Clasificación del Delito
Conducta del Agente
- Acción – Omisión
- Daño que causa: Lesión o de Peligro
- Por su duración: Instantáneo – Continuado – Permanente
- Por el elemento interno: Doloso y Culposo
- Por el número de actos: Unisubsistente – Plurisubsistente
- Por el número de sujetos: Unipersonal – Pluripersonal
- Por su forma de persecución: De oficio – Querella
- Por función de su materia: Federal, Local, Militar, Ley de Adolescentes
Reincidencia
Es la situación en la que una persona, tras haber sido condenada por sentencia ejecutoria, comete un nuevo delito antes de que transcurra el plazo de prescripción de la pena impuesta en la primera condena (o desde el indulto de la misma). No puede ser juzgado por el mismo delito.
Habitualidad
Cuando la reincidencia se convierte en hábito, el delincuente vuelve a delinquir.
Tipos de Sentencia
- Absolutoria
- Condenatoria
- Mixta
Concurso Ideal o Material
El concurso ideal es cuando con una sola conducta se cometen varios delitos. El concurso material es cuando varias conductas constituyen un delito continuado (real). Son delitos independientes (robo, homicidio, violación).
Definición del Delito (Art. 7)
El delito es:
- Instantáneo, cuando la consumación se agota en el mismo momento en que se han realizado todos los elementos de la descripción penal; Fracción reformada DOF 17-06-2016.
- Permanente o continuo, cuando la consumación se prolonga en el tiempo.
- Continuado, cuando con unidad de propósito delictivo, pluralidad de conductas y unidad de sujeto pasivo, se viola el mismo precepto legal.
Tentativa (Art. 12)
Existe tentativa punible cuando la resolución de cometer un delito se exterioriza realizando en parte o totalmente los actos ejecutivos que deberían producir el resultado, u omitiendo los que deberían evitarlo, si aquél no se consuma por causas ajenas a la voluntad del agente.
Tipos de Pena
- Capitales: Privan de la vida al reo.
- Aflictivas: Procuran algún sufrimiento al delincuente sin quitarle la vida (marca, mutilación).
- Infamantes: Causan daño en el honor del delincuente.
- Pecuniarias: Disminuyen de una manera el patrimonio del delincuente.
- Restrictivas de la Libertad.
Causas de Exclusión (Art. 15)
- Legítima defensa.
- Se demuestre la inexistencia de alguno de los elementos que integran la descripción típica del delito de que se trate.
- El hecho se realice sin intervención de la voluntad del agente.
- Al momento de realizar el hecho típico, el agente no tenga la capacidad de comprender el carácter ilícito de aquél o de conducirse de acuerdo con esa comprensión, en virtud de padecer trastorno mental o desarrollo intelectual retardado, a no ser que el agente hubiere provocado su trastorno mental dolosa o culposamente.
Concurso de Delitos (Art. 19)
Es cuando un hecho constituye dos o más delitos o cuando varios hechos de un mismo sujeto:
- Un hecho → 2 o más delitos (Concurso ideal, reciben el mismo tratamiento jurídico que el material).
- Varios hechos, mismo sujeto → Delitos (Concurso real).
Penas y Medidas de Seguridad
- Prisión.
- Vigilancia de la autoridad.
- La colocación de dispositivos de localización y vigilancia.
- Sanción pecuniaria.
- Decomiso de bienes correspondientes al enriquecimiento ilícito.
- Prisión preventiva.
Imputable
Es la capacidad de querer y entender en el campo del derecho penal.
Inimputable
Es la incapacidad de querer y entender en el campo del derecho penal.
Causas de Extinción
- La muerte del imputado.
- La amnistía.
- El perdón del ofendido o del legitimado.
- Prescripción del delito.
Qué es Víctima
Se entenderá como víctima a las personas que individual o colectivamente hayan sufrido. Víctima individuales, colectivas, de la sociedad o del sistema social (niños abandonados, enfermos sin seguro, locos, ancianos, marginados sociales, migrantes, homosexuales).
Asociación Delictuosa (Art. 164)
Al que forme parte de una asociación o banda de 3 o más personas con propósito de delinquir, se le pondrá prisión de cinco a diez años y de cien a trescientos días multa.
Ley Federal Contra la Delincuencia Organizada
Cuando tres o más personas se organicen de hecho para realizar, en forma permanente o reiterada, conductas que por sí o unidas a otras, tienen como fin o resultado cometer alguno o algunos de los delitos siguientes, serán sancionadas por ese solo hecho, como miembros de la delincuencia organizada:
- Tráfico de órganos.
- Tráfico de personas.
Contexto Histórico y Clasificación
Asociación delictuosa, delincuencia organizada, tipos de tráfico o trata de personas.
Victimología – Definición
Víctima enteramente inocente o víctima ideal: Es la que se suele denominar “víctima anónima” que nada ha hecho o nada ha aportado para desencadenar la situación criminal por la que se ve damnificado (violación de una niña de 3 años).
Víctima culpable menor o por ignorancia: Se da un impulso no voluntario al delito, pero la víctima en un acto poco reflexivo causa su propia victimización.
Víctima tan culpable como el infractor (víctima voluntaria): Los que cometen suicidio tirándolo a la suerte (ruleta rusa y también el suicidio asistido).
Víctima más culpable que el infractor: Para Mendelson, los casos son los siguientes:
- Víctima provocadora: Es aquella que por su conducta incita al autor a cometer el delito (bullying).
- Víctima por imprudencia: Es quien comete un acto sin pensar, es quien determina el accidente por falta de control.
Víctima más culpable o únicamente culpable:
- Infractor.
- Simulante.
- Imaginaria.
Trata de Personas
Toda acción u omisión dolosa de una o varias personas para captar, enganchar, transportar, transferir, retener, entregar, recibir o dejar a una o varias personas con fines de explotación se le impondrá de 5 a 15 años de prisión y de mil a veinte mil días multa, sin perjuicio de las sanciones que correspondan para cada uno de los delitos cometidos, provistos y sancionados en esta ley y en los códigos correspondientes.
Concepto de Acción
En el causalismo neoclásico, la acción se comprende no solo como un proceso causal, sino también como un acto que puede ser valorado socialmente. Esto implica que la conducta, sea por acción u omisión, se evalúa desde su impacto en la sociedad, tomando en cuenta tanto los resultados como la intención del autor. Surge en el siglo XIX con influencia del positivismo.
- Analiza el delito como un fenómeno natural (relación de causa y efecto).
- Franz von Liszt: La función del derecho penal es proteger bienes jurídicos y prevenir el delito.
Valorativo
Características
- Surgió como crítica al causalismo clásico.
- Introduce el análisis de la voluntad y la intencionalidad.
- Reinhardt Frank: La acción debe analizarse desde cuatro elementos clave:
- Acción (conducta voluntaria).
- Tipicidad (encaje en la norma).
- Antijuridicidad (violación de la norma).
- Culpabilidad (reproche jurídico).
Neokantianismo
Basado en la filosofía de Immanuel Kant:
- Define el delito como la violación de normas jurídicas que garantizan la libertad y el orden social.
- Edmund Mezger y Karl Binding: La culpabilidad es el eje central de la responsabilidad penal.