Plazos y Recursos Clave en el Juicio de Amparo Mexicano


Plazos y Procedimientos en el Juicio de Amparo

2. Plazo para presentar la demanda de amparo: 15 días

3. Plazo para presentar demanda de amparo tratándose de una norma autoaplicativa: 30 días

4. Plazo para presentar demanda de amparo tratándose de una norma heteroaplicativa: 15 días

5. Plazo para presentar la demanda cuando se reclama una sentencia condenatoria en un proceso penal: hasta 8 años

6. Plazo para presentar la demanda de amparo cuando se reclaman derechos agrarios a los núcleos de población ejidal: hasta 7 años

7. Plazo para presentar la demanda de amparo cuando el acto reclamado implique un peligro inminente para la persona: en cualquier momento

8. Una vez presentada la demanda de amparo, ¿en cuánto tiempo el juez de distrito deberá pronunciarse sobre si la admite, requiere o desecha? 24 horas

9. Una vez presentada la demanda de amparo, ¿cuánto tiempo el juez de distrito deberá pronunciarse en el caso de que las demandas sean denominadas de urgencia? De inmediato

10. Una vez admitida la demanda de amparo vía indirecta, la audiencia constitucional deberá celebrarse dentro de: 30 días

11. ¿Cuál es el plazo para que el Tercero Interesado conteste la vista? 5 días

12. La autoridad responsable deberá rendir el informe justificado dentro del plazo de: 15 días

13. El órgano jurisdiccional, atendiendo a las circunstancias del caso, podrá ampliar el plazo del informe justificado por otros: 10 días

14. ¿Cuál es el plazo mínimo que tiene que mediar entre la presentación del informe justificado y la celebración de la audiencia? 8 días.

15. ¿Cuál es el plazo para la celebración de la audiencia incidental de la suspensión? 5 días.

16. ¿Cuál es el plazo para que el quejoso otorgue la garantía para que surta efectos la suspensión del acto? 5 días.

17. En el caso de que el quejoso no acredite haber entregado para su publicación los edictos dentro del plazo de 20 días siguientes a que se pongan a su disposición, se sobresee el juicio.

18. ¿Cuál es el plazo para ofrecer las pruebas que requieran prepararse para su desahogo? 5 días antes de la audiencia constitucional.

19. ¿Cuál es el plazo para ampliar la demanda de amparo en el caso de que en el informe justificado aparezcan nuevos actos que tengan estrecha relación con la demanda inicial que promovió el quejoso(a)? 15 días.

Incidentes y Etapas Procesales

20. A continuación, menciona al menos 5 incidentes que se pueden utilizar en el juicio de amparo:

  • Nulidad de notificaciones y actuaciones.
  • Violación de la suspensión.
  • Competencia.
  • Reposición de autos.
  • Personalidad.

21. Menciona una de las causas por las cuales la celebración de la audiencia constitucional puede ampliarse o diferirse. Puede diferirse cuando se amplía el plazo del informe justificado.

22. Menciona cuáles son las etapas que integran la audiencia constitucional:

  • Pruebas
  • Alegatos
  • Sentencia

Casos Prácticos de Amparo

Caso Práctico 1: Embargo y Custodia

23. En un juicio oral familiar, se llevó a cabo el día 13 de enero de 2025 una diligencia de embargo como medida cautelar de alimentos no pagados en contra de Diego. En esa diligencia, la parte demandada mostró su descontento; sin embargo, el actuario(a) le explicó que la diligencia fue ordenada por un Juez de lo Familiar y que, además, se ordenó que le descontaran un porcentaje de su salario, el cual se vería reflejado en la próxima quincena. Al finalizar la diligencia, el actuario le entrega a Diego copia de traslado de la demanda y los anexos. El día 14 de enero de 2025, Diego acude con el abogado(a) y le explica lo sucedido el día 13 de enero de 2025, y le dice al abogado(a) que no existía razón para que la progenitora lo demandara por alimentos no pagados, ya que la menor hija que tienen en común está bajo la custodia de Diego, y que la progenitora únicamente tiene convivencia con su menor hija. Sin embargo, Diego le dice al abogado(a) que tanto la custodia como la convivencia no se encuentran especificados en un convenio judicial, sino que fue un acuerdo entre los progenitores de palabra. De acuerdo con lo anterior, tú eres el abogado(a) de Diego, y te pregunta: ¿Qué puedo hacer para evitar que me descuenten de mi salario? ¿Qué puedo hacer para recuperar los bienes que me fueron embargados? La clave es actuar de inmediato. Prepararemos el incidente de oposición, contestaremos la demanda y, si procede, reconvendremos. El juez debe conocer que tú eres quien tiene realmente la custodia de la menor, aunque no exista un acuerdo judicial previo.

Caso Práctico 2: Nulidad de Pruebas en Audiencia Constitucional

24. Se está celebrando la Audiencia Constitucional el día de hoy. El quejoso(a) presenta un documento en tiempo y forma. El documento se pone a la vista del Tercero Interesado(a) para que manifieste lo que a su derecho legal convenga. Si tú fueras el Tercero Interesado(a), ¿qué medio legal puedes realizar para detener la celebración de la Audiencia Constitucional y, de ser posible, anular la prueba documental que ofrece el quejoso(a)?

  • Presenta por escrito el incidente de nulidad de pruebas con argumentos claros de por qué la prueba debe excluirse.
  • Solicita la suspensión de la audiencia constitucional como medida procesal lógica para no viciar el procedimiento.
  • Si el juez continúa con la audiencia y admite la prueba, considera presentar un recurso de queja si el acto lo permite.

Caso Práctico 3: Tercer Extraño por Equiparación

25. En un juicio se embargaron bienes a una tercera persona que no tiene relación con las partes. Esa tercera persona interpone una demanda de amparo en la vía indirecta para tratar de recuperar sus bienes. Tú eres el abogado(a) de esa tercera persona. Imagina el escenario que aconteció a esa tercera persona extraña al juicio y redacta los conceptos de violación que debes hacer valer ante el juez de distrito para que pueda concederle el amparo y protección de la justicia federal a esa tercera persona. De conformidad con los artículos 1, 14, 16 y 17 de la CPEUM, son violatorios a los Derechos Humanos y a la protección de los mismos, al debido proceso, a no ser molestado en su esfera jurídica, ya que mi representada es una persona que no tiene que ver con este juicio, es tercer extraño por equiparación.

Segundo Parcial: Conceptos Fundamentales del Amparo

Plazos Generales y Conceptos Básicos

1. ¿Cuál es el plazo general para presentar una demanda de amparo indirecto? 15 días hábiles, según el artículo 17 de la Ley de Amparo.

2. ¿Cuándo se considera que inicia el plazo para presentar la demanda?

  • La notificación del acto reclamado.
  • El conocimiento del acto reclamado por cualquier medio.
  • Saber la existencia de la ley o acto reclamado.

3. ¿Qué es un incidente en el juicio de amparo? Un procedimiento accesorio que resuelve cuestiones relacionadas con el asunto principal (ej., nulidad de notificaciones, incompetencia, falsedad de documentos).

4. ¿Cómo se tramita el incidente de nulidad de notificaciones?

  • Se promueve antes o después de la sentencia definitiva.
  • Se resuelve sin suspender el procedimiento principal (artículo 68).

5. ¿Qué es la suspensión en el amparo? Una medida cautelar que evita la ejecución del acto reclamado para proteger al quejoso de daños irreparables (artículo 125).

6. ¿Cuándo se concede la suspensión de oficio y de plano? En casos de peligro para la vida, libertad personal, o actos prohibidos por el artículo 22 de la CPEUM (artículo 127).

7. ¿Qué es la garantía y la contragarantía?

  • Garantía: Obligación del quejoso para reparar daños si pierde el juicio (ej., fianza, artículo 133).
  • ¿Cómo se paga la garantía? Hipoteca, prenda, póliza, billete de depósito.
  • Contragarantía: Derecho del tercero interesado para cesar la suspensión (artículo 134).

En el amparo directo, la suspensión solo se concede o se niega.

8. El amparo directo procede contra:

  • Resoluciones que, sin resolver, pongan fin al juicio.
  • Sentencias definitivas (aquellas que resuelven el asunto en lo principal).

9. ¿Ante qué autoridad se presenta la demanda de amparo directo? Ante la autoridad responsable o de origen por escrito (TCC).

10. Menciona ¿Qué tipos de sentencia hay?

  • Ampara.
  • No ampara.
  • Mixto.
  • Sobreseimiento.

11. ¿Qué es el principio de relatividad («fórmula Otero»)? Las sentencias solo benefician al quejoso, no invalidan la norma general.

12. ¿Qué recursos existen en el amparo?

  • Recurso de Revisión
  • Recurso de Queja
  • Recurso de Reclamación
  • Recurso de Inconformidad

13. ¿Qué es el Amparo Adhesivo? El propósito de esta nueva figura jurídica significa una oportunidad para que los terceros tengan una más amplia oportunidad para hacer valer sus derechos y no queden en estado de indefensión. La presentación y trámite del amparo directo adhesivo se regirá, en lo conducente, por lo dispuesto para el amparo principal y seguirá la misma suerte principal del amparo principal, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 182 de la Ley de Amparo.

REVISIÓN

¿Qué es? Recurso para impugnar sentencias definitivas dictadas en el juicio de amparo. Lo interpone la parte afectada (quejoso o autoridad) contra resoluciones que ponen fin al juicio.

¿Cuándo procede?

  • Contra sentencias de Jueces de Distrito o Tribunales Unitarios.
  • Se promueve ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) o los Tribunales Colegiados de Circuito, según la materia.
  • Plazo: 15 días hábiles.

QUEJA

¿Qué es? Recurso contra irregularidades procesales cometidas por el juzgador (ej., violación a derechos durante el trámite).

¿Cuándo procede?

  • Por violaciones al procedimiento (ej., denegar pruebas, omitir notificaciones).
  • No aplica contra sentencias (ahí va la revisión).
  • Plazo: 5 días hábiles (Regla General).
  • Excepciones: 2 días hábiles (cuando se trate de suspensión de plano o provisional).
  • En cualquier tiempo, cuando se omita tramitar la demanda de amparo.

RECLAMACIÓN

¿Qué es? Recurso contra autos o resoluciones del Presidente del Tribunal Colegiado (ej., desechar una demanda, negar medidas cautelares).

¿Cuándo procede?

  • Solo contra decisiones del Presidente del Tribunal, no de otros jueces.
  • Plazo: 3 días hábiles desde la notificación del auto.

INCONFORMIDAD

¿Qué es? Recurso por incumplimiento de una sentencia de amparo por parte de la autoridad responsable.

¿Cuándo procede?

  • Cuando la autoridad no acata lo ordenado en la sentencia firme.
  • Plazo: 15 días hábiles.

SUSTANCIACIÓN

¿Quién lo puede hacer valer? Cualquiera de las partes que haya obtenido resolución favorable si otra de las partes acude a la revisión.

¿Plazo para interponerlo? Cinco días a partir del día siguiente al en que surte efectos la notificación de la admisión del recurso.

¿Ante quién se presenta? El Tribunal Colegiado de Circuito o la SCJN que admitió el recurso principal.

¿Quién lo tramita? El Tribunal que conoce del recurso principal.

¿Cómo es el trámite? El órgano tendrá por recibido el recurso:

  • a) Admisión (notifica a las partes, corre traslado y turna los autos a la ponencia).
  • b) Requerimiento.
  • c) Desechamiento.

¿Cuándo se resuelve? Conjuntamente con el principal, en un plazo máximo de 90 días.

¿Cómo se resuelve? Sigue la suerte del recurso principal y los agravios se estudian en el orden que corresponda según su vinculación con el principal. Cuando la revisión principal no es fundada, la adhesiva queda sin materia.

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