Relación Jurídica
La relación jurídica es el vínculo que une a dos o más personas, físicas o morales, respecto a determinados bienes o intereses. Se encuentra estable y orgánicamente regulada por el Derecho, funcionando como cauce para la realización de una función social merecedora de tutela jurídica.
Clasificación del Derecho
- Derecho Público: Conjunto de normas que regulan la actividad del Estado en el ejercicio de sus funciones soberanas y en sus relaciones con los particulares. Se caracteriza por la situación de privilegio o poder del Estado frente a los ciudadanos.
- Derecho Privado: Conjunto de normas que regulan la actividad y relaciones de los particulares entre sí, caracterizándose por la igualdad jurídica de los individuos. También regula las relaciones entre particulares y la Administración cuando esta no actúa como poder público.
- Derecho Social: Conjunto de leyes y normas que establecen los principios y medidas de protección para personas, grupos y sectores de la sociedad económicamente débiles, resolviendo conflictos entre clases sociales.
Derecho Administrativo, Financiero y Fiscal
Derecho Administrativo
Es la rama del Derecho que regula la Administración Pública, su organización, servicios y relaciones con los ciudadanos.
Derecho Financiero
Regula la actividad financiera del Estado y la organización de la Hacienda Pública, basándose en dos pilares: los ingresos y los gastos públicos.
Derecho Fiscal o Tributario
Conjunto de normas jurídicas que regulan los tributos (impuestos, derechos y contribuciones especiales) y las relaciones legales entre la administración y los particulares.
Actividad Financiera del Estado
Son las acciones que realiza el Estado para solventar necesidades colectivas mediante la recaudación, administración y aplicación de recursos.
Marco Legal (CPEUM y CFF)
- Artículo 31, fracción IV, CPEUM: Obligación de contribuir al gasto público de manera proporcional y equitativa.
- Artículo 73, fracción VII, CPEUM: Facultad del Congreso para imponer contribuciones.
- Artículo 1º CFF: Obligación de personas físicas y morales de contribuir a los gastos públicos.
Estructura del Estado Mexicano
- Poder Ejecutivo: Presidencia de la República o Jefatura de Estado.
- Poder Legislativo: Congreso General dividido en Cámara de Diputados y Cámara de Senadores; encargado de aprobar o derogar leyes.
- Poder Judicial de la Federación: Integrado por la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Electoral, Tribunales de Circuito, Juzgados de Distrito y el Consejo de la Judicatura Federal.
Hechos y Actos Jurídicos
- Hecho Jurídico: Acontecimiento que tiene consecuencias legales (ej. muerte, nacimiento, desastres naturales).
- Acto Jurídico: Hecho voluntario con la intención de producir consecuencias jurídicas (crear, modificar o extinguir derechos). Requiere sujetos, objeto y relación jurídica.
Datos Geográficos y Administrativos
- Entidad con más municipios: Oaxaca (570).
- Entidad con menos municipios: Baja California Sur (5).
- Entidades con mayor extensión territorial: Chihuahua, Sonora, Coahuila y Durango.
Gasto Público
Se divide en:
- Gasto corriente: Operaciones básicas del Estado.
- Gasto de capital: Obtención de activos.
- Gasto de transferencia: Ayuda a familias o empresas.
Personas Físicas y Morales
Personas Físicas
Atributos: capacidad jurídica, nombre, domicilio, nacionalidad, patrimonio y estado civil. Ejemplos: registro civil, pensiones alimenticias, sucesiones.
Personas Morales
Capaces de adquirir bienes y contraer obligaciones. Atributos: domicilio, nombre, capacidad y patrimonio. Registro: RFC y Registro Público.
Derecho Civil y Familiar
- Código Civil: Consta de 4 libros (De las personas, De los bienes, De las sucesiones y De las obligaciones).
- Leyes Generales: Normas del Congreso que distribuyen competencias entre niveles de gobierno.
- Tutor: Persona encargada de la tutela bajo vigilancia judicial.
- Patria Potestad: Derechos y obligaciones de los padres sobre los hijos y sus bienes.
- Herencia: Sucesión en todos los bienes, derechos y obligaciones del difunto.
- Legado: Transferencia particular de un bien específico por parte del testador.
- Albacea: Persona encargada de administrar la herencia y ejecutar el testamento.
Sociedades y Concurso Mercantil
- Autorización de nombre de PM: Resolución emitida por la Secretaría de Economía.
- Tipos de sociedades: Comandita simple, Comandita por acciones, Responsabilidad limitada, Anónima, Cooperativa, Nombre colectivo, Capital variable, SAS, SAPI, SAPI de CV.
- Concurso Mercantil: Etapas de declaración, conciliación y quiebra.
Garantías: La Prenda
Garantía sobre bienes muebles para asegurar un crédito. Tipos:
- Sin desplazamiento: El consumidor conserva el bien.
- Con desplazamiento: El bien queda retenido por la institución.
