El Papel del SEPE
El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) tiene como funciones principales:
- Planificar e impulsar políticas de empleo centradas en las necesidades de las personas y las empresas. Esto incluye la orientación y formación profesional mediante itinerarios individuales y personalizados para desempleados y ocupados, formación para el empleo, programas de fomento del empleo, y asesoramiento a empresas, al autoempleo y al emprendimiento. Estas acciones se llevarán a cabo a través de la estrategia española y los planes de empleo.
- Gestionar y controlar las prestaciones por desempleo, garantizando el derecho de las personas desempleadas a la protección. También gestiona servicios y programas de empleo financiados por sus presupuestos, y el “observatorio de ocupaciones” en colaboración con las Comunidades Autónomas.
- Realizar investigaciones, estudios y análisis, a nivel estatal y provincial, sobre la situación del mercado de trabajo y las medidas para mejorarlo.
- Coordinar las actuaciones conjuntas de los servicios públicos de empleo.
Las Agencias de Intermediación Laboral
Según el Artículo 31 de la Ley de Empleo, la intermediación laboral es el conjunto de acciones destinadas a poner en contacto las ofertas de trabajo con los trabajadores que buscan empleo, con el objetivo de facilitar su colocación.
Finalidad de la Intermediación Laboral
- Proporcionar a los trabajadores un empleo adecuado a sus características.
- Facilitar a los empleadores los trabajadores más apropiados a sus requerimientos y necesidades.
La intermediación laboral también abarca la actividad destinada a la recolocación de trabajadores en procesos de reestructuración empresarial, cuando se haya acordado en planes sociales o programas de recolocación.
Con independencia del agente que la realice, la intermediación laboral tiene la consideración de un servicio de carácter público.
Agentes de Intermediación en el Mercado de Trabajo
A efectos del Sistema Nacional de Empleo, la intermediación se realiza a través de:
- Los Servicios Públicos de Empleo (Estado y Comunidades Autónomas).
- Las Agencias de Colocación:
- Propiamente dichas.
- Empresas de selección tradicionales.
- Agencias especializadas en la recolocación o selección de personal.
- Otros servicios determinados para los trabajadores en el exterior.
Agencias de Colocación
Son entidades, públicas o privadas, con o sin ánimo de lucro, que realizan actividades de intermediación laboral. Pueden actuar:
- Como colaboradores de los Servicios Públicos de Empleo (mediante convenio de colaboración).
- De forma autónoma pero coordinada con los SPE (informan pero no colaboran directamente).
Además, pueden desarrollar actividades relacionadas con la búsqueda de empleo (orientación e información profesional) y la selección de personal.
Reglas de Funcionamiento y Características de las Agencias de Colocación
- Pueden ser públicas o privadas, y su titularidad puede pertenecer a personas físicas o jurídicas.
- Es necesario cumplir con una declaración responsable ante el SEPE o los de las CCAA.
- Está prohibido solicitar compensación económica a los trabajadores por los servicios de intermediación prestados.
- Existe el deber de coordinación con los SPE, como mínimo, informándolos de lo determinado reglamentariamente.
- Debe garantizarse la igualdad de oportunidades en el acceso al empleo, la no discriminación, y el respeto a la intimidad y dignidad en el tratamiento de datos.
Agencias de Recolocación
Son agencias de colocación especializadas en la búsqueda de nueva colocación para trabajadores excedentes en procesos de reestructuración empresarial (ERES). Operan bajo el mismo régimen que las agencias de colocación privadas.
Empresas de Selección
Una empresa de selección se encarga de identificar y escoger a los mejores candidatos mediante el uso de diversas técnicas especializadas para aumentar la probabilidad de éxito del proceso de selección. Buscan conectar la oferta y la demanda de empleo.
Procesos de Selección
La selección de aspirantes a un puesto puede realizarse:
- Por medio de la propia empresa.
- Por entidades públicas o privadas.
Las empresas privadas y agencias de selección tienen libertad para utilizar los medios o procedimientos de obtención de información que consideren convenientes, siempre que esta sea adecuada y pertinente para el puesto (no personal), y respete los principios de igualdad y no discriminación. Los datos del proceso tienen especial protección bajo el principio de consentimiento informado.
Los procesos de selección de empleados públicos siguen reglas especiales, rigiéndose por los principios de igualdad, mérito y capacidad, y utilizando procedimientos presididos por la igualdad de oportunidades, libre concurrencia, publicidad, transparencia, imparcialidad, profesionalidad, independencia y discrecionalidad técnica.
El Trabajo de Voluntariado como Vía de Inserción Laboral
El voluntariado consiste en actividades de interés general, desarrolladas por personas físicas, de carácter solidario, realizadas libremente, sin contraprestación económica o material (salvo reembolso de gastos), y a través de entidades de voluntariado.
El voluntariado es un supuesto especial de trabajo benévolo, expresamente excluido del ámbito de aplicación de las normas laborales [art. 1.3.d)ET], debido a la ausencia de la nota de retribución salarial.
Derechos de las Personas Voluntarias
- Ser tratadas sin discriminación, respetando su libertad, dignidad, intimidad y creencias.
- Ser aseguradas contra los riesgos de accidente y enfermedad derivados directamente del ejercicio de la actividad del voluntariado.
- Ser reembolsadas por la entidad de voluntariado las cantidades derivadas de los gastos realizados en el desempeño de su actividad.