Articulo 425 de la constitución del ecuador


El concepto de Derecho desde el punto de vista de la relaciones humanas es el conjunto de principios y normas que sirven para regular la convivencia en una sociedad y desde el punto de vista subjetivo, es la facultad para hacer algo o exigir una conducta a otras personas. El derecho es la norma jurídica, elabora unas normas que deben ser justas y obligatorias. Clases de normas: -Las del derecho público:
Regula las relaciones entre las distintas administraciones públicas -Las del derecho privado:
Regula la relaciones que se establecen entre los particulares y y alguna vez de la administración.

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Fuentes del Derecho: –

Ley

Norma de alcance general y obligado cumplimiento son normas emanadas del poder legislativo –

Costumbre

Forma de actuar repetida en el tiempo por una comunidad

Principios generales del derecho

Normas que sirven para interpretar el Derecho –

Jurisprudencia

Criterio reiterado por el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar las normas para resolver conflictos –

Tratados internacionales

Acuerdos suscritos entre el Estado español y otros Estados u organismos internacionales Ahora las clases de fuentes de Derecho: -Formales: distintas formas de las normas -Materiales: órganos que elaboran las normas -Directas: fuentes que contienen la norma y son aplicables -indirectas: fuentes que no contienen la norma pero ayudan a aplicarla Ahora los derechos de principios generales del Estado: -Autonomía de la voluntad: en los contratos, las partes pueden pactar lo que consideren, siempre que no sea contrario a las leyes -Principio de legalidad administrativa: la Administración solo podrá actuar para ejecutar los mandatos de la ley
Principio non bits in ídem: Una persona no puede ser sancionada dos veces por la misma infracción  3
El ordenamiento jurídico es el conjunto de las normas jurídicas que están vigentes en un territorio en un determinado momento. 3.1El principio de jerarquía normativa determina que cada norma tiene un rango determinado e implica que las normas de rango superior prevalecerán 3.2El principio de jerarquía normativa agrupa las normas en una escala en función del rango y la aplicación de las normas jurídicas: =Constitución:
Norma más importante con estas carácterísticas -norma suprema del ordenamiento jurídico -extensa con 169 artículos -norma rígida difícil de modificar -el control de la adecuación a la constitución lo lleva a cabo el Tribunal Constituconal =Tratados internacionales:
El Estado español establece acuerdos con otros estados y organizaciones internacionales, si publican en el BOE y se incorporan al ordenamiento español con el rango de ley. Dentro de los tratados 4 subapartados /Leyes:
Aprobadas por las cortes generales =Ley estatal ; leyes orgánicas son reguladas en el artículo 81 de la Constitución tratan temas de especial importancia para su aprobación o modificación es precisa la mayoría absoluta del Congreso ;leyes ordinarias son cualquier otra ley que no trate sobre asuntos de ley orgánica para su aprobación o modificación se necesita mayoría simple de los votos =Leyes de las Comunidades Autónomas, Cada comunidad puede elaborar leyes que únicamente serán aplicadas dentro de sus territorios /Otras normas con rango de ley también llamadas legislación delegada, existen los decretos legislativos en los que la autorización se produce antes de dictar la norma y decretos leyes cuando la autorización tiene lugar después y por ello se denomina convalidación /Reales decretos leyes:
Se dictan por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad y una vez dictados deberán ser sometidos a debate y votación por el Congreso de los Diputados. Éstos decretos leyes no podrán afectar al ordenamiento de las instituciones básicas del Estado /Reales decretos legislativos:
Dos tipos de texto, primero Los articulados que los dicta el gobierno el parlamento aprueba una ley en la que se fijan los criterios que deberá seguir el gobierno para elaborar el texto Y el segundo tipo de texto son los refundidos y se dan cuando existe una pluralidad de textos legales que regulan una misma materia se encomienda al gobierno que los unifique = Normas con rango inferior a la ley:
Son normas de alcance general que se denominan reglamentos que a su vez recibe el nombre de potestad reglamentaria, estas normas están supeditadas a la Constitución, Los reglamentos están estatales se ordenan en: _ reales decretos del Consejo de Ministros y del presidente del Gobierno _ Órdenes acordadas por las Comisiones Delegadas del Gobierno _ Órdenes ministeriales acordadas por los respectivos ministros _Disposiciones de órganos o autoridades inferiores = Reglamentos autonómicos:
Sigue el mismo modelo que la administración General del Estado, aunque se tienen en cuenta las peculiaridades que puedan establecer al respecto los distintos estatutos y leyes del gobierno de cada CCAA. La potestad reglamentaria es ejercida por el presidente de la comunidad autónoma. Los reglamentos autonómicos se denominan decretos y órdenes. = Reglamentos locales:
Los titulares de la potestad reglamentaria son los plenos de los Ayuntamientos y de las Diputaciones Provinciales. En la Administración local, los reglamentos se denominan reglamentos orgánicos, ordenanzas o bandos 4
Normativa civil y mercantil El derecho privado es la parte del derecho que se encarga de regular las relaciones que se establecen entre los particulares, dos de las principales ramas del derecho privado son derecho civil y derecho mercantil –

Derecho civil

Reúne la normativa general que regula la relaciones también se denomina Derecho Común ya que contiene las disposiciones generales para todo el ordenamiento jurídico. Según el código civil, las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley la costumbre y principios generales del derecho. En concreto, dentro de la ley incluiríamos el Código Civil como norma básica –

Derecho mercantil

Es una parte más específica del derecho que regula las normas aplicables a los comerciantes en el desarrollo de sus actividades o a los actos de comercio. Las fuentes del código de comercio están detalladas en el artículo dos de dicho código, estas fuentes regulan los actos de comercio, se aplicará el Código de Comercio 5
Elaboración y aprobación de las normas jurídicas: la vida de las normas jurídicas se desarrolla en fases que incluyen su elaboración y aprobación, aplicación y control de su cumplimiento 5.1 Elaboración y aprobación de las normas con rango de ley: El poder legislativo corresponde a las cortes generales, integrada por dos cámaras; El Congreso de los diputados o cámara baja y el Senado o cámara alta. -En la iniciativa de las normas con rango de ley, que corresponde al gobierno, mediante los proyectos de ley, y al congreso y al Senado, con la presentación de proposiciones de ley. Se reconoce la iniciativa popular para la presentación de proposiciones de ley, se exigirá 500.000 firmas acreditadas -en la aprobación del proyecto ley ha de ser aprobado en Consejo de ministros que lo presentará al congreso, una vez aprobado su presidente dará cuenta al presidente del Senado, este presidente del Senado lo someterá a la deliberación. El Senado, en un plazo de dos meses puede oponer su beto o introducir enmiendas. Los requisitos que se han de cumplir para que la ley aprobada pueda aplicarse son la sanción y la promulgación real, actos en los cuales el rey ratifica la ley y ordena que se publique en el BOE

5.2 ejecución de las leyes: El poder ejecutivo se atribuye al gobierno y a la administración pública, deben aplicar las normas aprobadas por el parlamento y tomar las medidas necesarias para su cumplimiento. El gobierno está integrado por el presidente, los vicepresidentes, los ministros y demás miembros que establezca la ley. Sus miembros se reúnen en el Consejo de Ministros y en Comisiones Delegadas, según los asuntos que se vayan a tratar 5.3. Control del cumplimiento de las leyes: En caso de que se incumplan las leyes interviene el poder judicial, encarnado por los jueces y magistrados.  El órgano encargado del gobierno de los jueces y magistrados es el Consejo general del poder judicial, que está integrado por el presidente del Tribunal Supremo y por 20 miembros propuestos por el Congreso de los Diputados y por el Senado 5.4 Normativa Autonómica: Los órganos responsables de la elaboración y aprobación de sus propias leyes son las asambleas legislativas, siempre dentro de las competencias en la constitución, la ejecución y aplicación la llevará acabo el Consejo de gobierno de cada comunidad 5.5 elaboración y aprobación de las normas con rango inferior a la ley: se elaboran, aprueban y ejecutan por los respectivos órganos del Estado, comunidades autónomas y administraciones locales, la facultad para dictar reglamentos re denomina potestad reglamentaria y se fundamenta en la necesidad de que la Administración establezca una serie de normas complementarias o de desarrollo de las leyes 6

BOE


Es el diario oficial del Estado español y medio de publicación de las leyes, disposiciones y actos de inserción obligatoria. En cuanto a su estructura se divide en cinco secciones. 1- disposiciones generales: y tratados internacionales, normativas con rango de ley de Estado, leyes de las CCAA 2- Autoridades Y personal: en la sección a nombramientos, situaciones e incidencias, referidos a funcionarios del Estado. En la sección B u oposiciones y concursos, resoluciones relativas a procedimientos selectivos de personal 3-otras disposiciones, de obligada publicación que no tengan carácter general ni correspondan a las demás secciones 4-administración de justicia, edictos, notificaciones, requisitorias y anuncios de los juzgados y tribunales 5
Anuncios, en la sección a ,contratación del sector público, en la sección B, otros anuncios oficiales y en la sección C, anuncios particulares.  El BOE si acompaña además de un suplemento independiente en el que se publican resoluciones del Tribunal Constitucional


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El Gobierno y la Administración General del Estado, El Gobierno es el órgano encargado del poder ejecutivo, y el Gobierno dirige la política interior y exterior, la Administración civil y militar y la defensa del Estado. Ejerce la potestad reglamentaria de acuerdo con la Constitución y las leyes. El Gobierno se compone en tres: -Presidente= encargado de elegir a los ministros del Gobierno, dirigirlos y coordinarlos, su mandato dura cuatro años. El presidente es elegido por el Congreso tras la celebración de elecciones legislativas Vicepresidente o vicepresidentes= Su existencia no es obligatoria Ministros= su número, denominación y competencias están determinados por el presidente Gobierno y Administración pública
El gobierno es el órgano responsable de las actividades políticas, mientras que la administración se encarga de llevar a cabo las funciones administrativas necesarios para gobernar, sirve con objetividad los intereses generales y actúa de acuerdo con los principios y con  sometimiento pleno a la ley y al derecho, la administración general del Estado está integrada por un conjunto de órganos y organismos públicos, la administración comprende la organización central, que integra los ministros y los servicios comunes, …
2 Órganos centrales la administración se organiza en presidencia del gobierno y en ministerios.
Los ministros se reúnen periódicamente en el Consejo de ministros, presidido por el presidente, para adoptar acuerdos y tomar decisiones, también se podrán crear Comisiones Delegadas del Gobierno para tratar asuntos de carácter general 2.1 organización de los ministerios: -Superiores: /Ministros: Al frente de cada ministerio y son los jefes superiores del departamento, dirigen los sectores de actividad administrativa integrados en su ministerio /secretarios de estado: se encargan de dirigir y coordinar las direcciones generales a su cargo -Directivos: /Subsecretarios: dirigen los servicios comunes del ministerio y desempeñan la jefatura de todo el personal del departamento /Secretarios generales: Se determinarán en cada caso sus funciones /Secretarios generales técnicos: tienen funciones relativas a producción normativa, asistencia jurídica y publicaciones /Directores generales: encargados de la gestión de una o varias áreas del ministerio /Subdirectores generales: Responsables de la ejecución de aquellos proyectos, objetivos o actividades que les sean asignados 2.2 Elementos organizativos básicos Las unidades administrativas son los elementos organizativos básicos de los órganos de la administración, cumple puestos de trabajo o dotaciones de plantilla, los jefes de estas unidades son responsables del correcto funcionamiento de la ejecución de las tareas asignadas a la unidad 2.3 Servicios comunes, se organizan en cada ministerio, les corresponden funciones, estos servicios están integrados en una subsecretaría dependiente del ministro a la que está adscrita la secretaría general técnica. Los gabinetes son órganos de apoyo político y técnico del presidente, vicepresidentes, ministros y secretarios de estado. Sus miembros realizan tareas de confianza y asesoramiento especial.
3 Órganos territoriales, Son los delegados del gobierno, delegados y directores insulares. Los delegados del Gobierno  en las comunidades autónomas representan al gobierno en el territorio de estas, dependen del presidente del gobierno y funcionalmente del ministerio, son nombrados y separados por el Real decreto del Consejo de ministros y tienen su sede en la localidad donde radique al Consejo de gobierno de la comunidad autónoma. Sus competencias: dirigir y coordinar la administración general y sus organismos, informar a los ciudadanos, coordinar y colaborar con otras administraciones, formular propuestas de mejora de servicios públicos. Los subdelegados del gobierno 
Representan al gobierno en cada provincia, dependen del delegado quien los nombra por el procedimiento de libre designación entre funcionarios de carrera. Ejercen las competencias equivalentes a las del delegado pero el nivel provincial, dirigen y coordinan las tareas de protección civil. Los directores insulares existirán en las islas que se determine, dependen jerárquicamente del delegado del gobierno en la comunidad autónoma ejercen en su ámbito territorial, las competencias atribuidas a los subdelegados del gobierno en las provincias. Hay directores insulares en El Hierro Fuerteventura Ibiza Formentera Lanzarote La Gomera La Palma y Menorca 4
La administración general del Estado en el exterior, El servicio exterior del Estado está integrado por los órganos unidades instituciones y materiales de la administración general del Estado que actúan en el exterior bajo la dependencia jerárquica del embajador –

Órganos directivos

Embajadores y representantes permanentes ante organizaciones internacionales, dirigen la administración general del Estado en el exterior y colaboran en la ejecución de la política exterior del Estado –

Otros órganos

La misión diplomática representación permanente se integra por la jefatura, la cancillería diplomática, las consejerías agregadurías, oficinas sectoriales, oficinas y económicas y comerciales, … La administración general del Estado en el exterior colaborará con todas las instituciones y organismos españoles que actúan en el exterior 5
Sector público institucional, lo constituyen entidades de derecho público. Siete entidades: –

Organismos autónomos:

entidades de derecho público con personalidad jurídica, tesorería y patrimonio propios, desarrollan actividades propias de la administración pública, de fomento, gestión De fomento, gestión, …(Centro de investigación sociológica) –

Entidades públicas empresariales:

personalidad jurídica propia, patrimonio propio y autonomía en su gestión, se financian con ingresos de mercado y junto con el ejercicio de potestades administrativas desarrollan actividades prestacionales, de gestión de servicios, …(fábrica nacional de moneda y timbre)-

Autoridades administrativas independientes de ámbito estatal:

Entidades de derecho público que, vinculadas a la administración tienen atribuidas funciones de regulación o supervisión de carácter externo sobre sectores económicos o actividades determinadas (AEED, CNNV)-

Sociedad mercantil estatal:

aquella sociedad sobre la que se ejerce control estatal, con participación directa, capital social de la administración general superior al 50 %, se encuentra en el supuesto previsto en el artículo cuatro de la ley 24/1988 de 28 de Julio (Correos, Renfe) –

Consorcios

Entidades de derecho público con personalidad jurídica propia y diferenciada, creadas por varias administraciones públicas con participación de entidades privadas (EMT) –

Fundaciones del sector público estatal

Aquellas que reúnen algunos de estos requisitos, se constituyen con una aportación mayoritaria directa o indirecta de la administración general del Estado, patrimonio de la fundación más de un 50 % bienes o derechos aportados sujetos por integrantes del sector público institucional, la mayoría de derechos de voto corresponde a representantes del sector público institucional  (fundación española para la ciencia y la tecnología) –

Fondos carentes de personalidad jurídica del sector público estatal:

Su creación se efectuará por ley, la norma de creación determinará expresamente su adscripción a la administración general del Estado 6 Órganos consultivos, encargados de dar asesoramiento técnico a los órganos de la administración general del Estado, dos órganos: –

Consejo de Estado:

Órgano supremo consultivo, su consulta es preceptiva para las disposiciones relativas al derecho comunitario europeo, expresa su opinión sobre el objeto de la consulta –

Consejo económico y social

Órgano consultivo del gobierno en materia socioeconómica y laboral, emite dictáMenes preceptivos o facultativos sobre los asuntos que el gobierno somete a su consulta 7 Órganos de control económico y financiero: se encarga de gestionar unos recursos económicos que se obtienen con las aportaciones de todos los ciudadanos, existen dos órganos: –

Intervención general de la administración del Estado

Órgano adscrito al ministerio de hacienda que se dedica al control interno del gasto público con carácter previo a su realización –

Tribunal de cuentas

Encargado de llevar a cabo el control externo de la actividad económico financiera de todo el sector público, es un órgano que depende de las cortes generales


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Administración autonómica, El artículo dos de la Constitución española de 1978 establece el derecho a la autonomía de las nacionalidades y regiones que integran el Estado español y reconoce y garantiza la solidaridad entre ellas. En la actualidad existen 17 comunidades autónomas más las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla. Según el artículo 147.2 de la Constitución, los estatutos de autonomía deberán contener: la denominación de la comunidad que mejor corresponda a su identidad histórica, la delimitación de su territorio, la denominación organización y sede de las instituciones autónomas propias y por último las competencias asumidas dentro del marco establecido en la Constitución. Las comunidades autónomas deben respetar el principio de igualdad, que supone que las diferencias entre los estatutos de autonomía no pueden implicar privilegios económicos o sociales para sus ciudadanos. En el artículo 156 se dice que las comunidades autónomas gozarán de autonomía financiera para el desarrollo y la ejecución de sus competencias con arreglo a los principios de coordinación con la hacienda estatal y de solidaridad entre todos los españoles.

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Organización autonómica, El artículo 152 de la constitución dispone que la organización institucional autonómica se basa en los siguientes tres órganos: –

Asamblea legislativa:

Elegida por sufragio universal, con arreglo a un sistema de representación proporcional que asegure la representación de las diversas zonas del territorio –

Consejo de gobierno

Posee funciones ejecutivas y administrativas, cuenta con un presidente que es elegido por la asamblea, al rey Le corresponde la dirección del Consejo de gobierno, el presidente y los miembros del Consejo serán políticamente responsables ante la asamblea y los consejeros son los miembros del gobierno autonómico responsables de las materias asumidas por las comunidades autónomas –

Tribunal Superior de Justicia

Sin perjuicio de la jurisdicción que corresponde al tribunal supremo, culminará la organización judicial en el ámbito territorial de la comunidad autónoma 3
Reparto de competencias, El derecho a la autonomía puede ejercer diversas facultades que pueden ser: –

Legislativa

Consiste en poder regular mediante leyes esa materia –

Reglamentaria

Supone la posibilidad de dictar reglamentos relativos a esa materia –

Ejecutiva

Implica la posibilidad de hacer que se cumplan las normas jurídicas relativas a una materia 3.1Competencias del Estado, El artículo 149 de la constitución atribuye unas competencias, estas 3: –

Exclusivo

El titular de la competencia puede ejercer todas las facultades sobre esa materia, puede legislar y dictar reglamentos –

Compartido

El Estado ejerce varias de las facultades relativas a la competencia y deja alguna de ellas a las comunidades autónomas –

Concurrente

El Estado y las comunidades autónomas tienen unas facultades muy similares sobre la misma materia.          
3.2 competencias de las comunidades autónomas, La constitución reconoce las competencias de las comunidades  autónomas por dos vías, -positiva: El artículo 148 de la Constitución indica las materias en las que las comunidades autónomas podrán asumir competencias -negativa: el artículo 149 determina que las comunidades autónomas podrán tener todas las competencias que no hayan sido atribuidas expresamente al Estado.   El artículo 149.3 de la Constitución indica que: la competencia sobre las materias que no se hayan asumido por los estatutos autonomía corresponderá al Estado, cuyas normas prevalecerán. El derecho estatal será en todo caso supletorio del derecho de las Comunidades Autónomas. El artículo 150.1 de la Constitución indica que las cortes generales en materias de competencia estatal podrán atribuir a todas o a alguna de las comunidades autónomas la facultad de dictar para sí mismo normas legislativas 4
Administración local, La constitución reconoce la existencia de la administración local que gozarán de autonomía para la gestión de sus propios intereses. Entidades locales territoriales: –

Municipio

Entidades de ámbito territorial inferior al municipal –

Provincia

Comarcas y otras entidades que agrupen varios municipios –

Islas en los archipiélagos balear y canario

Áreas metropolitanas y mancomunidades de municipios.  Las entidades locales tienen atribuidas las potestades reglamentarias, de autoorganización, tributaria, financiera y sancionadora, tendrán plena capacidad jurídica. El control de la legalidad de los actos y acuerdos de las entidades locales se llevará acabo por los tribunales de justicia 5
El municipio es la entidad local básica de la organización territorial del Estado, y tiene personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines.  5.2Elementos del municipio:

Territorio

Término municipal en el que el Ayuntamiento ejerce sus competencias, cada municipio pertenece a una sola provincia, la creación o supresión de municipios se regula por la legislación de las Comunidades Autónomas –

Población

Constituida por el conjunto de personas inscritas en el padrón municipal, denominadas vecinos, toda persona debe empadronarse. –

Organización

El gobierno y la administración municipal corresponden al ayuntamiento, integrado por el alcalde y los concejales   Derechos y deberes de los vecinos:
El artículo 18 de la ley reguladora de las bases del régimen local establece los derechos y deberes que corresponden a los vecinos de los municipios. Éstos derechos son ser elector y elegible de acuerdo con lo dispuesto en la legislación electoral, participar en la gestión municipal, … 5.2Organización municipal, se distingue entre órganos comunes y especiales =Comunes –

Alcalde

Es elegido por los concejales o por los vecinos y preside la corporación. Sus principales atribuciones son dirigir el gobierno y la administración municipal representar al ayuntamiento -Tenientes de alcalde: sustituyen al alcalde, siendo libremente designados y cesados por este dentro de los miembros de la junta de gobierno local –

Concejales

Elegidos por los vecinos del municipio en proporción a su población mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto –

Pleno

Integrado por todos los concejales y presidido por el alcalde, entre sus funciones destacan el control y fiscalización de los órganos de gobierno, aprobación del reglamento orgánico y de las ordenanzas y aprobación y modificación de los presupuestos –

Comisión especial de cuentas

Tiene por función dictaminar sobre las cuentas anuales del ayuntamiento, que se someten a estudio una vez al año =Especiales –
Junta de gobierno local: existe en municipios con más de 5000 habitantes y en los de menos cuando así lo disponga su reglamento orgánico. Se integra por el alcalde y un número de concejales no superior al tercio del número legal de estos –

Comisión especial de sugerencias y reclamaciones

Y existirá en los municipios de gran población y en aquellos otros en que así se acuerde o lo disponga su reglamento orgánico –

Órganos específicos

Municipios con más de 5000 habitantes y en los de menos de los que así lo disponga su reglamento orgánico, existirán órganos que tengan por objeto el estudio, informe o consulta de asuntos.   Municipios de gran población, se consideran de gran población cuando haya más de 250.000 habitantes, capitales de provincia con más de 175.000 habitantes, municipios capitales de provincia, … 5.3Competencias, El municipio puede promover las actividades y prestar servicios públicos que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de sus vecinos. El Estado y las comunidades autónomas podrán delegar en los municipios el ejercicio de sus competencias, el municipio ejerce sus competencias en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas. Debe prestar mínimo estos servicios: -A todos los municipios alumbrado público, cementerio, recogida de residuos, limpieza viaria y, abastecimiento domiciliario de agua potable, alcantarillado, acceso a los núcleos de población –

Más de 5000 habitantes:

lo anterior y además parque público, biblioteca pública, mercado y tratamiento de residuos –

Más de 20.000 habitantes:

lo anterior y además protección civil, evaluación e información de situaciones de necesidad social, atención inmediata a personas en riesgo de exclusión, prevención de incendios –

Más de 50.000 habitantes

Lo anterior y además transporte colectivo urbano de viajeros y protección del medio ambiente 5.4 régimen municipal: el concejo abierto, se dan en: -Los municipios con menos de 100 habitantes -en los que su localización geográfica lo hagan aconsejable  En este régimen el gobierno y la administración del municipio corresponden al alcalde, votado por los electores por sistema mayoritario, y a la asamblea vecinal, de la que forman parte todos los electores 6
La provincia, es una entidad local determinada por la agrupación de municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines propios, que son: -garantizar los principios de solidaridad y equilibrio entre los municipios -asegurar la prestación en la totalidad del territorio provincial de los servicios de competencia municipal -coordinar la administración local con la autonómica y la estatal 6.1Organización provincial: –

Presidente de la Diputación:

se elige por los diputados, responsables de dirigir el gobierno y la administración de la provincia-

Vicepresidentes de la diputación:

sustituyen al presidente, en caso de ausencia o enfermedad –

Diputados

Su número se determina según el número de habitantes de cada provincia, se eligen en cada partido judicial, entre los concejales de algún municipio de dicho partido judicial –

Pleno

Constituido por un presidente y diputados, su composición se establece a partir de los resultados de las elecciones municipales, sus principales funciones son la organización de la Diputación 6.2Competencias, Son competencias propias de la Diputación las que le atribuyen las leyes del Estado y de las comunidades autónomas, como la coordinación de los servicios municipales, asistencia y cooperación jurídica, … 6.3RegíMenes provinciales especiales: –

Comunidades autónomas uniprovinciales

Se aplica a la comunidad de Madrid Cantabria Murcia Asturias y La Rioja, se caracteriza porque las comunidades asumen las competencias medios y recursos –

Comunidad Foral de Navarra

Régimen especial, donde la diputación foral asume las competencias de la Diputación Provincial-

País Vasco

Los órganos forales de Álava,  Guipúzcoa y Vizcaya conservan su régimen peculiar –

Canarias

Cada isla cuenta con un cabildo insular, se agrupan en dos mancomunidades Interinsulares –

Baleares

Existen tres consejos insulares y un Consejo General interinsular.   Asociaciones de entidades locales, Las entidades locales pueden constituir asociaciones, de ámbito estatal o autonómico para la protección y promoción de sus intereses comunes, sus fines son el fomento y defensa de la autonomía de las entidades locales, la representación y defensa de los intereses generales de las entidades locales ante  otras administraciones públicas. Entidades de ámbito territorial mayor que el municipio: –

Comarcas

Agrupaciones de municipios con carácterísticas e intereses comunes que precisen de una gestión propia o demanden la prestación de servicios comunes –

Áreas metropolitanas

Integradas por municipios de grandes aglomeraciones urbanas entre cuyos núcleos de población existan vinculaciones económicas y sociales –

Mancomunidades de municipios

Asociaciones libres de municipios dentro del Marco jurídico nacional para la ejecución en común de obras y servicios de su competencia

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