La Empresa y su Entorno
Empresa
Una empresa es un conjunto de bienes y personas que está destinada a producir bienes y servicios de forma organizada con el fin de obtener beneficios.
Funciones principales:
- Compras y aprovisionamiento
- Producción
- Marketing
- Administración y área de financiación
- Recursos Humanos
Entorno General
El entorno general es toda aquella parte del entorno, de forma variable, que afecta de manera indirecta a la empresa, sin tener una influencia determinante en su funcionamiento.
Factores del entorno general:
- Factores económicos
- Factores socioculturales
- Factores políticos y legales
- Factores internacionales
Entorno Específico
El entorno específico es el entorno directo de la empresa, que afecta de manera directa a la toma de decisiones en la empresa y sobre el cual esta tiene cierto control.
Elementos del entorno específico:
- Competencia
- Producto
- Proveedores
- Clientes
La Cultura Empresarial
La cultura empresarial son los elementos de la empresa que la relacionan con sus usuarios, conformando su imagen corporativa. Este proceso incluye:
- Diseño
- Implantación
- Incorporación de colaboradores externos
Estándares de Calidad y Responsabilidad
ISO
Las normas ISO son normas mundiales de estandarización comercial y comunicación. Se agrupan por familias.
EFQM
El modelo EFQM (European Foundation for Quality Management) es un modelo de calidad americano-japonés adaptado a la UE. Parte de un análisis de factores que influyen en la empresa, que se convierten en procesos de trabajo mejorados, y se evalúa el resultado de la mejora en diferentes campos.
Responsabilidad Social Corporativa (RSC)
La RSC es un sistema de devolución a la sociedad de los beneficios de las grandes corporaciones.
Campos de actuación:
- Medioambiente
- Tecnologías de la información
- Beneficios sociales
Aspectos más importantes:
- Imagen de empresa
- Promoción de la empresa
Una manifestación de la RSC es el balance social, que son las medidas de RSC planificadas.
Formas Jurídicas de la Empresa
Empresario Individual
Solo puede ser persona física mayor de edad (salvo por herencia o donación).
- Capital mínimo: No hay.
- Responsabilidad: Por deudas es ilimitada, con todo su patrimonio presente y futuro.
Formalidades:
- Darse de alta en la AEAT (Agencia Estatal de Administración Tributaria), previa firma electrónica.
- Alta en el censo de empresarios y en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE).
- Tesorería General de la Seguridad Social: sistema redistributivo de protección a los trabajadores y sus familiares frente a determinadas contingencias (sanitarias, económicas).
Otros trámites:
- Si se contratan trabajadores, hay que ir a la Inspección de Trabajo con el libro de visitas.
- Abrir un local requiere trámites con el ayuntamiento.
- Algunas actividades requieren un registro en la Consejería o federaciones.
Gestión del IRPF:
- Conlleva hacer pagos trimestrales.
- Ingresar trimestralmente las retenciones de IRPF.
- Liquidación del IVA.
- Declarar anualmente.
- Llevar un libro de ingresos, gastos y bienes de inversión.
Fundaciones
Son un patrimonio al que se le da personalidad jurídica para cumplir fines sociales, culturales o artísticos. Las gestionan patronatos y generan beneficios fiscales por su constitución.
Asociaciones
Las asociaciones sin ánimo de lucro se crean mediante un estatuto y el registro en el organismo correspondiente.
Sociedades Personalistas
En estas sociedades, prima la persona de los socios.
- La típica es la sociedad colectiva, donde los socios responden con su patrimonio si la sociedad no puede pagar las deudas.
- La forma mixta es la sociedad comanditaria, con socios colectivos y otros que responden con el dinero que aportan.
Sociedad Limitada (SL)
La denominación social debe ser disponible, no contra buenas costumbres o que dé lugar a confusiones.
- Socios: Mínimo 1 (junto al nombre, se indica ‘Sociedad Unipersonal’).
- Responsabilidad: Limitada al capital aportado por los socios.
- Capital mínimo: 3.000,00 €.
- Los participantes no pueden recibir el nombre de acciones.
Seguridad Social:
- Socios no trabajadores y no administradores: No alta en ningún régimen.
- Socios administradores y trabajadores (propietarios con ≥ 25% del capital): Régimen de Autónomos.
- Socios administradores y trabajadores (propietarios con < 25% del capital o sin control efectivo): Régimen General (asimilado).
- Socios no administradores que trabajan: Régimen General.
- Socios administradores que no trabajan: No alta en Seguridad Social (si no perciben remuneración por la administración).
Impuesto sobre Sociedades (IS):
- Impuesto directo que grava la renta de las personas jurídicas. No es progresivo.
Apoyo a emprendedores:
- Se les aplicará un 15% sobre la base imponible hasta 300.000 € y un 20% sobre la base imponible restante (no aplicable a todas las actividades).
Sociedad Anónima (SA)
Adecuada para empresas grandes.
- Socios: Mínimo 1.
- Capital mínimo: 60.000 €, desembolsado al menos en un 25%.
- Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
- El capital aportado se documenta en títulos llamados acciones, que representan una fracción del capital social en el momento de su emisión.
Tributación:
- Impuesto sobre Sociedades.
Seguridad Social:
- Igual que en la Sociedad Limitada (SL).
Representación:
- Junta General
- Consejo de Administración
- Las normas de representación otorgan poderes a los directivos.
Sociedades Laborales
- La mayoría del capital está en manos de socios trabajadores a tiempo completo.
- Número mínimo de socios: 3.
- Hay socios capitalistas y socios trabajadores.
- Los contratos pueden ser temporales (sin limitación) e indefinidos (limitados).
Sociedad Cooperativa
Sociedad formada por trabajadores que gestionan y realizan su actividad profesional en las condiciones determinadas por ley y estatutos.
Niveles:
- 1º grado: Mínimo 3 socios.
- 2º grado: Asociaciones cooperativas de 1º grado.
- 3º grado: Cooperación de cooperativas.
- Capital mínimo: No hay capital mínimo establecido por ley; se fija en los estatutos y varía según el número de socios.
- Responsabilidad: Limitada al capital aportado.
Tributación:
- Impuesto sobre Sociedades.
Miembros:
- Socios trabajadores
- Colaboradores
- Trabajadores no socios
Seguridad Social:
- Autónomos o asimilados al Régimen General.
Órganos:
- Asamblea General: Todos los socios, voto individual.
- Consejo Rector: Gobierno de la cooperativa, elegidos por la asamblea.
- Comisión de Control, de Recursos, Delegado Social.
Trámites:
- Escritura pública (notario)
- Estatutos
- Registro de sociedades
Comunidad de Bienes (CB)
No es una sociedad, sino una agrupación de varios autónomos. Se formaliza mediante un contrato privado que se sella en Hacienda. Se les aplica la normativa de autónomos.
Autónomos de Responsabilidad Limitada (Emprendedor de Responsabilidad Limitada – ERL)
El empresario autónomo que cumple ciertas condiciones puede eximir de responsabilidad su domicilio habitual.
Condiciones:
- Inscripción en el Registro Mercantil.
- Hacer constar su documentación.
- Valor de la vivienda (hasta 300.000 €).
- Las deudas con el Estado no se incluyen en esta limitación.