Aspectos de un empresario


Propiedad industrial y propiedad intelectual


1)Signos distintivos:Sirven para distinguir productos y servicios de un emrpesario de los productos y servicios de otro empresario.
2)Propiedad industrial:Aquella actividad intelectual protegidad y que tiene por objetivo la de producir innovaciones tanto en materia de productos como en el proyecto para obtenerlos.Implica que bien el producto o el procedimiento solo pueda ser utilizado por el titular.
3)Propiedad intelectual:Es una creación del inteleco humano pero no tiene nada que ver con el avance técnico,sino con las artes plásticas,creaciones culturales,etc.El sistema de propiedad intelectual no está vinculado al mundo de los productos,lo que se protege es la autoría y como derechos enlazados a la misma está la explotación,la comercialización,etc.La marca:
Es el signo distintivo que sirve para diferenciar en le mercado los productos de un emrpesario de lo de otro empresario, el derecho de marca está vinculado a la previa inscripción de la marca en el registro de marcas.Dos tipos de marcas:1)Marca notoria(excluye el requisito de la inscripción, cuando un signo es generalmente conocido en el mercado el empresario puede hacerlo valer aunque no esté rgeistrado).2)Marca renombrada(Protege no sólo los productos de ese fabricante sino cualquier producto, es muy conocida por todo el público en general, sin principio de especialdiad).Clasificación de las marcas.Según el ámbito de protección:1)M.Nacional(protegida en la nacíón donde se ha registrado).2)M.Comuniatria(protegida en el ámbito comunitario).3)M.Internacional(protegida en todos los países adheridos al convenio de París).Según el signo distintivo:1)M.Denominativa(sirven simplemente de denominación).2)M.Gráfica(como signo un dibujo).3)M.Mixtas(se valen de un denominativo y otro gráfico).Según su forma:1)M.Individuales(un sólo empresario como productor).2)M.Colectivas(conjunto de empresarios productores).3)M.De garantía(garantiza el producto).Prohibiciones de producto:1)Absolutas(prohíben el uso como marca de aquellos signos que no tienen idoneidad para ser diferenciadas).2)Relativas(aquellas marcas iguales o semejantes a otras marcas notorias que no están registradas).Derecho sobre la marca:La marca una vez registrada confiere el derecho de propiedad absoluto de marca que puede ser objeto de negociación al poder venderse o cederla además el titular de la marca puede oponerse a que otros comerciantes la usen para identificar a sus productos.Acciones que protegen el derecho de marca.Principio de disolución de marca:tiene un contenido de exclusiva que se ve quebrantado por la dilución de la marca, la marca nuna se extingue con el paso del tiempo,a diferencia de la propiedad industrial que lo que se busca es que acabe siendo un patrimonio común.Extinción de la marca.Nulidad, que peude ser absoluta(cuando un tercero demanda al titular de la amrca para alzanzar la nulidad) y relativa(la marca incurre en alguna de las prohibiciones), también puede caducar x: falta de renovación, renunciar al título de marca y x falta de uso.

Invención

Es aquella actividad inventiva que tiene una aplicación para la industria.

Patente

Entidad de actividad inventiva para el estado de la técnica(cualquier prueba de que su invención ya se conocía, no tiene por qué exisitr físicamente o estar comercialmente disponible, es suficiente con que alguien en algún momento haya hecho algo que contenga un uso de la tecnología que sea muy similar a su invención, el lugar más importante donde seguir investigando es el sistema mundial de patentes.Al realizar la búsqueda del estado de la técnica también debe buscar técnicas en competencia que son ideas que no tiene por qué parecerse a la suya pero que sirven para lo mismo).Requisitos de patentabilidad:Imprescindible que el titular del invento solicite y obtenga la isncripción a su favor en el registro publico oficial, debe conllevar un esfuerzo de invención.Carácterísticas de las patentes:Son patentables las innovaciones técnicas verificado por un auditor que constate que el sistema es nuevo y no conocido, además de tener aplicación industrial.Se excluyen de la patentabilidad por no considerarse innovaciones:Los descubrimientos, obras literarias y artísticas así como científicas, programas de ordenadores,etc.Prohibiciones de patentes:Variedades vegetales, razas animales, en contra del orden públcio y procedimientos biológicos de obtención de animales-vegetales.


Clases de patentes.Según la naturaleza:P. De producto(obtención de un objeto o sustancia nuevo) y P. De procedimiento(ideación de una nueva vía para la obtención de un producto ya conocido).Según el procedimiento de concesión:nacionales,europeas y comunitarias.Según concatenación entre invenciones patentables:p.Independientes(la explotación puede producirse cuando hay un uso exclusivo), p.Dependientes(aquella que para la explotación exige el uso de la patente principal perteneciente a distinto titular) y p.Adicionales(introducción de mejoras de una patente ya existente).Invenciones laborales:1)Invenciones de servicio(alcanzadas x el trabajador durante su contrato de trabajo y que sean fruto de una actividad de investigación explícita,las invenciones pertenecerán al empresario).2)I.Mixtas(realizadas x el trabajador no contratado para investigar pero que obtiene ciertas invenciones en su actividad profesional en la empresa con la ayuda de medios adquiridos en la empresa, el empresario puede optar x asumir la titularidad de la invención o reservarse un dech de utilización de la misma debiendo en ambos casos compensar económicamente al trabajador).3)I.Libres(no concurre ninguna de las circunstancias antes descritas, su titularidad de atribuye al trabajador).Titularidad.El dech a obtener la patente pertenece al inventor o a sus causahabientes, si la invención se ha obtenido en un trabajo de equipo se crea una copropiedad de la patente y se puede dar la invención simultánea que es el supuesto de laboratorioa aquel que surge a la vez en distintos lugares.Si la patente ya hubiese sido concedida,el inventor o causahabiente disponen de 2 años a contar desde la publciación de la concesión en el boletín oficial de la propiedad industrial para reivindicar la titularidad.Procedimiento de concesión:El expediente se inicia con solicitud presentada en la oficina española de patentes y marcas x la persona interesada en obtener la conccesión.Dicha solicitud debe contener una descripción explícita del invento y una o varias reivindicaciones.Existen diversos procedimiento aunque tradicionalmente se distinguen dos(el primero de examen previo de novedad y actividad inventiva sería especial y el segundo sin examen previo de mera regularidad formal sería el ordinario).Dech de patente.Es un dech de propiedad real, de explotación en exclusiva de duración máxima de 20 años y que se extiende a la fabricación,comercialización,importazión o posesión.El dech de patente desaparece cuando el titular lo ha puesto a su comercialziación en el mercado, el titular no puede oponerse al dech de explotación a quienes antes de la fecha de solicitud de la patente lo hayan venido explotando de buena fe para atender las necesidades de la empresa.Acciones que protegen la inviolabilidad de la patente con una plazo de prescripción de 5 años.Cesación, pedir que se le entregue e indeminzación(en este caso final hay tres criterios:1)beneficio que el titular hubiese obtenido sino hubiese cometido la infracción.2)optar x el rpecio que el titular de la aptente hubiere reclamado como royalti.3)importe de los beneficios obtenido x el infractor).Obligaciones del titular de la petente.La más importante es explotar la patente y además en cantidad necesaria para satisfacer la demanda en territorio nacional, tiene que hacerse efectiva en plazao de 4 años a partir de la solicitud o en 3 una vez cocnedida.Patente como objeto de negocios jurídicos.1)La transmisión de la patente puede referirse tanto a la solicitud de patente como a la patente misma.2)La venta de patente comporta también la obligación de entregar la patente y los conocimientos para explotarla.3)La ley exige una escritura para la concesión de la patente.Nulidad y caducidad de la petente.Se produce al cabo de 20 años desde la solicitud de la patente o al dejar de pagar las tasas anuales.1)Cuando la patente carece de algunos de los requisitos necesarios para ella.2)Cuando tenga una descripción que no fuera precisa.3)Sucesos en que exceda de los términos de concesión de patente.4)Concederla a alguien distinto a quien la solicita.5)Patente de cobertura.

Diseño industrial

La apariencia de la totalidad o parte de un producto que se deriva de sus carácterísticas formales, está a medio caminoo del signo distintivo y de la invención porque es una creación, tiene 25 años de caducidad, se exige que sea nueva y diferente de otros objetos además el titular tiene la facultad exclusiva de utilización del diseño

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