Centros de Atención a Víctimas de Violencia de Género (CAVI)
Los Centros de Atención Especializada para Mujeres Víctimas de Violencia de Género (CAVI) son servicios propios de la Dirección General de la Mujer e Igualdad de Oportunidades. En ellos se ofrece un tratamiento individual y grupal a mujeres mayores de 18 años (o menores de 18 en casos excepcionales) víctimas de maltrato, proporcionándoles el apoyo necesario para potenciar sus competencias sociales y psicológicas, y para afrontar con éxito las experiencias vividas.
La atención se realiza de forma integral, personalizada y gratuita durante el tiempo necesario, abordándose desde enfoques jurídico, social y psicológico. Son lugares de encuentro para mujeres con una problemática similar, ofreciendo un espacio que busca reforzar sus sentimientos de seguridad y protección. El equipo profesional está formado por una psicóloga, una trabajadora social (TS) y una abogada.
Ley de Voluntariado: Características Fundamentales
La Ley de Voluntariado define un conjunto de actividades de interés general desarrolladas por personas físicas, siempre que reúnan los siguientes requisitos:
- Que tengan carácter solidario.
- Que su realización sea libre.
- Que se lleven a cabo sin contraprestación económica ni material.
- Que se desarrollen a través de entidades de voluntariado.
El voluntariado debe ser valorado como una experiencia y un valor añadido para la integración social y laboral, facilitando un mayor contacto y cercanía con el entorno social. Los tipos de voluntariado son:
- Social
- Internacional de cooperación para el desarrollo
- Ambiental
- Cultural
- Deportivo
- Educativo
- Sociosanitario
- De ocio y tiempo libre
- Comunitario
- De protección civil
Ley de Dependencia: Promoción de la Autonomía Personal
La Ley de Dependencia es una ley española que crea el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia (SAAD). Su objeto es regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad en el ejercicio del derecho subjetivo de ciudadanía a la promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia, según lo establecido en las leyes.
Cubre la situación permanente en la que se encuentran las personas que, por diversas causas, han perdido toda o parte de su autonomía física, mental, intelectual o sensorial, y necesitan ayuda de otra persona para realizar actividades básicas de la vida diaria.
Acogimiento Familiar y Adopción: Diferencias Clave
El acogimiento familiar y la adopción se presentan como instituciones destinadas a proteger a menores de núcleos familiares que generan una situación de riesgo para su desarrollo, ofreciéndoles un entorno familiar como medio de crecimiento personal.
El Acogimiento Familiar
El acogimiento hace referencia a la plena participación del menor en la vida familiar e impone a quien lo recibe las obligaciones de velar por él, tenerlo en su compañía, alimentarlo, educarlo y proporcionarle una formación integral. Es temporal y el menor puede volver con su familia biológica si es necesario. Puede producirse por:
- Familia extensa
- Familia ajena
- Ser temporal
La Adopción
La adopción es la figura jurídica que, mediante decisión judicial, crea entre adoptantes y adoptados un vínculo de filiación de igual naturaleza que el de los hijos propios. Al mismo tiempo, salvo excepciones, desaparecen los vínculos entre el adoptado y su familia de origen.
Servicios Sociales Especializados: Alcance y Funciones
Los Servicios Sociales Especializados constituyen el nivel de intervención específico para la programación, implantación y gestión de aquellas actuaciones que, atendiendo a la situación de necesidad de la población a la que van dirigidas, no estén encomendadas a los servicios sociales de Atención Primaria (A.P.).
Desarrollarán actuaciones para los sectores de infancia, familia, personas mayores, personas con discapacidad, inmigrantes, minorías étnicas, personas en exclusión social y otros colectivos. Sus funciones incluyen:
- Valorar, diagnosticar, orientar y gestionar centros y servicios.
- Proporcionar prestaciones técnicas y económicas.
- Apoyar las medidas de reinserción.
Su acceso se produce previa intervención del Servicio Social de Atención Primaria (A.P.), salvo excepciones contempladas en el reglamento.
Retención y Detención: Distinciones Legales
La detención consiste en la privación de libertad para que el imputado sea puesto a disposición judicial. No debe confundirse con la retención, regulada en la Ley Orgánica 1/1992, de Protección de la Seguridad Ciudadana, que ocurre cuando una persona es conducida a las dependencias policiales más próximas para ser identificada si se niega a hacerlo.
IMAS: Instituto Murciano de Acción Social en el Organigrama
El Instituto Murciano de Acción Social (IMAS) es un organismo autónomo adscrito a la Consejería de Sanidad y Política Social.
Es el organismo público encargado de integrar las funciones de la Seguridad Social referidas al IMSERSO. Asume todas las funciones traspasadas en materia de gestión de los servicios complementarios de las prestaciones del Sistema de Seguridad Social para personas mayores, personas con discapacidad y población en riesgo de exclusión, entre otros.
Su actividad está dirigida a procurar un nivel de calidad adecuado y suficiente en la prestación de servicios sociales (SS.SS.) en la Región de Murcia (RM), buscando un aprovechamiento óptimo de los recursos públicos mediante convenios, conciertos u otras formas de gestión.