Fundamentos de Derecho Comercial y Tributario: Conceptos Esenciales


Definición de Sociedades Anónimas

Es una persona jurídica conformada por accionistas que reúnen un capital común. Cada socio accionista responde hasta el monto de dinero que aportó, lo que implica que la responsabilidad es limitada. Es administrada por un directorio integrado por miembros esencialmente revocables. La sociedad anónima tiene las mismas características que las otras sociedades: es una persona jurídica, sus socios accionistas aportan dinero o bienes estimados en dinero, persigue fines de lucro y las pérdidas las soporta el fondo constituido por los accionistas.

Clasificación de las sociedades anónimas

Pueden ser abiertas o cerradas.

Sociedades Anónimas Abiertas

Son aquellas que pueden ofrecer públicamente sus acciones, para lo cual deben inscribirse en el Registro de Valores dentro de los 60 días desde su formación, quedando sujetas a la fiscalización de la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS). Tratándose de entidades bancarias, estas son fiscalizadas por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras.

Causales de disolución de una sociedad

  • Voluntad de los socios: Como todo contrato, la sociedad puede terminar por común acuerdo de los socios.
  • Cumplimiento de plazo: En algunos casos, las sociedades se constituyen por un plazo fijo determinado; llegado el cual, si no se renueva el acuerdo, el contrato social se termina.
  • Condición: Muchas veces la sociedad nace con algunas condiciones para seguir funcionando; si dicha condición falla, la sociedad se disuelve.
  • Fin del negocio: Puede ser que la sociedad se cree con objetivos específicos y, al cumplirse dicha finalidad, la sociedad desaparece.

En cuanto a la liquidación, primeramente hay que estarse a lo que disponen los estatutos de la misma sociedad; en silencio de ellos, entra a regir lo que disponen las leyes específicas al respecto, dependiendo de la sociedad de que se trate.

Definición de pagaré

Es un documento escrito que contiene una promesa incondicional de pagar una cantidad determinable de dinero al beneficiario, a su orden o al portador, a la fecha de su vencimiento o a su presentación.

Diferencias entre Letras de Cambio y Pagaré

En general, la Letra de Cambio y el Pagaré se rigen por las mismas normas, diferenciándose en los siguientes aspectos:

  • Formas de giro: La letra puede girarse de cuatro formas, mientras que el Pagaré solo puede ser girado de tres: a) a la vista, b) a un plazo de la vista y c) a un día fijo y determinado.
  • Confesión de deuda: El Pagaré es una verdadera confesión de deuda; por consiguiente, en su creación solo es necesario que concurra una persona (el suscriptor). En cambio, en la creación de la letra deben intervenir al menos dos personas (el librador y el librado).
  • Emisión: La letra solo puede emitirse nominativamente o a la orden, nunca al portador. El Pagaré, en cambio, puede emitirse también al portador.
  • Vencimiento: La letra admite un solo vencimiento; el pagaré admite vencimientos sucesivos (pactar cuotas), en cuyo caso se pueden estipular cláusulas de aceleración (el no pago de una cuota hace exigible el total de las cuotas restantes).

Contrato de Cuentas Corrientes Bancarias

Es aquel mediante el cual una persona deposita en un Banco la cantidad de dinero que desee, recibiendo a cambio cheques que puede entregar para pagar productos o servicios que adquiera (Art. 1 del Decreto con Fuerza de Ley Nº 707, Art. 602 del Código de Comercio).

Definición de Leasing

Es un contrato de arrendamiento financiero que incluye una opción de compra para el arrendatario sobre el bien, que podrá ejercitar al final del contrato por un precio denominado valor residual, el cual debe figurar obligatoriamente en el contrato.

Definición de Factoring

Constituye una operación financiera en virtud de la cual una empresa especializada llamada Factor (Banco o empresa de Factoring), mediante un contrato, se compromete a adquirir los créditos comerciales a corto plazo de una persona natural o jurídica, representados por facturas por cobrar, asumiendo los riesgos, gestionando los cobros y otorgando anticipos o asistencia técnica y administrativa.

Derecho Tributario

Es aquella rama del Derecho Público que regula la normativa legal a través de la cual el Estado ejerce su poder tributario con el propósito de obtener de los particulares ingresos que sirvan para financiar el gasto público en aras de la consecución del bien común.

Ámbito de aplicación del Código Tributario

Según el Art. 1 del Código Tributario, deben reunirse dos requisitos copulativos para que sean aplicables las disposiciones de este cuerpo legal:

  • Que se trate de materias de tributación fiscal interna.
  • Que sean de la competencia del Servicio de Impuestos Internos (SII).

Por consiguiente, no se aplican las normas del Código Tributario a las materias municipales ni aduaneras, por no ser fiscales y ni internas, respectivamente.

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