Derecho Mercantil
- Es la rama del Derecho privado que regula al comerciante y los actos de comercio, o a las personas que los realicen.
- Es el derecho más dinámico; estudia la organización y explotación de la empresa comercial.
Código de Comercio:
Según el Artículo 3 del Código de Comercio, son comerciantes:
- Las personas que, teniendo capacidad legal para ejercer el comercio, hacen de él su ocupación ordinaria.
- Las sociedades constituidas con arreglo a las leyes mercantiles.
- Las sociedades extranjeras que, dentro del territorio nacional, ejerzan actos de comercio.
- Lucro: El comerciante siempre busca una ganancia.
- Artículo 1050: Las disposiciones mercantiles se rigen conforme a las leyes mercantiles.
- Artículo 78: La validez de los actos de comercio no depende de su forma (verbal o escrita), sino de su naturaleza como acto de comercio.
Actos de Comercio (Artículo 75 del Código de Comercio):
- La compraventa con fines de especulación comercial.
- Los actos propios de las empresas (industriales, de transporte, de seguros, etc.).
- Las operaciones con cheques, pagarés o títulos de crédito en general.
- Los actos realizados por compañías de finanzas y seguros.
- Derecho Civil: Se enfoca en brindar un servicio o satisfacer necesidades personales.
- Derecho Mercantil: Implica la venta o el ofrecimiento de productos con ánimo de lucro.
Títulos de Crédito:
Son actos de comercio que deben tener una redacción formal establecida por la ley.
Clasificación de los Títulos de Crédito
Los nominativos se expiden a favor de una persona determinada.
Ejemplos incluyen pagarés, cheques, acciones y obligaciones, que pueden ser transmitidos por endoso.
Características de los Títulos de Crédito
Sus características principales son la autonomía, la incorporación, la legitimación, la abstracción y la literalidad.
Cancelación de Títulos de Crédito
Se puede solicitar a la autoridad judicial que notifique la pérdida o robo al emisor o librador.
La Letra de Cambio
Es un documento por el cual una persona, llamada girador (quien da la orden de pago), ordena a otra, llamada girado (a quien se le ordena realizar el pago), pagar una suma de dinero a un tercero, llamado beneficiario (facultado para ejercitar el derecho literal consignado).
El Pagaré
Es un documento escrito mediante el cual una persona (emisor) se compromete a pagar a otra persona (beneficiario) una determinada cantidad de dinero en una fecha acordada.
Las partes que intervienen en el pagaré son: Librador (quien se compromete a pagar la suma de dinero), Beneficiario (aquel a cuya orden debe hacerse el pago de la suma de dinero) y Avalista (persona que garantiza el pago del pagaré).
El Cheque
Solo puede ser expedido a cargo de una institución de crédito.
Certificado de Depósito
Representa la propiedad de mercancías o bienes depositados en el almacén que lo emite.
Sociedades Mercantiles
- Son la unión de dos o más personas que aportan algo en común para un fin determinado.
- Ejercen sus derechos y contraen obligaciones.
- Pueden ser constituidas por personas físicas y morales.
Tipos de Sociedades Mercantiles (Ley General de Sociedades Mercantiles, Artículo 1):
- Sociedad en Nombre Colectivo
- Sociedad en Comandita Simple
- Sociedad de Responsabilidad Limitada (frecuentemente usada por empresas extranjeras, la segunda más común).
- Sociedad Anónima (la más utilizada, ej. S.A. de C.V.).
- Sociedad en Comandita por Acciones
- Sociedad Cooperativa (ej. de ahorro y préstamo, la tercera más común).
Características de las Sociedades Mercantiles
- Personalidad jurídica propia, distinta de la de sus socios.
- Sus integrantes aportan algo en común (capital, trabajo, etc.).
- Tienen un fin lícito y determinado.
Representación de las Sociedades Mercantiles
La representación recae en un administrador o administradores.
Disolución de las Sociedades Mercantiles
- Por la expiración del término fijado en el contrato social.
- Por la imposibilidad de seguir realizando el objeto principal de la sociedad.
- Por acuerdo de los socios.
- Cuando el número de accionistas llegue a ser inferior al mínimo que la ley establece.
- Por la pérdida de las dos terceras partes del capital social.
Descripción de las Clases de Sociedades Mercantiles
- Sociedad en Nombre Colectivo: Su razón social se forma con el nombre de uno o más socios.
- Sociedad en Comandita Simple: Su razón social incluye el nombre de todos los socios comanditados.
- Sociedad de Responsabilidad Limitada: Los socios solo están obligados al pago de sus aportaciones.
- Sociedad Anónima: Una de las más utilizadas, se crea bajo una denominación y se compone exclusivamente de socios cuya responsabilidad se limita al pago de sus acciones.
- Sociedad en Comandita por Acciones: Similar a la comandita simple, pero el capital de los comanditarios se representa por acciones.
- Sociedad Cooperativa: Se basa en intereses comunes y principios de solidaridad, esfuerzo propio y ayuda mutua para satisfacer necesidades individuales y colectivas mediante actividades económicas de producción, distribución y consumo de bienes y servicios.
Clasificación Adicional de las Sociedades
- Según la doctrina jurídica:
- Sociedades personalistas (importa la calidad de los socios).
- Sociedades capitalistas (importa el capital aportado por los accionistas).
- Sociedades mixtas.
- Según su constitución:
- Sociedades regulares (constituidas ante fedatario público como notario o corredor, e inscritas en el Registro Público de Comercio).
- Sociedades irregulares (no cumplen con los requisitos formales de constitución).
- Según la responsabilidad de los socios:
- Responsabilidad limitada (la responsabilidad del socio se limita al monto de su aportación).
- Responsabilidad ilimitada (el socio responde con todo su patrimonio personal por las deudas de la empresa).
- Responsabilidad mixta.
Órganos de la Sociedad Mercantil
- Asamblea de socios o accionistas: Órgano supremo de la sociedad.
- Órgano de administración: Ejecuta las decisiones de la asamblea.
- Órgano de vigilancia: Supervisa la gestión del administrador.
- Puede ser Colegiado (ej. Consejo de Vigilancia, con número impar de miembros: Presidente, Secretario y Tesorero).
- O Unimembre (un solo individuo, ej. Comisario de Vigilancia).
Tipos de Órgano de Administración
- En la sociedad anónima, puede ser un Consejo de Administración.
- O un Administrador Único.
Leyes Federales Relevantes
- Entre las leyes federales se encuentran la Ley General de Sociedades Mercantiles, el Código de Comercio, la Ley Federal del Trabajo, el Código Civil Federal y el Código Penal Federal.
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (1917)
- Promulgada en 1917, fue producto de la Revolución Mexicana.
- El presidente bajo cuyo mandato se promulgó fue Venustiano Carranza.
- Su parte Orgánica describe cómo está estructurado y organizado el poder público (Ejecutivo, Legislativo y Judicial).
- Su parte Dogmática establece los Derechos Humanos y sus garantías, los cuales no están sujetos a debate.
- Los Derechos Humanos son inherentes a la persona por su sola condición de ser humano, mientras que las garantías son los mecanismos que el Estado mexicano establece para su protección y cumplimiento.
Artículos Relevantes de la Constitución Política
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos cuenta con 136 artículos.
- Artículo 133: Establece la supremacía de la Constitución y las leyes federales.
- Artículo 17: Prohíbe la autotutela; ninguna persona podrá hacerse justicia por sí misma ni ejercer violencia para reclamar su derecho.
- Artículo 20: El proceso penal será acusatorio y oral, rigiéndose por los principios de publicidad, contradicción, concentración, continuidad e inmediación.
- Artículo 124: Las facultades no concedidas expresamente a los funcionarios federales se entienden reservadas a los Estados.
- Artículo 73: Establece las facultades del Congreso de la Unión, incluyendo la capacidad de las autoridades federales para conocer de delitos del fuero común con conexidad federal, o delitos contra periodistas y la libertad de expresión.
- Artículo 1: Todas las personas gozarán de los Derechos Humanos reconocidos en la Constitución y en los tratados internacionales, así como de las garantías para su protección, y se establecen sus obligaciones y principios.
- Artículo 2: La Nación Mexicana es única e indivisible, y se reconoce su composición pluricultural sustentada originalmente en sus pueblos indígenas.
- Artículo 3: Toda persona tiene derecho a la educación pública. La educación inicial, preescolar, primaria y secundaria conforman la educación básica, y esta, junto con la media superior, será obligatoria. La educación debe ser obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.
- Artículo 4: La mujer y el hombre son iguales ante la ley. La ley protegerá la organización y el desarrollo de la familia. Toda persona tiene derecho a decidir de manera libre, responsable e informada sobre el número y el espaciamiento de sus hijos.
- Artículo 5: A ninguna persona podrá impedirse que se dedique a la profesión, industria, comercio o trabajo que le acomode, siendo lícitos.
- Artículo 6: Garantiza la libertad de expresión («manifestación de las ideas»), la cual no será objeto de ninguna inquisición judicial o administrativa, salvo que ataque la moral, los derechos de terceros, provoque algún delito o perturbe el orden público. El derecho a la información será garantizado por el Estado.
- Artículo 7: Consagra la libertad de difundir ideas y opiniones, así como la transmisión y circulación de las mismas.
- Artículo 8: Los funcionarios y empleados públicos respetarán el ejercicio del derecho de petición, siempre que esta se formule por escrito, de manera pacífica y respetuosa; pero en materia política, solo podrán hacer uso de ese derecho los ciudadanos de la República.