Compendio Esencial de la Seguridad Social en México: Derechos, Instituciones y Prestaciones


1. Marco Histórico y Legal de la Seguridad Social

1.1. Antecedentes Normativos

  • Ley de Accidentes de Trabajo del Estado de México (1904).
  • Ley de Accidentes (1915).
  • Artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) de 1917.

2. El Derecho a la Seguridad Social

2.1. Definición y Naturaleza

El Derecho a la Seguridad Social es un derecho humano de naturaleza prestacional (recibir un beneficio, servicio o prestación) que el Estado debe garantizar a todos los individuos para asegurar las condiciones mínimas de bienestar frente a las contingencias.

2.2. Sistema de Seguridad Social

Es un sistema de protección pública y colectiva con el objetivo de garantizar la asistencia médica y apoyo económico frente a contingencias como enfermedad, invalidez, desempleo, vejez y maternidad.

2.3. Principios Fundamentales

  • Universalidad: Es para todas las personas, asegurando su acceso al sistema de seguridad social.
  • Solidaridad: Se basa en el compromiso mutuo; cada individuo aporta al sistema según sus posibilidades.
  • Equidad/Igualdad: Busca brindar un trato justo y no discriminatorio a todas las personas.
  • Unidad: Implica que el Estado es titular de los recursos, obligaciones y prestaciones.

2.4. Prevención Social

Es toda aquella medida necesaria que deben tomar los particulares y el Estado sobre los posibles riesgos.

Tipos de Prevención Social:

  • Individuales: Son aquellas que se crean por medio del ahorro.
  • Colectivos: Aquellas que tienen ánimo de lucro (instituciones de crédito).
  • Sociales: Creadas por consenso entre trabajadores y patrones en los contratos colectivos.

2.5. Asistencia y Ramas Relacionadas

  • Asistencia: Contribuir o dar sin lucro a las personas.
  • Derecho Constitucional: Está reconocida en el artículo 123 de la CPEUM.
  • Derecho Laboral: Derecho del trabajador que lo protege frente a contingencias.
  • Derecho Internacional: Tratados internacionales que reconocen a la Seguridad Social como Derecho Humano (DH).

3. Beneficencia Pública

3.1. Creación y Finalidad

Es una institución creada en 1861 mediante el decreto del entonces presidente Benito Juárez con la finalidad de generar y canalizar recursos para la atención en salud de aquellas personas en condiciones de pobreza extrema o grupos vulnerables.

3.2. Estructura y Administración

Se compone de un patrimonio de carácter privado. Sus bienes son administrados por la Secretaría de Salud a través de un Órgano Desconcentrado llamado Dirección General de la Administración del Patrimonio de la Beneficencia Pública (APBP).

3.3. Objetivos

  • Brindar apoyos funcionales a las personas de los grupos vulnerables y que no cuentan con seguridad social (en tema de salud).
  • Mejorar su calidad de vida y la asistencia médica.

Administración de la Beneficencia Pública en el Estado de México: Instituto de Salud del Estado de México (ISEM).

4. Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS)

4.1. Naturaleza y Función

El IMSS es un Organismo Descentralizado, que posee personalidad jurídica (susceptible a derechos y obligaciones), patrimonio propio y la facultad de expedir disposiciones de carácter general (ejemplo: reglamentos). Su función es brindar servicios de salud (en especie – servicios y en pagos – dinero) y protección social a los trabajadores y sus familias (esposa, cónyuge, hijos, padres del trabajador). Tiene un fondo tripartito (Trabajador, Estado y Patrón).

4.2. Población No Derechohabiente

Son quienes no están afiliadas, como migrantes, trabajadores independientes o aquellos que trabajan por cuenta propia.

4.3. Diferencia entre IMSS e IMSS Bienestar

El IMSS Bienestar atiende a la población sin seguridad social que no tiene acceso a los servicios del IMSS tradicional (personas no derechohabientes). Su fuente de financiamiento es el Gobierno Federal y ofrece atención médica básica, medicamentos y consultas generales con enfoque preventivo.

5. Administradora de Fondos para el Retiro (AFORE)

5.1. Definición y Operación

La AFORE es una institución financiera que administra los ahorros de los trabajadores afiliados al IMSS o ISSSTE, ayudándolos a incrementar sus ahorros para obtener una mejor pensión. Puede ser asignada por el patrón o elegirse libremente. Se crea una cuenta única e intransferible en la cual se acumulan las aportaciones del trabajador, empleador y el gobierno.

5.2. Vigilancia e Inversión

  • Quien vigila a las AFORES es la CONSAR (Comisión Nacional del Sistema de Ahorro para el Retiro).
  • Las sociedades que reciben la inversión se denominan SIEFORES (Sociedades de Inversión Especializadas en Fondos para el Retiro).

6. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE)

6.1. Naturaleza y Alcance

El ISSSTE es un Organismo Descentralizado, con personalidad jurídica (susceptible a derechos y obligaciones) y patrimonio propio, que brinda servicios de salud y seguridad social a los trabajadores del sector público, incluyendo empleados del gobierno federal, pensionados, jubilados y sus familias.

6.1.1. Principios de la Ley del ISSSTE (Art. 1°)

  • Orden Público: No pueden ser renunciadas por la voluntad de las partes.
  • Interés Social: En beneficio de las personas.
  • Observancia General en toda la República: Aplica en todo el territorio nacional.

6.1.2. Sujetos Beneficiados

Incluye a trabajadores de:

  • Poder Ejecutivo Federal: Presidencia, dependencias (secretarías), el propio Instituto del ISSSTE.
  • Poder Legislativo Federal: Senadores y diputados, Entidad de Fiscalización Superior.
  • Poder Judicial Federal: Ministros, magistrados, jueces.
  • Gobiernos de Entidades Federativas y Municipales: Poderes legislativos y judiciales locales que celebren convenio con el ISSSTE.

6.2. Regímenes de Afiliación (Art. 2°)

  • Régimen Obligatorio: Aplica a todos los trabajadores mencionados en el artículo 1°; no depende de la voluntad de incorporarse.
  • Régimen Voluntario: Aplica a otras personas que deseen acceder a los beneficios del ISSSTE mediante convenio o decisión propia (grupos que no son servidores públicos).

7. Órganos Jurisdiccionales y Autónomos

7.1. Órganos con Autonomía

  • Órganos Jurisdiccionales Autónomos: Aquellos que forman parte del Poder Judicial, pero están dotados de autonomía orgánica (capacidad de regular sus propias normas y ordenamientos).
  • Órganos con Autonomía Constitucional: Aquellos cuya independencia está garantizada por la propia Constitución y ejercen una función primordial del Estado. Tienen facultad para expedir normas que los rigen y no están subordinados (ejemplos: INE, Instituto Electoral del Estado de México, CNDH-CODHEM, UAEMéx).

8. Seguro Facultativo

Es un Seguro de Salud para estudiantes de instituciones públicas, con un esquema de aseguramiento médico que otorga el IMSS de forma gratuita, siempre y cuando se encuentren inscritos en estudios de nivel medio superior, superior y posgrado.

9. Tipos de Pensiones

  1. Cesantía por Edad Avanzada: Ahorro para el retiro y pensiones al cumplir la edad (60 años) y semanas cotizadas requeridas.
  2. Riesgo de Trabajo: Accidentes y enfermedades que ocurren en ejercicio del trabajo.
  3. Enfermedades y Maternidad: Enfermedades no profesionales.
  4. Invalidez y Vida: Incapacidad por enfermedad o accidente laboral o no laboral.
  5. Guarderías y Prestaciones Sociales: Servicio de guarderías para hijos de trabajadores.

10. Distinción entre Pensionado y Jubilado

  • Pensionado: Es quien tiene o cobra la pensión, es decir, una cantidad temporal o periódica que se entrega de por vida a ciertos derechohabientes, que cumplen con los requisitos de los diferentes sistemas de seguridad (Art. 123, Fracc. XXIX).
  • Jubilación: Se entiende como la acción de cumplir con un ciclo laboral establecido. El jubilado es la persona que deja de trabajar por su edad o por los años trabajados y recibe una pensión.

11. Incapacidades Laborales

11.1. Tipos de Incapacidades

  • Incapacidad Temporal: Es la pérdida de facultades o aptitudes que imposibilita parcial o totalmente a una persona para desempeñar su trabajo durante un tiempo.
  • Incapacidad Parcial: Es la disminución de las facultades o aptitudes de una persona para trabajar.

11.2. Determinación de la Incapacidad

Se determina a través de un dictamen (opinión) por escrito y emitido por la persona experta en la materia respecto al estado físico, mental, intelectual y/o sensorial.

11.3. Quién Determina la Incapacidad

  • La incapacidad permanente la determinan los servicios médicos institucionales.
  • Para la parcial o permanente, los servicios médicos ordenarán una revisión del estado de incapacidad.

11.4. Requisitos de Acreditación

Se debe acreditar:

  • Tener vigentes los derechos al momento de la invalidez o dentro del período de conservación de derechos.
  • Contar con el dictamen médico de invalidez.

12. Convenio de Portabilidad de Derechos

Son acuerdos que permiten a un trabajador unificar o sumar sus semanas cotizadas entre ambas instituciones federales (IMSS e ISSSTE) para mejorar su pensión y evitar la pérdida de las semanas cotizadas.

13. Régimen Obligatorio vs. Régimen Voluntario (IMSS)

El Régimen Obligatorio del IMSS incluye a trabajadores con relación laboral subordinada, mientras que el Régimen Voluntario es para quienes no tienen patrón (como independientes) o desean continuar asegurándose bajo ciertas modalidades. La principal diferencia radica en que la afiliación obligatoria surge de un contrato de trabajo, y la voluntaria es una decisión individual o colectiva para obtener los servicios del IMSS.

14. Junta de Asistencia Privada del Estado de México (JAPEM)

Es un organismo descentralizado, con personalidad jurídica, patrimonio propio y autonomía para ejercer funciones o prestar servicios, cuyo objetivo es el cuidado, fomento, desarrollo, vigilancia, asesoría y coordinación de las Instituciones de Asistencia Privada (IAP). Ejemplos: Cruz Roja, Granja del Niño, Fundación María Ana Mier, etc.

15. Aspectos Administrativos y Sujetos de Aseguramiento

15.1. Plazo para la Inscripción de Trabajadores

  • ISSSTE: Cuando se firma el contrato (inmediato/al momento).
  • ISSEMyM: En los 30 días para dar de alta.

15.2. Naturaleza del IMSS (Art. 5° Ley del IMSS)

Organismo público descentralizado, con patrimonio propio y responsabilidad jurídica. Su administración es tripartita y es un organismo fiscal autónomo (recauda y retiene cuotas).

15.3. Sujetos Laborales

  • Trabajador: Es la persona que tiene una relación subordinada.
  • Trabajador Permanente: Es aquel que labora por un tiempo indeterminado.
  • Trabajador Eventual: Es aquel que labora por un tiempo determinado.

15.4. Sujetos Obligados (Art. 12 Ley del IMSS)

  1. Personas que presten de forma permanente o eventual un servicio, remunerado, personal y subordinado (Trabajadores en general).
  2. Socios de sociedades cooperativas de producción.
  3. Personas trabajadoras en industrias.

15.5. Condiciones para la Conservación de Derechos ante el IMSS

Tener cierto número de semanas cotizadas, dependiendo de la última vez que se haya dado de baja del régimen obligatorio.

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