Conceptos Fundamentales del Derecho: Pilares del Ordenamiento Jurídico


Conceptos Fundamentales del Derecho

Dimensiones del Derecho

  • Dimensión Fáctica: Hechos, realidad social.
  • Dimensión Normativa: La norma jurídica.
  • Dimensión Axiológica: Valores que sustentan el derecho.

Definiciones Clave

  • Derecho Objetivo: Conjunto de normas que regulan la conducta humana.
  • Derecho Subjetivo: Facultades o prerrogativas de un sujeto para hacer o exigir algo.
  • Objeto del Derecho: Perspectivas sobre su estudio:
    • Positiva
    • Naturalista
    • Sociológica

Propósito y Misión del Derecho

  • Importancia del Derecho: Regula la vida desde antes de nacer hasta después de morir.
  • Misión: Armonizar y ordenar los actos humanos.
  • Fin del Derecho: Procurar el bien común.

Escuelas y Corrientes del Pensamiento Jurídico

Iusnaturalismo

Sostiene la existencia de un derecho natural, superior al positivo.

  • Teológica: Basada en la ley eterna, divina, natural y humana.
  • Racionalista
  • Anti-intelectualista
  • Contemporánea

Positivismo Jurídico

No admite otro derecho que no sea creado por la humanidad (derecho positivo).

Humanismo Jurídico

El pasado y la realidad actual son fuentes del derecho.

Marxismo Jurídico

Se funda en el materialismo dialéctico, viendo el derecho como superestructura.

Clasificación del Derecho

Derecho Público

Regula la actividad del Estado y sus relaciones con los particulares.

  • Derecho Constitucional: Regula la organización del Estado y la vida política.
  • Derecho Administrativo: Normas que rigen la administración pública y sus relaciones con los particulares.
  • Derecho Penal: Regula los delitos y sus penas.

Relación entre Derecho y Moral

Corrientes de Pensamiento

  • Tradicional: El derecho es una parte de la moral.
  • Separatista: No hay relación entre derecho y moral.
  • Científica: Existe una zona en común entre ambos.

Diferencias Fundamentales

  • Moral:
    • Incoercible (no se puede imponer por la fuerza).
    • Unilateral (depende de la conciencia individual).
    • Interioridad (se enfoca en la intención).
  • Derecho:
    • Coercible (se puede imponer por la fuerza).
    • Bilateral (implica derechos y deberes recíprocos).
    • Exterioridad (se enfoca en la conducta externa).

Fuentes del Derecho

La Ley

Norma jurídica escrita, general y obligatoria.

  • Impersonal: Hecha para regular casos generales, no individuales.
  • Permanencia: Diseñada para perdurar en el tiempo.
  • Legitimidad: Emanada de un órgano competente.
  • Publicidad: Debe ser conocida por todos.
  • Solemne: Requiere un protocolo o procedimiento formal para su creación.

La Costumbre

Práctica repetida de cierta conducta con la convicción de que es obligatoria.

  • Elemento Objetivo (Externo): Práctica repetida de cierta conducta.
  • Elemento Subjetivo (Interno – Opinio Iuris Sive Necessitatis): Convicción de que la práctica es jurídicamente obligatoria.

Características de la Costumbre

  • Generalidad
  • Espontaneidad (no tiene protocolo formal de creación)
  • Uniformidad
  • Antigüedad (no tiene forma escrita, se consolida con el tiempo)
  • Publicidad

Clasificación de la Costumbre

  • Supletoria (Praeter Legem): Aparece cuando no hay ley escrita que regule una situación.
  • Interpretativa (Secundum Legem): Sirve para interpretar o complementar la ley.
  • Contraria a la Ley (Contra Legem): Aquella que va en contra de una disposición legal (generalmente no admitida como fuente de derecho).

La Doctrina

Teorías y estudios científicos de los juristas sobre el derecho.

La Jurisprudencia

Fallos reiterados y uniformes de las altas cortes que establecen precedentes.

Principios Generales del Derecho

Máximas o postulados que inspiran el ordenamiento jurídico.

  • Enriquecimiento sin Justa Causa:
    • Aumento del patrimonio de una persona.
    • Empobrecimiento correlativo de otra persona.
    • Ausencia de una causa jurídica que justifique el enriquecimiento.
  • Buena Fe: Actuar con honestidad, lealtad y rectitud en los actos jurídicos.
  • Error Común Creador de Derecho: Cuando el acto de una persona, realizado de buena fe, es producto de un error invencible y genera efectos jurídicos válidos.
  • Abuso del Derecho: Ejercicio de un derecho de forma excesiva o contraria a su fin, causando un perjuicio a otro. La persona que cause un perjuicio debe indemnizar.
  • Fraude a la Ley: La ley se viola a través de su misma aplicación, buscando un resultado prohibido por ella, pero formalmente amparado en otra norma.
  • Teoría de la Imprevisión: Se pierde el equilibrio de una de las partes del contrato, quedando en desventaja debido a circunstancias extraordinarias, imprevistas e imprevisibles que alteran gravemente las condiciones originales.

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