Que es hetero educacion


Consejo Escolar

  1. ¿Qué es un Consejo Escolar?
  2. ¿Cuáles son las funciones a partir de la nueva Ley Provincial de Educación?
  3. ¿En qué se diferencia de una Secretaría de Inspección?
  4. ¿Qué instancias de legalización y registro requieren los títulos para ejercer la docencia?
  1. Este consejo es un ente descentralizado de la DGCyE encargado de los asuntos no-docentes en las instituciones.
  2. Sus funciones son:

Designación de Auxiliares de la educación (porteros, cocineros, etc).

Legalización y Registro de Títulos.

Comedor y Copa de Leche.

Mobiliario y estructuras edilicias educativas.

3-La característica que la diferencia de la Secretaría de Inspección (o Secretaría de Asuntos Docentes) es que ésta se ocupa de los asuntos docentes y el Consejo Escolar de los NO-docentes.

4-Para ejercer la Docencia el Título debe estar legalizado en el Ministerio de Educación y registrado en el Consejo Escolar.

Direcciones de Enseñanza:

  1. ¿Qué es una Dirección de Enseñanza en la Provincia de Buenos Aires? ¿Cuáles y cuántas son?
  2. ¿Qué es la DIPREGEP? ¿Cómo hay que hacer para trabajar en el ámbito educativo privado?
Las Direcciones de Enseñanza son organismos que pertenecen a la Dirección General de Cultura y Educación y se encargan de hacer cumplir las resoluciones ministeriales. Son 12 y cada una de ellas pertenece a una rama de la educación.Dirección de Educación Inicial. Dirección de Educación Primaria. Dirección de Educación Secundaria. Dirección de Educación de Adultos. Dirección de Educación Especial. Dirección de Educación Terciaria (duración de 1 a 3 años). Dirección de Educación Superior (duración de 4 años mínimo). Dirección de Formación Profesional. Dirección de Educación Técnica. Dirección de Educación Agropecuaria. Dirección de Educación Física. Dirección Psicología.La Dirección Provincial de Educación de Gestión Privada es una Dirección de Enseñanza que regula y supervisa a todas las instituciones educativas de gestión privada oficiales, ya sean laicas o confesionales, abarcando todas las ramas de la educación. Para trabajar en una escuela de gestión privada se puede presentar un Currículum ante el representante legal de cada establecimiento educativo o ante la Junta Regional de Educación Católica (JUREC).

Secretaría de Inspección:

¿Qué significa el término Ingreso a la Docencia? En cuanto al Ingreso a la docencia, ¿Qué es un Tribunal y qué funciones tiene? ¿Qué es un “Registro” en el contexto de Ingreso a la Docencia, y qué diferencias existen entre el Registro Oficial, complementarios y de emergencia? ¿Cuáles son los ítems que se tienen en cuenta para configurar cada registro? Para inscribirse en cada uno de esos registros, ¿Qué documentación debe presentarse? ¿Qué diferencia existe entre una designación titular, titular interina, provisional y suplente? ¡Qué es Acto Público? ¿Con qué frecuencia se lleva a cabo? ¿Cuáles son las reglas básicas para que éste se desarrolle? ¿Qué es el M.A.D.?

         Ambitos Municipales de Educación:

¿Qué instituciones educativas dependen de la Municipalidad de General Pueyrredon? ¿Qué relación tienen con el Sistema Educativo Provincial?

Secretaría de Asuntos Docentes (SAD):

El Ingreso a la Docencia es el período para la inscripción en el Listado Oficial. El Tribunal de Clasificación Descentralizado se encarga principalmente de confeccionar los listados por orden de méritos de aspirantes a provisionalidades y suplencias, realizar la valoración de títulos y antecedentes en caso de concurso y confeccionar los respectivos listados. Los Registros son los Listados donde se inscriben los Docentes recibidos o no, para trabajar en las instituciones educativas. La diferencia entre los distintos Registros o Listados radica en la posibilidad o no de titularizar cargos u horas en la docencia y en los requisitos para inscribirse en cada uno. Para el Registro Oficial se debe tener el Título completo registrado y se puede acceder a horas titulares dentro de una fecha específica; en los registros complementarios, para el Listado 108a y 108a infine se debe tener también el Título completo registrado pero es para tomar horas o cargos provisionales o suplentes y tiene una fecha específica posterior al Oficial en el caso del 1º y por orden de llegada en el 2º; para el 108b es mediante un talonario impreso y se requiere el 50% de la carrera al igual que en el 108b infine, pero a éste se accede por orden de llegada; y el Listado de Emergencia se da en ocasiones de necesidad de cobertura de cargos a los que se accede por orden de llegada con el 25% de la carrera. Los listados en el Oficial, en 108a y 108a infine son los únicos que pueden titularizar y se accede por puntaje; los 108b y 108b infine deben tener una constancia de alumno regular más el porcentual de avance académico avalado por el Tribunal Clasificador al igual que para el listado de emergencia. Los ítems son los relacionados con el porcentaje de avance de la carrera y se alcanzan a los 25% 50% 75% y 100%. La documentación a presentar es para el listado Oficial y los 108a, el DNI y el Título registrado o el título del secundario de la CONET; para los 108b y el de Emergencia una constancia de alumno regular más la oblea del porcentual de avance académico. La diferencia entre esas Situaciones de Revista se basa principalmente en la estabilidad laboral de cada una. La designación Titular en horas o cargos son permanentes, lo que no pasa en otras situaciones; el titular Interino puede ser removido por un Titular y esas horas o cargos son reubicados; el Provisional permanece en un cargo hasta ser desplazado por alguien que pueda titularizar; y un Suplente se mantiene en su cargo hasta que finaliza la licencia del Docente que estaba suplantando. Un Acto Público es la asamblea donde se toman las horas y cargos docentes y su periodicidad es anual. El Movimiento Anual Docente (MAD) se lleva a cabo para traspasar un cargo a horas cátedra u horas reloj, acrecentar o reagrupar horas titulares y realizar un cambio de distrito de horas titulares. Un titular puede acrecentar sus horas cada 2 años para llegar a un máximo de 10 horas si en el MAD se las otorgan o cada año si no las consigue y tiene la potestad de solicitar reagrupar horas en un solo establecimiento.

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