Riesgo en el contrato de seguro y riesgo que cubre un seguro de crédito a la exportación, cim, convención de viena 1980


peligros del mar: riesgos propios de la navegación que pueden causar daños o pérdidas al buque, la carga o ambos. Peligros del mar son aquellos eventos fortuitos, accidentales y propios del mar, que no ocurren normalmente en condiciones ordinarias de navegación. Tormentas, temporales y marejadas fuertes, Huracanes o ciclones, Varaduras (encallar en el fondo) Colisiones entre buques, Choque con rocas u objetos sumergidos, Entrada de agua de mar (averías por agua) Hielo o icebergs, Daños estructurales causados por el oleaje anormal. NO son peligros:

 Desgaste normal del buque, Falta de mantenimiento, Error humano ordinario (sin evento extraordinario),  Vicio propio de la carga (por ejemplo, fruta que se pudre sola). Los peligros del mar son importantes porque: Determinan si el asegurador debe indemnizar o no, Son una de las coberturas básicas en pólizas como: seguro del casco (hull and machinery) y seguro de carga.

Un buque navega en condiciones normales, pero enfrenta una tormenta excepcional que rompe escotillas y entra agua dañando la carga, si es.

Si la carga se daña porque el buque tenía filtraciones por mal mantenimiento, no es


protesta de mar es una declaración formal que realiza el capitán de un buque ante una autoridad competente, dejando constancia de hechos ocurridos durante el viaje que pudieron causar daños o pérdidas.
Es un respaldo legal preventivo para proteger al armador frente a futuras reclamaciones. Se presenta ante: autoridad marítima, notario publico y cónsul si es extranjero. Se hace cuando: temporales o mal tiempo, golpes de mar, daños a la carga, averías en el buque, incendios, incidentes en navegación al llegar al primer puerto. Sirve para: medio de prueba, protección del armador y defensa frente a reclamos de carga. Contiene: identificación del buque, nombre del capitán, fecha y lugar, descripción de los hechos, condiciones meteorológicas, medidas adoptadas y firma del capitán.No es obligatoria pero es recomendable.Los P&I Clubs suelen recomendar o exigir: que el capitán levante protesta y como parte de la gestión del siniestro.

EJEMPLO SIMPLE

si el capitán realiza protesta por mal clima y daño de la carga puede demostrar que el daño fue por peligros del mar.

No resuelve el problema, pero protege jurídicamente al armador


La Avería Gruesa es un principio del derecho marítimo que establece que cuando se realizan sacrificios voluntarios o gastos extraordinarios para salvar una embarcación y su carga de un peligro común, todos los interesados en la expedición. Deben contribuir proporcionalmente a la pérdida o gasto incurrido. Rige por las Reglas de York y Amberes, que establecen los criterios y procedimientos para determinar qué gastos y daños son considerados como avería gruesa y cómo se distribuyen entre los involucrados. Elementos Claves de la Avería Gruesa: Debe existir un peligro real y común: La amenaza debe afectar tanto al buque como a la carga. El sacrificio o gasto debe ser intencional y extraordinario: Debe ser necesario y efectivo: La acción tomada debe contribuir a salvar el barco y la carga en su conjunto, no solo una parte de ellos. Los costos o pérdidas deben repartirse equitativamente: Todos los propietarios de los bienes involucrados deben pagar una proporción del sacrificio, independientemente de si su mercancía sufríó daños o no. ejemplos: Descarga forzosa de parte de la carga, incendio a bordo, varada intencional, remolque de emergencia. Proceso de Liquidación de la Avería Gruesa: Declaración de Avería Gruesa, Nombramiento de un Ajustador de Avería, pago de contribuciones, Entrega de la mercancía bajo garantía. Normativa Aplicable: Reglas de York y Amberes, Código de Comercio y legislación marítima de cada país, Pólizas de Seguro Marítimo. La Avería Gruesa es un principio fundamental del derecho marítimo que garantiza que los costos de un sacrificio necesario para salvar un barco y su carga sean compartidos equitativamente entre todos los involucrados. Su correcto manejo es clave para la estabilidad del comercio marítimo y la seguridad de las embarcaciones 


OBLIGACIONES DEL SEGURADO Y EL ASEGURADOR EN SEGURO Marítimo: asegurado: Declaración veraz del riesgo:
Debe informar con precisión todas las circunstancias relevantes que puedan influir en la decisión del asegurador al aceptar el riesgo y fijar la prima, esto incluye: tipo mercancía, ruta y medio de transporte, estado del buque, condiciones de embalaje. Pago de la prima: El asegurado debe pagar la prima pactada en los plazos establecidos. Sin pago, el contrato puede suspenderse o considerarse nulo. Conservación del bien asegurado: Tiene la obligación de actuar con diligencia para proteger el buque o la mercancía, incluso después de ocurrido el siniestro, con el fin de minimizar las pérdidas. Aviso del siniestro: Debe notificar al asegurador tan pronto como tenga conocimiento del siniestro o de un posible daño. Este aviso debe hacerse dentro de un plazo razonable o en los tiempos pactados en la póliza. Colaboración con el asegurador: Tiene que facilitar la investigación del siniestro, entregando documentación y pruebas necesarias como informes del capitán, declaraciones de avería, facturas, etc. Evitar agravación del riesgo: No puede realizar actos que aumenten el riesgo cubierto sin notificar al asegurador, como desviar la ruta establecida o transportar mercancías peligrosas sin informar. asegurador: Indemnización en caso de siniestro: Está obligado a pagar la indemnización acordada, dentro de los límites de la cobertura, una vez verificada la ocurrencia del siniestro y el cumplimiento de las condiciones contractuales. Asesoramiento y entrega de la póliza: Debe entregar al asegurado la póliza y explicarle claramente las condiciones, exclusiones y alcances del seguro.
Evaluación del riesgo de forma justa: Al momento de firmar el contrato, debe valorar el riesgo con base en la información provista por el asegurado, sin imponer cláusulas abusivas o desequilibradas. Cumplir los plazos de indemnización: Debe pagar en los plazos establecidos por la ley o el contrato, una vez recibida la documentación completa y realizado el peritaje correspondiente. Aceptar y pagar averías comunes si están cubiertas: En los casos en que haya «avería gruesa» (sacrificio deliberado para salvar el buque y la carga), y si está estipulado, debe cubrir la parte proporcional 


Clubes de P&I: (Protection & Indemnity) son asociaciones mutuales de armadores que se agrupan para cubrir riesgos de responsabilidad civil marítima que no cubren los seguros tradicionales de casco y maquinaria. Son un “seguro entre socios” donde los propios armadores se protegen mutuamente frente a reclamaciones de terceros. ¿Cómo se forman? Los Clubes de P&I se constituyen como mutualidades, no como aseguradoras tradicionales. Los miembros (armadores) son al mismo tiempo asegurados y aseguradores. Cada miembro aporta dinero a un fondo común. Operan bajo reglas internas llamadas “Rules”. Están gestionados por un equipo profesional (managers). pertenecen al International Group of P&I Clubs, que:Agrupa a los principales clubes del mundo, Cubre cerca del 90% del tonelaje mundial, Permite compartir riesgos de gran magnitud (reaseguro colectivo). Daños al propio buque → lo cubre el seguro de casco y maquinaria, Riesgos comerciales (ej: pérdida de flete), Actos intencionales del asegurado. Se financian: Sistema mutual: Calls (aportaciones), Reaseguro colectivo, Equilibrio técnico. Cuando ocurre un siniestro: El armador notifica al El club: Designa abogados, Nombra inspectores (surveyors) Maneja la defensa legal. Se pagan indemnizaciones según corresponda. Un buque derrama petróleo en un puerto: El seguro de casco → NO cubre, El Club P&I: Paga limpieza Indemniza daños a terceros Cubre multas y defensa legal. Permiten operar con riesgos muy altos, Dan respaldo financiero frente a catástrofes, Son exigidos en muchos puertos y contratos internacionales. 

Clubes mas reconocidos: North P&I Club, The Shipowners’ Club, Skuld, West of England P&I Club, The Standard Club, Steamship Mutual.


Los Clubes de P&I surgen en Inglaterra a mediados del Siglo XIX (aprox. 1850–1860), en pleno auge del comercio marítimo británico. Primero aparecen como “Hull Clubs” (clubes de casco). Luego evolucionan hacia los P&I Clubs modernos. Nacen por una necesidad práctica del mercado marítimo, debido a limitaciones de los seguros tradicionales de la época, como los ofrecidos en Lloyd’s of London. Limitaciones del seguro de casco: El seguro tradicional cubría: Daños al buque (casco y maquinaria) Pero NO cubría adecuadamente: Responsabilidad frente a terceros Especialmente colisiones. Problema clave: la colisión: En esa época, el seguro de casco: Solo cubría 3/4 de la responsabilidad por colisión ¿Qué pasaba con el 1/4 restante? El armador debía pagarlo de su bolsillo. Solución: sistema mutual: Los armadores dijeron, en términos simples: “Juntemos un fondo común para cubrir lo que el seguro no cubre” Así nacen los primeros clubes: Basados en solidaridad entre armadores. Cada uno aporta y todos se protegen. Aumento de responsabilidades legales: Con el tiempo: Se endurecen las leyes marítimas. Aumentan las reclamaciones por: Daños a carga, Lesiones a personas, Contaminación. Esto hizo aún más necesario un sistema como el P&I. Evolución hacia cobertura moderna: Con el paso del tiempo, los clubes ampliaron cobertura hacia: Daños ambientales (muy relevante tras eventos como el Exxon Valdez oíl spill), Multas Remoción de restos, Defensa legal internacional. Los P&I Clubs nacen porque: El seguro tradicional NO cubría toda la responsabilidad del armador. Los armadores crean un sistema mutual, Para cubrir riesgos de responsabilidad civil

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