El banco central, la política monetària i la inflació


EL BANCO CENTRAL DE Bolivia

MÁS DE 80 AÑOS DE HISTORIA


Existieron dos antecedentes importantes para la creación del Banco Central de Bolivia (BCB), el Banco de la Nacíón Boliviana que desde 1911 hasta 1928 realizaba la emisión monetaria del país; y la Misión Kemmerer que desarrolló un estudio y formulación de propuestas, la más importante hacía referencia a “La reorganización del Banco de la Nacíón Boliviana”, convirtiéndolo en Banco Central.

El 20 de Julio de 1928, en el gobierno del Presidente Hernando Siles Reyes, se promulgó la Ley Nº 632, dejando de existir el Banco de la Nacíón Boliviana y creándose en su reemplazo el Banco Central de la Nacíón Boliviana.                                                                                                                                                       Meses después se adoptó el nombre definitivo de Banco Central de Bolivia, a través de una modificación a la Ley de Bancos de fecha 20 de Abril de 1929. El 1 de Julio de 1929 el BCB inauguró oficialmente sus actividades.

Al Banco Central de Bolivia se le otorgan las atribuciones exclusivasde emitir la moneda nacional, el manejo de la tasa de descuento, las operaciones de mercado abierto y el control de la política crediticia.

Entre 1945 y 1956, varias disposiciones legales introdujeron cambios en la Ley Orgánica del Banco Central de Bolivia, aunque no modificaron su estructura ni sus funciones fundamentales. El proceso inflacionario desatado a mediados de la década de 1950, produjo nuevos ajustes, cuando entró en vigencia el programa de estabilización monetaria, a través de la Misión Eder.

Por Decreto Ley Nº 9428 de 28 de Octubre de 1970, el Departamento Monetario se consolidó en la institución, mientras que el Departamento Bancario se transformó en el Banco del Estado. Asimismo, la Superintendencia de Bancos, con todas sus funciones y atribuciones, fue incorporada al BCB.

La Ley Orgánica del Banco Central, aprobada por Decreto Ley Nº 14791 de 1 de Agosto de 1977, dotó a la institución de funciones específicas con el objeto principal de crear y mantener las condiciones monetarias, cambiarías y crediticias adecuadas al desenvolvimiento económico del país.

En 1987 se retiraron del BCB las funciones de fiscalización y se restituyó la Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras (actualmente ASFI).

La Ley 1670 del 31 de Octubre de 1995 modifica la ley anterior del BCB, establece al Banco Central como única autoridad monetaria y cambiaría del país. Esta ley incluye también la creación de la Fundación Cultural del BCB.

EL BANCO CENTRAL DE Bolivia EN EL ESTADO PLURINACIONAL


El año 2006 Bolivia inició una nueva etapa económica y social, que se manifestó en un nuevo enfoque de política económica, incorporando otros actores económicos y sociales, combinando la preservación del equilibrio macroeconómico con los cambios estructurales necesarios para erradicar la pobreza, acelerar el crecimiento y lograr la diversificación económica.

A partir de la aprobación de la Constitución Política del Estado Plurinacional de Bolivia (Febrero de 2009), se consolida un nuevo modelo económico plural. El Banco Central de Bolivia (BCB), se encuentra reconocido en la Constitución como institución de derecho público con personalidad jurídica y patrimonio propio.
El Estado, a través del Órgano Ejecutivo, determina los objetivos de la política monetaria y cambiaría del país, en coordinación con el BCB.

En lo fundamental y en el marco de la política económica del Estado, se le otorga las siguientes atribuciones:

determinar y ejecutar la política monetaria; ejecutar la política cambiaría; regular el sistema de pagos; autorizar la emisión de la moneda y administrar las Reservas Internacionales

 El BCB es parte del Estado Plurinacional y tiene como principal función preservar el poder adquisitivo de la moneda nacional para contribuir al desarrollo económico y social.

DIRECTORIO DEL BANCO CENTRAL

Artículo 329. I. El Directorio del Banco Central de Bolivia estará conformado por una Presidenta o un Presidente, y cinco directoras o directores designados por la Presidenta o el Presidente del Estado de entre las ternas presentadas por la Asamblea Legislativa Plurinacional para cada uno de los cargos.

II. Los miembros del Directorio del Banco Central de Bolivia durarán en sus funciones cinco años, sin posibilidad de reelección. Serán considerados servidoras y servidores públicos, de acuerdo con la Constitución y la ley. Los requisitos particulares para el acceso al cargo serán determinados por la ley.

III. La Presidenta o el Presidente del Banco Central de Bolivia deberá rendir informes y cuentas sobre las funciones de la institución, cuantas veces sean solicitados por la Asamblea Legislativa Plurinacional o sus Cámaras. El Banco Central de Bolivia elevará un informe anual a la Asamblea Legislativa y está sometido al sistema de control gubernamental y fiscal del Estado.

ATRIBUCIONES DEL BCB ENMARCADAS EN LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO (Art. 327-328)


Artículo 327. El Banco Central de Bolivia es una institución de derecho público, con personalidad jurídica y patrimonio propio. En el marco de la política económica del Estado, es función del Banco Central de Bolivia mantener la estabilidad del poder adquisitivo interno de la moneda, para contribuir al desarrollo económico y social.

Artículo 328. Son atribuciones del Banco Central de Bolivia, en coordinación con la política económica determinada por el Órgano Ejecutivo, además de las señaladas por la ley:

1. Determinar y ejecutar la política monetaria. 2. Ejecutar la política cambiaría

3. Regular el sistema de pagos. 4. Autorizar la emisión de la moneda

5. Administrar las reservas internacionales

1. En política monetaria


Al tener la responsabilidad de determinar y ejecutar la política monetaria, el BCB controla y regula la cantidad de dinero circulante en la economía del país.

El BCB regula el volumen de crédito interno de acuerdo con su programa monetario. Al efecto, emite, coloca o adquiere títulos valores (letras, bonos, pagarés y otros) y realiza otras operaciones de mercado abierto. Además tiene la facultad para establecer encajes legales de obligatorio cumplimiento por las entidades de intermediación financiera. Los encajes legales son porcentajes de los depósitos totales que las entidades del sistema financiero deben mantener en el BCB como reserva obligatoria.

El encaje y los depósitos constituidos en el BCB por las entidades de intermediación financiera no están sujetos a ningún tipo de embargo o retención judicial por terceros.

2. En política cambiaría


El BCB ejecuta la política cambiaría normando la conversión del boliviano con relación a las monedas de otros países. Esta política se orienta a mitigar las presiones inflacionarias de origen externo y preservar la estabilidad del sistema financiero.                                               Está facultado para normar las operaciones financieras con el extranjero, realizadas por personas o entidades públicas y privadas.           El BCB lleva el registro de la deuda externa pública y privada.

3. En sistema de pagos


El BCB regula el sistema de pagos, destinado a promover la seguridad y eficiencia de las transacciones.El sistema de pagos es un conjunto de instrumentos, procedimientos y normas para la transferencia de fondos entre personas naturales y/o jurídicas, que se efectúa utilizando  desde dinero en efectivo, cheques, títulos valores, tarjetas de pago hasta dinero electrónico.

4. Emitir moneda nacional


El BCB ejerce en forma exclusiva e indelegable la función de emitir la unidad monetaria de Bolivia, “el Boliviano”, en forma de billetes y monedas metálicas. Los billetes y monedas que emite son medios de pago de curso legal en todo el territorio nacional, con poder liberatorio ilimitado. Los billetes deben llevar las firmas del Presidente y del Gerente General del BCB y el número de serie.

5. En administración de las reservas internacionales


El BCB tiene la atribución de administrar las reservas internacionales, las cuales se consideran inembargables y no pueden ser objeto de medidas precautorias, administrativas ni judiciales.

Las reservas internacionales están constituidas principalmente por:


  

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Oro físico. —Divisas depositadas en el propio BCB o en instituciones financieras fuera del país a la orden del Ente Emisor.

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Letras de cambio y pagarés en favor del BCB

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Títulos públicos y otros títulos negociables emitidos por gobiernos extranjeros, entidades y organismos internacionales o instituciones financieras de primer orden del exterior.

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Aportes propios a organismos financieros internacionales.

ENCAGE LEGAL


El encaje legal son las reservas que las entidades financieras autorizadas están obligadas a mantener en el Banco Central de Bolivia (BCB) por los depósitos recibidos del público y por fondos provenientes de financiamientos externos a corto plazo.

La modificación aprobada consiste en una disminución del encaje legal de 12% a 11% por ciento en moneda nacional y de 66,5% a 56,5% en moneda extranjera. La determinación es de cumplimiento obligatoria para las entidades de Entidades de Intermediación Financiera (EIF) que operan en el Sistema Financiero Nacional.

INVERSIÓN EXTRANJERA


De acuerdo a datos del Banco Central de Bolivia (BCB), la Inversión Extranjera Directa (IED) neta en Bolivia es baja, pues en 2016 estos recursos llegaron a $us 410 millones. Según la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (Cepal), esto ubica al país en los últimos lugares de los destinos que reciben capital extranjero.                                                                                                  En su último reporte, esta institución revela que Brasil ocupa el primer lugar, captando, en tiempos de recesión, $78.929 millones. En segundo puesto está México, con $32.113 millones, y en tercero Colombia con $13.593 millones.                                                                 Bolivia ocupa el antepenúltimo puesto, arriba de Paraguay que recibíó $274 millones y de Venezuela, que no reporta movimiento.

De acuerdo al registro que se tiene, en el primer semestre de 2017, las inversiones extranjeras netas en Bolivia llegaron a $278 millones.

Interés en territorio boliviano


Las empresas chinas, por ejemplo, tenían previsto para 2015 hacer una inversión de $2000 millones, cifra que se duplicaría en 2016.

En comparación con otros países de América Latina, Bolivia tiene ventajas, incluso geográficas, porque no es un país llano y eso permite que se pueda hacer varios proyectos, como la construcción de represas, por ejemplo.

En Sud América, Bolivia ocupa el segundo lugar donde China tiene proyectos de cooperación en diferentes tipos de proyectos. El primero lo ocupa Venezuela.

Por otro lado, hace un par de años, el Ministerio de Planificación del Desarrollo informó que existe mucho interés de los empresarios de India en realizar inversiones en Bolivia en las áreas de tecnología, industria, alimentos, automotriz, petrolera, minera y energética.

Beneficios de invertir en el país

Según una investigación de la Fundación Jubileo, en 2013, la Inversión Extranjera Directa (IED) en promedio crea 1.750 fuentes de trabajo. Esto quiere decir un empleo directo por cada millón de dólares invertidos.

Además, estas inversiones también generan empleo indirecto en rubros complementarios, principalmente en el sector petrolero, que no siempre están relacionado con la profesión más cercana a los hidrocarburos, pues se trata de economistas o administradores y donde están ubicados los campos petroleros se contratan los servicios de las personas que viven en la comunidad.

Por su parte, un informe de la Cepal revela que los salarios que pagan las empresas extranjeras que invierten en la regíón es una estrategia de salarios de eficiencia y que se diferencia de las empresas locales.

En el caso de Bolivia se calcula que las empresas extranjeras pagan un 70% más que las locales, al igual que en Perú, mientras que la brecha en Brasil llega al 26%.

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