Derecho empleo


Ley Natural: Críticas, concepto, y respuestas A las críticas

 Hablar de Ley Natural hoy Resulta problemático, ya que ha recibido una serie de críticas


Insuficiente: es una norma muy pobre, con poco Contenido y profundidad

– Confesional: solo le sirve a la Iglesia Católica

– Inapropiada para una sociedad plural: en una Sociedad plural, cada uno tiene su ética

– Norma externa, venida del exterior

CONCEPTO

Según el Diccionario Jurídico, el Derecho Natural se halla integrado por el conjunto de Valores previos al derecho positivo que deben Fundamentar, orientar y limitar críticamente el derecho positivo en cuanto Puesto o impuesto con fuerza vinculante por quien ejerce el poder en la Sociedad.

Existen teorías muy diversas pero que Tienen un denominador común, el cual supone la afirmación de unos principios Jurídicos universales, inviolables e inmutables.

La ley moral natural es, según Santo Tomás de Aquino, «la participación de la Ley eterna en la criatura racional», es decir, la verdad grabada en el Corazón de todo ser humano, y que a su vez integra el derecho natural

El Catecismo de la Iglesia Católica resume bien el contenido central de la doctrina Sobre la ley natural, revelando que indica “los preceptos primeros y esenciales Que rigen la vida moral”.

Juan Pablo II aclara que «no es otra cosa que La luz de la inteligencia infundida en nosotros por Dios. Gracias a ella Conocemos lo que se debe hacer y lo que se debe evitar. Dios ha donado esta luz Y esta ley en la creación»

CarácterÍSTICAS:

– La ley natural posee un valor objetivo. Está Impresa por Dios en los hombres y no depende de ideas propias o pareceres Subjetivos. Se puede juzgar con acierto o error respecto a ella, pero la Ley natural es independiente de esas opiniones; (relativismo).

– La ley natural es universal. Abarca a todos los hombres. A pesar de diferencias de razas y culturas, todos poseen la misma Naturaleza humana y por tanto los mismos derechos y deberes fundamentales; (discriminación).

– La ley natural es inmutable. Permanece a lo largo de la Historia. Mientras el hombre sea hombre, no pueden alterarse las normas Que le afectan por el hecho de ser humano.

                 EJEMPLOS

Dos Ejemplos claros de Ley Natural son, en el campo religioso, los Diez Mandamientos y, en el terreno jurídico, la Declaración Universal de los Derechos Humanos

              RESPUESTA A LAS CRÍTICAS

–          – Insuficiente: al ser la base, no es Suficiente.

–          – Confesional: no es una invención de la Iglesia, parte de Aristóteles.

–    – Inapropiada: la convivencia en una sociedad Plural es mucho mejor si partimos de unos principios básicos

–         – Norma externa: todos lo llevamos dentro

Se le Llama Ley Natural porque todo ser humano está sujeto a ella. Esta Ley Natural No es tanto una norma que se impone desde fuera, sino que es una norma que está En el hombre, a la que lleva impresa y le conduce a un determinado fin (la Felicidad). Por esto debe cumplirla y buscar la adecuación de sus creaciones a aquella. No es una norma externa.

Según Benedicto XVI, está orientada sobre todo a justificar e ilustrar los Fundamentos de una ética universal, perteneciente al gran patrimonio de la Sabiduría humana, que en cierto sentido constituye una participación de la Criatura racional en la ley eterna de Dios.

No es Cierta, por tanto, la crítica que dice que no sirve para entablar un diálogo en Una sociedad plural.

No se Trata de un tema de carácter «confesional» aunque la doctrina sobre la Ley moral natural se ilumine y desarrolle en plenitud a la luz de la Revelación Cristiana y de la realización del hombre en el misterio de Cristo.

  Notiene sentido Hablar de insuficiencia ni de heteronomía, la Mayor responsabilidad es de cada uno de nosotros.

El Papa prosigue diciendo que con esta doctrina se logran dos Objetivos esenciales: se comprende que el contenido ético de la Fe cristiana no constituye una imposición dictada desde el exterior a la Conciencia del hombre, sino una norma que tiene su fundamento en la misma Naturaleza humana; por otra, partiendo de la ley natural que puede ser Comprendida por toda criatura racional se ponen los fundamentos para entablar El diálogo con todos los hombres de buena voluntad y, más en general, con la Sociedad civil y secular.

Fundamento y fin de la comunidad política


Antes que nada, hay que tener en cuenta tres afirmaciones genéricas:

La comunidad política es la suma de la comunidad civil o sociedad y la autoridad o El Estado. Estas dos realidades se acoplan entre sí porque expresan, en el Campo de la política, la obligatoria concurrencia armonizada del principio de Participación, que corresponde al gobernado, y del principio de subsidiariedad, Que delimita las funciones del gobernante.

– La Iglesia no condena a ningún gobierno ni régimen político elegido por la Comunidad civil y cuya actividad se dirija al bien común. Esto conlleva dos Consecuencias: la libertad para elegir el que cada uno crea como más Conveniente; y el respeto por la autoridad elegida.

– La Comunidad política tiene autonomía, como cualquier otra realidad temporal. Esto Es absolutamente compatible con el derecho fundamental a la libertad religiosa Y al origen divino de la autoridad.

La comunidad política es institución necesaria en la vida humana. Constituye Una exigencia básica ineludible de la naturaleza social del hombre. De modo que “el hombre está ordenado por la naturaleza a vivir en comunidad Política”

La comunidad política existe para obtener un Fin de otra manera inalcanzable: el crecimiento más pleno de cada uno de sus Miembros, llamados a colaborar establemente para realizar el bien común, bajo El impulso de su natural inclinación hacia la verdad y el bien.

Ahora bien, la persona humana es el principio Y el fin de la comunidad política. Por eso el ejercicio del poder por parte de La autoridad ha de consistir en el servicio a todos y cada uno de los Ciudadanos: son la autoridad porque nosotros los hemos elegido.

Considerar a la persona humana como el fundamento y fin de la comunidad política significa trabajar, ante todo, por el Reconocimiento y el respeto de su dignidad mediante la tutela y la promoción de Los derechos fundamentales e inalienables del hombre.

La comunidad política tiende al bien común Cuando actúa a favor de la creación de un ambiente humano en el que se ofrezca A los ciudadanos la posibilidad del ejercicio real de los derechos humanos y Del cumplimiento pleno de los respectivos deberes.

El hecho de que la persona humana sea el fin y Fundamento de la comunidad política tiene tres consecuencias: 

-ética: deben promover la dignidad humana con sus decisiones

-jurídica: la mejor manera de proteger la dignidad humana es por medio del Derecho

-política: los políticos están a nuestro servicio

La propuesta de la Iglesia no es un modelo Técnico político, sino social: construir La “civilización del amor” para liberar a tantos hombres y mujeres de Opresiones económicas, políticas y sociales intolerables

Este Proyecto de sociedad exige Una nueva reflexión sobre lo que constituye la conexión del mandamiento supremo Del amor con el orden social considerado en toda su complejidad: el principio De participación cobra hoy una importancia mayor, así como el papel de los Laicos desde la reflexión y en orden a la acción.



Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *