Clases de musulmanes



Tema 4. Musulmanes. Al AndalusVitiza fue el penúltimo rey visigodo y a su muerte (710), los nobles de su séquito quieren repartir el reino entre los hijos del monarca, sin embargo, la Asamblea visigoda se niega y elige como monarca Rodrigo, duque de la Bética, que tuvo que ocupar el reino por la fuerza.Se inicia así una guerra civil donde los vitizanos apelan a la ayuda de los musulmanes que desembarcan en España en abril del 711. Las tropas de Tarik se enfrentan a las de Don Rodrigo que pierde la vida y el reino.Los musulmanes continúan su conquista en provecho propio [lejos de reponer a los hijos de Vitiza] y ocupan toda la península, ese Islam español será llamado Al-Andalus.
Los cronistas cristianos evocan la pérdida de España como producto del castigo divino por los pecados de los visigodos.  La expansión del Islam en la península se produce con rapidez (8 años) debido a la crisis económica, social y política que estaba sufriendo el reino visigodo.El sometimiento se produjo por:a)

Pacto de capitulación (SUHL):

significaba el sometimiento absoluto a las autoridades del islam.Las propiedades de los visigodos pasaban a ser de los musulmanes aunque los propietarios de las tierras podían seguir cultivándolas.b)tratado de paz (AHD):
suscrito con pueblos aliados que quedaban en condición de protegidos.Los musulmanes respetaban la autonomía política, propiedad de las tierras y la libertad religiosa, y llevó consigo a una cierta salvaguardia de las personas (AMÁN).En ambos casos, los hispanogodos estaban sujetos al:

Impuesto territorial (JARACH):

suponía que los musulmanes se convirtieran en dueños de los territorios que ocupaban.

Impuesto personal (CHIZYA):

equivalente al diezmo cristiano, se pagaba al dueño el 10% del valor de las mercancías.Cuando los musulmanes ocupan España, apenas ha transcurrido un siglo desde la predicación de Mahoma como profeta de la doctrina que Alá le revela por mediación del arcángel san Gabriel. La actividad religiosa de Mahoma y sus seguidores, con la emigración de La Meca hasta Yathrit, inicia La Hégira.
Esta doctrina es recogida en el Corán, que consagra el monoteísmo, el dogma de la unidad de Dios, está dividido en capítulos y versículos. Lo fundamental es que el libro sagrado de los musulmanes es un código jurídico.
Los musulmanes creen en la vida eterna mediante el cumplimiento de unos mandatos religiosos y están obligados a predicar y practicar la guerra santa, YIHAD, contra los infieles o no creyentes aunque distinguen a cristianos y judíos por tener un fondo de concordancia: ser monoteístas y ‘’gentes del Libro’’Fuentes del derecho musulmán. Características
El Derecho musulmán es un derecho personalista, ya que se aplica a aquellos miembros que pertenecen a la comunidad creyente musulmana, y confesional.En las fuentes del derecho musulmán, estrictamente podemos decir que es una sola:
la revelación directa contenida en el Corán, que recoge la recitación de aquello que Alá inspiró a Mahoma escrito por diversos oyentes y seguidores.El 10% de las normas contenidas en el Corán son jurídicas y obre ellas se fue desarrollando la ciencia jurídica del FIQH.
[Los versículos del Corán tienen un carácter rítmico]Otras fuentes:

La revelación indirecta deducida de la conducta de Mahoma:

esa conducta (SUNNAH)
Es complementaria del Corán y se deduce de lo que Mahoma dijo e hizo, que no figura en el libro y se transmite por tradición oral.La ciencia del HADIT busca el encadenamiento de testimonios de aquello que hizo Mahoma y depurar las tradiciones orales falsas para quedarse sólo con las verdaderas, identificando a las tres primeras generaciones de alfaquíes como las más correctas.Se arranca del testigo directo de cualquier de cualquier hecho o dicho para seguir el mensaje a través de los sucesivos depositarios hasta quien lo narra en un momento dado. Si la concatenación de personas en el transcurso del tiempo se rompe (si se prueba que alguien no conoció a aquél de quien asegura haber escuchado algo), el hadit no es válido.

La revelación tácita de Alá a los creyentes:

manifestada en el iyma’a:
lo que a la comunidad de musulmanes le parece correcto también le parece correcto a Alá. Se fundamenta en una presunta asistencia divina al pueblo, que confiere cierto grado de infalibilidad al sentir común.Las FATWAS son dictámenes de juristas expertos que se admitían como autoridades a la hora de aplicar el derecho, con el tiempo se transforma en informes de abogados aducidos por las partes en el litigio. Las fatwas serán recogidas y sistematizadas en colecciones diversas.El desarrollo e interpretación del derecho se basa en las fuentes antes mencionadas, sus investigadores directos crean una doctrina común sobre los problemas jurídicos, donde el investigado cede el paso al discípulo en el contexto de determinadas escuelas, si el jurista-discípulo no encontraba una respuesta a su problema en la doctrina recibida, debía indagar en las fuentes. Ante el posible silencio de éstas, se debía recurrir al derecho positivo mediante la analogía, QIYAS, tomando de referencia otros preceptos conocidos.Las escuelas jurídicas más importantes eran la hanefí, la malequí, la xafei y la hanbalí, siendo la malequí la que logró introducirse con más éxito en España, probablemente por el entusiasmo de su mayor exponente, Malik, hacia los Omeyas.

Organización judicial

El titular de la función judicial era el califa, que en carácter sucesorio de Mahoma, ejercía un poder civil y religioso y delegaba su función en los cadíes:
Jueces de carácter religioso que tenía funciones judiciales y de asesorar al califa.Será elegido el gran cadí de Córdoba y los cadíes provinciales actuaban en cada provincia por delegación del califa a través del gran cadí de Córdoba.[Existía una cura de alfaquíes encargados de aconsejar a los cadíes  y de emitir dictámenes (responsa)
]
Otros jueces especiales fueron:

Señor de las injusticias

Resolvía las quejas de particulares por los abusos de poder de los funcionarios del califa. Los reyes de taifas asumirían posteriormente tal función.Señor del zoco:
Actuaba como un policía de la ciudad y tenía la facultad de inspeccionar mercados y poner multas

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