Recargo fuera de plazo es lo mismo que el recargo ejecutivo


26. El administrador de una sociedad advierte que en sede electrónica de la AEAT de día 20 de Junio de 2016 se le cita para comparecer, en un plazo máximo de 15 días, a efectos de notificarle la liquidación provisional girada por los órganos de gestión de la AEAT, por importe de 2.500 euros. El administrador de la sociedad comparece ante la oficina de la AEAT competente el día 1 de Julio de 2016 y recoge la notificación correspondiente.
¿Qué plazo tiene para pagar la liquidación dentro del período voluntario de recaudación?

C) Hasta el día 20 de Agosto de 2016

27. Suponiendo que el administrador de la sociedad a que se refiere la pregunta anterior no ha advertido la publicación en sede electrónica antes citada, y que el día 15 de Octubre de 2016 recibe en su domicilio fiscal la notificación de la providencia de apremio dictada por la AEAT, en la que se le exige el ingreso de la deuda dentro del plazo de pago en período ejecutivo, con el recargo correspondiente. Suponiendo que el administrador tiene voluntad de pagar la deuda que corresponda en dicho plazo, incluido el recargo que proceda, ¿cuáles serían dicho plazo máximo y recargo?:

B) Hasta el día 20 de Octubre de 2016, con un recargo de apremio reducido del 10% sobre los 2.500 euros

28. Al Sr. Pérez se le notifica una providencia de apremio el día 10 de Mayo de 2017 en la que se le reclama una deuda de 3.000 euros. Es cierto que:

C) A partir del día 21 de Mayo podrá comenzar el proceso de embargo de bienes para cobrar la deuda

29. Doña Flor presenta su declaración de IRPF de 2016 el 4 de Mayo de 2017 (fin del plazo de declaración 30-06-2017), con una cantidad a devolver de 1.200 euros. ¿Cuál es el plazo que tiene la Administración para devolverle? ¿Y el plazo para reclamar el cobro de dicha cantidad?.

b) El plazo de devolución por parte de la Administración es hasta el 30 de Diciembre de 2017 y el plazo para reclamar el cobro hasta el 30 de Diciembre de 2021.

A doña Shmi Skywalker le notifican una liquidación tributaria el 10 de Febrero de 2017 según la cual la cuota a ingresar resulta ser de 1.290 €. Al haberse olvidado de la misma, el 22 de Abril de 2017 recibe la correspondiente providencia de apremio. Ante la situación descrita, se plantean las siguientes cuestiones: 30. ¿Qué día se entiende iniciado el periodo ejecutivo?

C) 21 de Marzo de 2017

31. Una vez recibida la providencia de apremio ¿Hasta qué fecha dispone doña Shmi Skywalker para efectuar el ingreso para que no se vea empeorada su situación?

A) 5 de Mayo de 2017

32. El plazo de que dispónía para efectuar el ingreso sin consecuencia alguna finalizaba el día:

C) 20 de Marzo de 2017

33. Si hubiese pagado el 20 de Abril, ¿cuál habría sido la consecuencia?

A) Un recargo ejecutivo del 5%

34. ¿Cuál es el importe que finalmente acaba pagando doña Shmi Skywalker si finalmente realiza el ingreso el día 27 de Junio de 2017?

d) Un recargo de apremio del 20% más los intereses de demora devengados desde el 21 de Marzo de 2017 hasta el 27 de Junio de 2017.

35. Un amigo suyo le pide en este mes de Junio de 2016 que le haga la declaración de IRPF 2016. Usted, al analizar los datos de su amigo, se percata de que las autoliquidaciones del IRPF de los ejercicios 2011, 2012 y 2013 arrojaban saldos a devolver, sin embargo no han sido presentadas ya que su amigo pensaba que si no ganaba más de 22.000 €, no estaba obligado a declarar. ¿Se podrían solicitar a día de hoy las devoluciones presentando las correspondientes autoliquidaciones?

A) No podrá solicitarse la devolución correspondiente al ejercicio 2011, puesto que ya está prescrito

36. El asesor fiscal de la empresa “PINTAMAL, SL” se ha dado cuenta de que en la autoliquidación correspondiente al IVA del primer trimestre de 2016, que presentó el día 15/04/2016 (fin del periodo voluntario 20/04/2016), no incluyo un ingreso de su actividad empresarial ni su correspondiente IVA, por lo que debía de haber ingresado 1.000 € más de los que ingresó en dicha autoliquidación. Por ello presenta el 27/06/2017, una autoliquidación complementaria de IVA del 1er trimestre de 2016 ingresando el importe mencionado. En todo este tiempo no ha recibido ningún requerimiento de la Administración.

b) Procederá la aplicación de un recargo del 20% sobre 1.000 €, más intereses de demora desde el 21/04/2017 hasta el 27/06/2017.

37. La deuda tributaria puede estar formada por:

C) La cuota a ingresar, los intereses de demora y los recargos

38. Un agente tributario intenta practicar una notificación tributaria a Don Pedro. ¿En cuál de los siguientes casos puede entenderse producida la notificación?

b) Don Augusto, portero empleado en la finca de Don Pedro, se identifica como tal y recibe la notificación entregada por el agente, asegurándole que se encargará de hacérsela llegar a Don Pedro.

39. ¿En cuál de los siguientes casos procedería el pago o abono de intereses de demora?

a) El 10 de Enero de 2017 la AEAT devuelve 1.500 Euros correspondientes a la declaración por el IRPF de 2015 de Don Manuel, presentada en plazo el 30 de Junio de 2016.

40. ¿Cuál de las siguientes afirmaciones relativas al aplazamiento de las deudas tributarias es FALSA?

b) Como regla general, las deudas correspondientes a obligaciones tributarias que deban cumplir los retenedores no podrán ser objeto de aplazamiento

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