Asesor Judicial y Procurador: Roles Esenciales en la Administración de Justicia del Antiguo Régimen


El Control Público y las Profesiones Jurídicas en el Antiguo Régimen

En el Antiguo Régimen, la mayoría de las profesiones estaban sujetas a un control público y de los mismos profesionales. Sin embargo, algunas se consideraban de especial relevancia y requerían una supervisión más estricta. Una función peculiar de los abogados de este periodo era la de asesor judicial.

En un sistema jurídico, científico y técnico como el del Derecho Común, los jueces “legos” en derecho no podían administrar justicia por sí mismos. Necesitaban un abogado que dirigiera y sustanciara el proceso desde el comienzo hasta la sentencia final. Este abogado se sentaba al lado del juez, actuando como su consejero legal.

El Asesor Judicial: Un Pilar del Sistema Legal

Función y Necesidad del Asesor Judicial

Las autoridades de nivel inferior y algunas de nivel intermedio eran legas en derecho y, para administrar justicia, requerían necesariamente un asesor letrado. La función del asesor judicial venía regulada detalladamente por los juristas del Derecho Común y por alguna disposición real o alguna otra del derecho propio. El juez lego era quien nombraba libremente al asesor, que debía ser titulado en derecho. Era una función retribuida; a menudo, surgían quejas entre los abogados de la villa por la competencia.

El Asesor Judicial en Diferentes Niveles de la Administración

Algunos oficiales intermedios, como los corregidores castellanos, tenían lo que se llamaba un asesor nato, que era el alcalde mayor, quien siempre era letrado. Si el asesor actuaba incorrectamente, la doctrina determinaba que el juez que lo había nombrado también era responsable.

Dado que todas las causas podían verse en dos instancias por jueces diferentes, la doctrina determinaba que la apelación de una causa ya sentenciada en una primera instancia podía ser sustanciada ante el mismo juez o tribunal, pero con un asesor diferente.

Esta función de asesor judicial no solamente se encontraba en el nivel más bajo y ocasionalmente intermedio, sino también en el nivel más alto: el rey. El rey era la cima de la pirámide de todas las potestades temporales, el juez supremo, y podía y había decidido judicialmente muchas cosas. Pero los reyes no tenían estudios en derecho y depositaban esta y otras funciones en unos consejeros que actuaban como sus asesores, formados por ministros que eran letrados y que actuaban como órganos supremos. Los mismos reyes dictaban disposiciones que declaraban nula su voluntad en el futuro si no iba refrendada por los ministros.

El Procurador: Representación y Gestión Procesal

Definición y Diversidad de Roles del Procurador

Otra profesión jurídica era la del procurador, que significa representante, delegado, apoderado. Es el que actúa en nombre de otro como si fuera él mismo, y no requería estudios de derecho en sus inicios. Era una función con muchas clases:

  • El rey tenía procuradores que ejercían algunas potestades reales. Cuando estas potestades eran muy amplias y se ejercían sobre un reino, nos encontrábamos ante un procurador general, habitual en la Corona Catalano-Aragonesa.
  • Los señores feudales con potestades jurisdiccionales tenían un procurador baronal o jurisdiccional, que era un juez supremo y que solía residir en Barcelona.
  • Existían procuradores de haciendas.
  • Los representantes de las ciudades castellanas en las cortes se llamaban procuradores.

Sinónimos de procurador eran pregonero, síndico y diputado.

El Procurador Causídico y su Rol en los Tribunales

Otra clase era el procurador causídico, porque actuaba en las causas judiciales y hoy en día se les conoce con la denominación de procurador de los tribunales. El abogado defiende, mientras el procurador representa a los litigantes ante un tribunal. Presenta la documentación, recoge citaciones y documentos. Necesitaba un poder para pleitos que el cliente le podía otorgar notarialmente o bien un apud acta en el juzgado.

En nuestra familia jurídica, el que tiene problemas jurídicos va a un abogado y este le hace otorgar un poder para unos procuradores, que son los procuradores con los cuales trabaja siempre un abogado. En Inglaterra, en cambio, es al contrario: el que tiene problemas va al procurador, el cual le aconsejará uno u otro abogado.

Requisitos y Evolución de la Profesión de Procurador

Los procuradores siempre han pertenecido al colegio profesional correspondiente. Hasta los años 70 del siglo XX, en España no hacía falta que tuvieran estudios de derecho; hoy sí. El trabajo del procurador es importante y a veces decisivo para llevar a cabo el proceso a buen puerto. También, como en el caso de los abogados, existía la figura del procurador de los pobres con, mutatis mutandis, las mismas características.

Desarrollo y Naturaleza de los Oficios Públicos y Jurídicos

Crecimiento del Sistema Jurisdiccional y los Juristas

Bajo el Derecho Común y con su impulso, se desarrolló un sistema jurisdiccional y gobernativa complejo que requeriría un número creciente de juristas y de personas poco cualificadas a su servicio, lo que haría atractivos los estudios de derecho. Aunque el sistema no ha parado de crecer hasta la actualidad, no se puede comparar con el crecimiento que tendría lugar en el siglo XIX y, sobre todo, en la segunda mitad del siglo XX, en el cual los funcionarios públicos llegarían a constituir una parte importante de la población activa.

Características de los Oficios Públicos en el Antiguo Régimen

Es verdad que el aumento exponencial de los funcionarios es paralelo cronológicamente a la reducción de clérigos, pero estos no superaban un 5% de la población total. Los oficios públicos eran concedidos a menudo de derecho o de hecho con carácter vitalicio e incluso hereditario. El titular podía ejercerlo mediante un teniente aprobado por la autoridad que había concedido el oficio, y este oficio era objeto de transacciones privadas. Estos oficios no solían tener responsabilidades políticas.

Conflictos de Competencias y la Autoridad Real

Se multiplicaron los oficios, los capítulos o consejos y las jurisdicciones, con los consiguientes conflictos de competencias. El rey era el superior común de todas las jurisdicciones y podía resolver los conflictos; pero el rey no se ocupaba de estas cosas ni las entendía, y sus ministros y organismos no controlaban a sus subordinados.

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