

Proposición:

El que ha resuelto cometer un delito, invita a otras personas a realizarlo  Provocación:
Directamente se incita por un medio eficaz (imprenta, radio, concurrencia de personas) a la perpetración de un delito


Concurso de Delitos


 Cuando una o varias personas cometen una o varias acciones que son objeto de un mismo proceso. Hay “unidad de acción” que se determina por: 

Factor Final


La voluntad que rige y da sentido a una pluralidad de actos físicos aislados (en el asesinato, la voluntad de matar se unifica con los actos de comprar la pistola, apuntar, etc.) 

Factor Normativo:


La estructura del Tipo Delictivo en cada caso en particular, alguno de los hechos puede tener relevancia para diferentes tipos delictivos (matar a alguien con un arma de fuego ilícita).

Concurso de Delitos


(Art. 21 Cód. Pen.) Una sola acción se comete varios tipos delictivos homogéneos (la bomba del terrorista mata a varias personas) o heterogéneas (la bomba mata, lesiona y destruye bienes materiales). Todos los preceptos penales infringidos por la acción delictiva son aplicables a menos que se excluyan entre sí. Principio de Proporcionalidad: La pena total se determina con la suma de todos los años cárcel NO pueden superar la mayor pena por 3 veces. 

Unidad de Hecho:


La actuación debe corresponder a la misma manifestación de la voluntad. –

Concurso Material


(Art. 22 Cód. Pen.) “Pluridad de Acciones y Delitos”. Se da cuando concurren varias acciones constitutivas de un “Delito Autónomo”. Un mismo Agente comete separa o conjuntamente varios delitos. Principio de Proporcionalidad: La pena total se determina con la suma de todos los años cárcel NO pueden superar la mayor pena por 3 veces.

Delito Continuado

2 o más acciones homogéneas realizadas (que afecten bienes Jurídicos Patrimoniales. Art.77 Cód. Pen.) en distinto tiempo dirigidas al mismo sujeto pasivo (cuando NO se logra identificar es Delito en Masa), pero en similares ocasiones. Se caracteriza porque cada una de las acciones representa un delito consumado, pero se valoran como uno solo delito. Tiene 2 elementos:

Objetivo


Homogeneidad del bien jurídico tutelado. 

Subjetivo

La presencia de un Dolo común en las acciones realizadas. –

Concurso Aparente de Normas


(Art 23 Cód. Pen.) “Concurso de Leyes”. De las diversas leyes aplicables a un mismo hecho, solo una de ellas es realmente aplicable. *Identificar cada una de las acciones realizadas.

 * La Norma Especial prevalece sobre la General. * La Norma General se aplicará en defecto de la Especial. * El Precepto Penal más grave excluirá a los menos gravosos.  *Se aplica la Norma que describa la conducta de manera precisa

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