«cheque bancario» ordenante y beneficiario son la misma persona


TEMA 8: 8.1.-GIROS Y ÓRDENES DE ABONO:


 El giro es una orden de pago realizada por una persona mediante la cual ordena a una entidad de crédito la entrega a un tercero de una cantidad de dinero en efectivo. Para efectuar el giro, el cliente debe firmar una orden de pago; es imprescindible que realice la provisión de fondos para llevar a cabo la operación. Deberá indicar si es necesario avisar o no al beneficiario.
—La entrega puede ser ordenada en la misma oficina en la que se ha realizado la provisión de fondos o en otra de la misma entidad. También puede ordenarse a un tercer banco.— En el giro, el beneficiario debe identificarse.—Las causas de su escasa utilización son: 1. Elevada bancarización. 2. Necesidad de identificación del beneficiario.—Las órdenes de abono consisten en una entrega de efectivo que realiza el ordenante en la entidad del beneficiario. Las órdenes de abono son utilizadas para evitar el coste de las transferencias.

8.2.-TRANSFERENCIAS Y TRASPASOS:

 Suponen la movilización de dinero de una cuenta a otra. Para efectuar la orden se exige que el cliente tenga salgo a su favor en la cuenta. También pueden realizarse transferencias con cargo a una cuenta de crédito.—Intervienen: 1. El ordenante:
es el titular de la cuenta a la vista que da el mandato a su banco para que transfiera fondos. 2. El beneficiario:
es la persona receptora de los fondos; debe disponer de cuenta abierta a la vista en un banco.—Los datos que deben figurar en la solicitud de transferencia son:1. la fecha de solicitud; 2. la identificación del ordenante, 3. los datos del beneficiario; 4. el concepto y observaciones.

A.-


TRANSFERENCIAS INTERNAS:

Sólo interviene una entidad.
El traspaso puro se produce cuando el ordenante y el beneficiario son la misma persona y disponen de varias cuentas abiertas en una oficina bancaria.
La transferencia interna propia tiene lugar cuando la cuenta del ordenante y la del beneficiario están situadas en la misma entidad de crédito, pero en distintas oficinas.

B.-


TRANSFERENCIAS EXTERNAS:

Se produce entre dos o más entidades de crédito distintas.
La transferencia es directa si se produce entre la entidad de crédito del mandante y la del beneficiario.—
La transferencia indirecta se produce cuanto entre el banco ordenante y el banco pagador no hay mecanismos de compensación directos, por carecer ambos de cuentas recíprocas de contabilización.—Las transferencias se cursan usualmente a través del sistema de compensación electrónica y es fundamental detallar correctamente el CCC lo que posibilita el abono de forma automática. Existen otros sistemas como el intercambio en soporte magnético entre entidades o las órdenes de movimientos de fondos (OMF).—Tienen importancia creciente para la fluidez, eficiencia y velocidad en las transmisiones de pagos europeos a la necesidad de identificar la cuenta del ordenante y del beneficiario con el IBAN. Las transferencias son trasmitidas por el sistema swift y se compensan entre bancos dentro de la Unión Europea.
—Las transferencias permanentes periódicas son aquellas en las que el cliente puede ordenar que se realicen en fechas fijas y por los mismos importes.—El cliente puede utilizar los diversos canales para realizar las operaciones: *puede acudir al servicio de banca telefónica, *Los cajeros automáticos, *en las oficinas tradicionales.

8.3.-CONFIRMING:

Se trata de un servicio a través del cual el banco efectúa para un cliente la gestión de pago a sus proveedores realizando la gestión financiera y administrativa de los mismos.—Tiene que existir una relación contractual entre cliente y proveedor (un pedido) el cual una vez realizado sea conforme, momento en el que la empresa comunica a la entidad la relación de órdenes de pago a favor de sus proveedores.—El banco notifica a los proveedores mediante un escrito que ha recibido una orden de pago a su favor para una fecha determinada.— El banco ofrece al proveedor la posibilidad de anticipar de inmediato y “sin recurso” el cobro de la factura a cambio de un interés determinado.—Las ventajas para el proveedor son: 1. No existe riesgo de impago. 2.Eliminación de los costes tradicionales del giro de efectos. 3. Saneamiento de su Balance al descontar del saldo de clientes la factura anticipada con la reducción de su pasivo exigible.—Las ventajas para el banco son: 1.Fidelización de su cliente. 2.Posible incremento de la base de clientes.—La ventaja más significativa para el cliente es: Reducción de tareas administrativas y financieras al desplazarlas en buena parte al banco que las realiza en su nombre.

8.4.-CHEQUES: BANCARIOS, DE VIAJE Y DE GASOLINA:


A.-CHEQUES BANCARIOS:

Son un medio de pago de total eficacia. El librador es siempre un banco, que emite el cheque con la firma de sus apoderados, por lo que la obligación de pago recae en la propia entidad de depósito.—El cheque bancario lleva una comisión, que se adeuda al cliente junto con el nominal del cheque y se carga en la cuenta con la misma fecha valor de emisión del mismo. Estos cheques sólo pueden ser librados por los bancos a favor de sus clientes contra cargo en cuenta.—También pueden librarse contra entrega en efectivo debiendo quedar constancia del NIF del tomador.—Su uso está muy extendido para pago de transacciones de especial trascendencia o importe elevado.

8.5.-TARJETAS DE CRÉDITO Y DE DÉBITO:


A.-TARJETAS DE CRÉDITO:

Aparecen las siguientes figuras:* el titular o propietario de la marca(Visa, Master),* el banco emisor de la tarjeta que actúa bajo un contrato de franquicia por el cual paga un canon.—La tarjeta de crédito es un título personal e intransferible. Ofrece las siguientes prestaciones: 1.La adquisición de bienes y servicios. 2.La obtención de efectivo en oficinas bancarias y en cajeros automáticos. 3.La incorporación de seguros gratuitos al contratar la tarjeta de crédito. 4.La limitación de responsabilidad en supuestos de pérdida o robo. 5.Información detallada a los clientes: todos los bancos envían un extracto mensual de la cuenta de tarjeta de crédito con un resumen de las operaciones realizadas.

Acceso, titularidad y concesión de tarjetas de crédito



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