Principio de la jerarquia normativa Las normas laborales de rango inferior deben someterse a lo regulado en las de rango superior.


* ORDEN DE APLICACIÓN



1.DERECHOS DE LOS TRABAJADORES



DERECHOS COLECTIVOS

Libre sindicación

Huelga

Manifestación

Reunión

DERECHOS INDIVIDUALES

Elección de profesión

Ocupación efectiva

Promoción (ascensos)

Igualdad y no discriminación

Seguridad y salud en el trabajo

Intimidad y dignidad

Remuneración puntual

2.DEBERES DE LOS TRABAJADORES



DEBERES LABORALES

Actuar de buena fe

Actuar con diligencia (atención y rendimiento)

Tomar medidas de prevención

Cumplir las órdenes del empresario

En caso de no cumplir con sus deberes, el trabajador puede ser sancionado, incluso despedido.




3.PODER DE DIRECCIÓN DEL EMPRESARIO


Cualquier empresario puede dar instrucciones a sus trabajadores, siempre que sean legales y no supongan ningún daño personal o afecten a su vida privada o atenten contra su dignidad.


4.PODER DE VIGILANCIA DEL EMPRESARIO


1

Realizar REGISTROS cuando se tenga la seguridad o sospecha de un robo, siempre con presencia de un representante de los trabajadores o de otro trabajador.

2

VIGILAR CON CÁMARAS los lugares de trabajo sin audio, excepto las zonas de descanso, vestuarios, servicios y comedores.

3

Vigilar el USO DE LOS ORDENADORES, así como el correo electrónico, previo aviso a los trabajadores y con presencia de un representante de los trabajadores.

4

Vigilar su SITUACIÓN SANITARIA cuando el trabajador esté de baja, a través de reconocimientos realizados por el médico de la empresa.

5.PODER DISCIPLINARIO DEL EMPRESARIO



SANCIONES (según convenio)


1

FALTAS LEVES


Prescriben a los 10 días.

Ejemplo: amonestación verbal por llegar tarde, no acudir al trabajo sin avisar.

2

FALTAS GRAVES


Prescriben a los 20 días.

Ejemplo: amonestación escrita por faltar más de dos días al mes sin justificar. Se puede sancionar con la suspensión de empleo y sueldo.

3

FALTAS MUY GRAVES


Prescriben a los 60 días.

Ejemplo: Insultar o faltar el respeto de compañeros o empresario. Sanción de suspensión de contrato, incluso despido.

En ningún caso se podrá sancionar con la reducción de sueldo o con la pérdida de vacaciones o del descanso obligatorio.


6.JUZGADOS Y TRIBUNALES DE LO SOCIAL


Son los que resuelven los conflictos en materia laboral y de Seguridad Social.


 Dependiendo dónde se produzca el conflicto tendremos que acudir a un juzgado u otro.

1)Juzgados de lo social:

Es el primer tribunal al cual acudiremos para defender nuestros derechos laborales.

Actúan a nivel provincial

2)Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia de las Comunidades Autónomas:

Entienden de los asuntos que exceden del ámbito de una provincia y no sobrepasan el de una Comunidad Autónoma.

3)Sala de lo Social de la Audiencia Nacional:

Entienden de los asuntos que exceden del ámbito de una Comunidad Autónoma.

4)Sala de lo Social del Tribunal Supremo:

Tiene competencia en todo el Estado y es el último Tribunal al cual se puede llegar en la vía ordinaria.



7.ORGANISMOS DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA


1)Ministerio de Empleo y Asuntos Sociales:

Actúa a nivel estatal y orienta las políticas de empleo de las Comunidades Autónomas. Su titular es la Sra. Fátima Báñez. 

2)Inspección de Trabajo:

Su misión es velar por el cumplimiento de la normativa laboral.

3)FOGASA: Fondo de Garantía Salarial, responde de los salarios e indemnizaciones que tienen derecho a recibir los trabajadores en caso de quiebra de la empresa en la que trabajan.

4)INSS: Instituto Nacional de la Seguridad Social, se encarga de gestionar las prestaciones de la Seguridad Social (enfermedad, incapacidad, viudedad, horfandad, maternidad, etc.)

5)Tesorería General de la Seguridad Social: Se encarga de recaudar y gestionar  las cuotas que pagan a la Seguridad Social trabajadores y empresarios.



5. pRINCIPIOS DE APLICACIÓN DE LAS NORMAS LABORALES

Las normas laborales TIENEN UNOS PRINCIPIOS ESPECÍFICOS que deben aplicarse de acuerdo a unos principios objetivos que no supongan discriminación para los trabajadores, estos principios son:

Principio de norma mínima:



Las normas de rango superior determinan el contenido mínimo de la norma que le sigue. Por lo tanto, la norma inferior puede siempre mejorar las condiciones fijadas en la superior pero nunca empeorarlas.

Principio «IN DUBIO PRO OPERARIO»


Supone que cuando haya más de una posible interpretación de una norma deberá hacerse aquella que en su conjunto resulte más favorable para el trabajador.

Principio de la norma más favorable


Significa que cuando a un caso puedan aplicársele dos o más normas deberá elegirse aquella que en conjunto sea más beneficiosa para el trabajador.

Principio de la condición más beneficiosa


Hace referencia a los llamados «derechos adquiridos», así cuando surja una norma que impone peores condiciones que las reconocidas al trabajador en su contrato se mantendrán las recogidas en el mismo.

Irrenunciabilidad de derechos


El trabajador no puede nunca renunciar a los derechos que le reconocen las normas y si así lo hiciese esa renuncia se consideraría nula.




1.FUENTES DEL DERECHO LABORAL

Las fuentes pueden ser internas (órganos nacionales) o externas (internacionales).

FUENTES EXTERNAS

FUENTES INTERNAS

1. Unión Europea. UE 1º

·Reglamentos. Son de aplicación directa.

·Directivas. Dice qué hacer y da un tiempo para hacerlo.

1. Leyes: 3º

·La Constitución Española

·Leyes Orgánicas (LO)

·Leyes Ordinarias (LOrd)

·Real Decreto Ley (RDL)

·Real Decreto Legislativo (RDLeg)

2. Organización Internacional del Trabajo (OIT) 2º

·Recomendaciones y Convenios.

Los Gobiernos deben dar el «ok» (ratificar)

2. Reglamentos 4º

3. Convenio Colectivo (es un acuerdo escrito entre el grupo de trabajadores y el empresario)

3. Tratados Internacionales

·Son acuerdos entre países.

4. Contrato de Trabajo (es un acuerdo escrito entre un trabajador y el empresario)

5. Usos y costumbres profesionales 7º

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