Historia del Constitucionalismo Chileno: Orígenes, Cátedra y Evolución (1812-1833)


Orígenes de la Cátedra de Derecho Constitucional en Chile

Los cursos de Derecho Constitucional partieron en el Instituto Nacional durante el siglo XIX. Cuando se creó la Universidad de Chile en 1843, el Instituto Nacional seguía impartiendo las clases y aprobando o reprobando asignaturas; la universidad simplemente certificaba. Posteriormente, en la segunda mitad del siglo XX, la cátedra pasó a manos de la Universidad de Chile, que ya estaba más organizada. En sus inicios, esta disciplina estuvo ligada al constitucionalismo liberal.

Generaciones de Constitucionalistas Chilenos

Se mencionan estos nombres para establecer que en Chile existe una larga tradición constitucional de más de dos siglos.

Siglo XIX

  • 1.ª Generación: Egaña, Manuel de Salas, De Moras.
  • 2.ª Generación: Lastarria, Carrasco.
  • 3.ª Generación: Huneeus, De Hostos Letelier.

Siglo XX

  • 1.ª Generación (Liberales): Jordán, Estévez.
  • 2.ª Generación: Amunátegui, Silva Bascuñán, Sanhueza Cruz.
  • 3.ª Generación: Se refiere a las Universidades “cautivas de la dictadura”. Se les denomina así en doctrina, pues tiene que ver con la teoría constitucional que surgió durante la dictadura, discutiendo el contenido de la Constitución de 1980, vista como un texto de opresión y de poca libertad.

Fuentes Formales del Derecho Constitucional Chileno

Las fuentes formales que rigen el Derecho Constitucional en Chile son:

  1. Constitución Política de la República (CPR).
  2. Leyes Interpretativas de la Constitución (LIC).
  3. Tratados Internacionales (TI).
  4. Legislación de Desarrollo Constitucional o Complementaria.

La Constitución no regula todo en detalle, sino que establece un lineamiento. Al revisar el texto constitucional, nos daremos cuenta de que en muchas situaciones la Constitución entrega la regulación de ciertas materias a una ley. Por eso, existe un gran conjunto de leyes complementarias, que incluyen:

  • Leyes Orgánicas Constitucionales.
  • Leyes de Cuórum Calificado.
  • Leyes Simples.
  • Decretos con Fuerza de Ley, etc.

Reglamentos y Auto Acordados

Reglamentos de las Cámaras

Determinan cómo funcionan las cámaras del Congreso, lo que influye directamente en una modificación constitucional.

Auto Acordados de los Tribunales Superiores

Los tribunales tienen la atribución de dictar normativa para regular su funcionamiento interno. La única institución que tiene la facultad de dictar auto acordados en virtud de su superintendencia económica es la Corte Suprema (CS). El Tribunal Constitucional (TC), el Tribunal Calificador de Elecciones (TCE) y los Tribunales Electorales Regionales (TER) pueden dictar auto acordados por disposición de sus respectivas Leyes Orgánicas Constitucionales (existe una ley para cada tribunal).

Evolución Constitucional en Chile (1812-1833)

El Reglamento Constitucional Provisorio de 1812

Este reglamento deroga el Reglamento de 1811. Estableció un Poder Ejecutivo de tres personas y un Legislativo unicameral de siete miembros (Senado Consultivo). Es importante por ser el primer reconocimiento a la soberanía de Chile y a la autonomía de sus gobernantes, por proteger las libertades públicas y por consagrar la libertad de imprenta, entre otros aspectos.

La Constitución de 1818

Estableció un Ejecutivo unipersonal (Directorial Supremo). Fijaba metas, pero no plazos, y otorgaba atribuciones muy amplias para el dictador, sin término de periodo.

La Constitución de 1822

Fue vista como un intento de prolongar o perpetuar la permanencia de O’Higgins en el poder. No tuvo éxito, ya que en 1823 O’Higgins finalmente abdica y muere en Perú, lo que provoca la inestabilidad del gobierno. Esta Constitución declaró expresamente la independencia de los tres poderes del Estado y, por primera vez, se le denominó Corte Suprema.

La Constitución de 1823

Impulsada por Egaña, es conocida como la Constitución Moralista. Fue una Constitución inaplicable, pues intentó regular tanto el comportamiento público como el ámbito privado de los ciudadanos.

La Constitución de 1826

Conocida como la Constitución Federalista, impulsada por José Miguel Infante. Pretendía crear provincias con autonomía, pero no resultó, pues esta posibilidad se entorpeció rápidamente.

La Constitución de 1828

Esta Constitución fue la antesala a la Guerra Civil de 1830. Existía una fuerte tensión entre los bandos (pelucones y pipiolos) que se prolongó por toda la década de 1820. Esta Constitución fue considerada el primer “golpe” de los liberales, un texto que, aunque completo, no apuntaba a la realidad de un Chile absolutamente conservador que venía saliendo de un dominio español que duró siglos. Los pelucones se sublevan, desatando una guerra civil que termina con la Batalla de Lircay, donde triunfan los conservadores, y los liberales son expulsados del gobierno y del ejército.

La Constitución de 1833

Representa un choque entre un gobierno parlamentario y un presidencialismo reforzado. Recoge las ideas de Portales en el sentido de que debía existir un poder fuerte y centralizado, otorgando amplias facultades al Presidente de la República. Sin embargo, también incorpora elementos de parlamentarismo, como el voto de censura y el voto de confianza. En el transcurso del siglo XIX, el sistema avanzó desde un presidencialismo fuerte (que hacía lo que quería con el Poder Legislativo) hacia un mayor equilibrio, debido a las facultades fiscalizadoras y las herramientas de las leyes periódicas otorgadas al Congreso.

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