Responsabilidad Patrimonial de la Administración
Requisitos de la Responsabilidad Extracontractual
- Daño:
- Efectivo: No basta con expectativas o suposiciones.
- Evaluable económicamente.
- Individualizable: No puede ser sobre la colectividad.
- Antijurídico: El ciudadano no tiene el deber jurídico de soportarlo.
- Relación de Causalidad: El daño debe ser causado directamente por la Administración.
- Excepciones: Culpa de la víctima, de un tercero o por fuerza mayor.
- Ejemplo SÍ: Inundación por el mal mantenimiento del alcantarillado.
- Ejemplo NO: Inundación causada por lluvias torrenciales de fuerza mayor.
Criterios de Imputación
Técnica que permite decidir cuándo una lesión debe ser reparada y cuándo debe soportarse sin indemnización.
- Criterio Objetivo Estricto: Si el daño concurre, se indemniza automáticamente sin valoración.
- Ejemplos: Revocación de actos administrativos por razones de oportunidad. Limitaciones de derechos patrimoniales preexistentes. Vías de hecho. Prisión preventiva con absolución posterior.
- Criterio Objetivo Circunstancial: Se analiza si la Administración actuó correctamente o no.
- Funcionamiento de los servicios públicos: Analizar si actuó correctamente o por debajo de su nivel exigible.
- Riesgo inherente al servicio público, resultado lesivo, que no se encuentre socialmente admitido.
- Margen de tolerancia (actuación razonable).
- Ejemplo SÍ: Negligencia médica en un hospital público.
- Criterio Subjetivo (Culpa o Negligencia del Funcionario): Si un empleado público causa el daño, la Administración paga primero y luego puede exigirle el dinero. Se analiza la culpa o responsabilidad patrimonial del funcionario.
- Ejemplo: Si un agente causa un accidente por conducir de forma imprudente, la Administración indemniza y luego puede reclamar al agente.
Reparación del Daño
Tipos de Reparación
- In natura: Se devuelve el bien afectado o se restaura.
- Sustitutiva: Pago de indemnización en dinero.
Valoración del Daño
- Materiales: Basados en criterios fiscales y de mercado.
- Personales: Factores como edad, ingresos…
Momento de Indemnización y Retrasos (Art. 34 LRJSP)
- Se calcula desde el día en que ocurrió el daño.
- Si la Administración tarda más de 3 meses: intereses por demora.
Daños Continuados o Permanentes
- Permanentes: El perjuicio se produce en un solo momento y sus efectos perduran con el tiempo.
- Continuados: Se van agravando con el tiempo.
Expropiación Forzosa: Concepto y Características
Definición
Acto de ablación o sacrificio de derechos patrimoniales con compensación económica equivalente. No niega el derecho de propiedad, pero lo transforma en una indemnización.
Características
- Singular: Afecta a bienes o derechos concretos.
- Coactiva: Impuesta unilateralmente por la Administración.
- Real: Se aplica a bienes o derechos, no a personas.
- Formal: Debe seguir un procedimiento legal obligatorio.
Elementos de la Expropiación
Sujetos
- Expropiante: Ente público siempre (El Estado y las Administraciones territoriales).
- Expropiado: Personas físicas o jurídicas titulares de derechos o intereses sobre el bien objeto de expropiación (puede ser una Administración u otro sujeto). Si tiene por causa un interés social, puede ser un particular.
Causa o Fin
- Utilidad Pública: Necesaria para la Administración (carreteras, hospitales).
- Interés Social: Finalidad pública que justifica la expropiación (viviendas sociales).
Objeto
- Puede incluir bienes inmuebles (terrenos, edificios).
- Bienes muebles (si su expropiación es justificada).
Exclusiones
- Derechos de la personalidad: No se pueden expropiar.
- Bienes de dominio público: Desafectación previa.
Procedimiento Expropiatorio
- Necesidad de Ocupación: Determinar qué bienes se expropiarán. Se publica para permitir alegaciones; solo pueden incluirse bienes necesarios.
- Determinación del Justiprecio:
- Vía Amistosa: Convenio entre Administración y expropiado.
- Vía Forzosa: Lo fija el Jurado de Expropiación si no hay acuerdo (Jurado Provincial de Expropiación, que no es un órgano jurisdiccional).
- Pago y Ocupación: La indemnización debe pagarse en dinero o compensación en especie. Toma de posesión formal mediante acta de ocupación.
Garantías del Expropiado
- Intereses de Demora: Si el pago del justiprecio tarda más de 6 meses, se devengan intereses legales. En expropiación urgente, los intereses corren desde la ocupación del bien.
- Retasación: Si pasan 4 años sin pagar, se recalculará el valor del bien. La nueva valoración no puede ser menor a la inicial.
- Derecho de Reversión: Si el bien no se usa para el fin expropiatorio, el expropiado puede recuperarlo.
- Casos en los que se aplica:
- Cuando no se ejecute la obra o servicio.
- Sobra parte de los bienes expropiados.
- Desaparezca la finalidad de expropiación.
- Casos en los que no se aplica:
- El bien se reasigna a otro fin público.
- Han pasado 10 años desde la finalización de la obra o servicio.
- Casos en los que se aplica:
- Indemnización por Daños y Perjuicios: Si la expropiación es anulada o se actúa sin seguir el procedimiento, el expropiado puede reclamar la compensación.
Expropiación Urgente
Proceso acelerado: Se ocupa un bien antes de fijar el justiprecio. Se paga un depósito previo como garantía.
Dos fases: Fijación del justiprecio y ocupación inmediata del bien.
Ámbito de Aplicación de la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP)
Ámbito Subjetivo
Tradicionalmente, solo la Administración Pública (AP) como norma general. Problema: se creaban entidades privadas para evitar la ley. Solución: la LCSP clasifica a sus sujetos en 4 grupos.
- Administración Pública (AP): Gobierno, Ayuntamientos, CCAA.
- Poderes Adjudicadores: Entidades controladas o financiadas por la Administración.
- Sector Público: Empresas públicas o fundaciones públicas.
- Entidades privadas con fundación pública: Aplicación parcial de la LCSP.
Criterios para definir un Poder Adjudicador:
- Si recibe la mayoría de financiación pública.
- Si la Administración controla su gestión.
- Si la Administración nombra a más de la mitad de su dirección.
Ámbito Objetivo
Requisitos:
- Contrato Oneroso: Debe haber una contraprestación económica.
Exclusiones (contratos no sujetos a la LCSP):
- Relación laboral con empleados públicos.
- Relación con los usuarios de servicios públicos.
- Negocios inter-Estado con otros países.
- Negocios patrimoniales.
Contratos Administrativos Típicos
Clases de Contratos del Sector Público
Según su Objeto:
- Contrato de Obras: Construcción de infraestructuras públicas.
- Contratos de Concesión de Obras Públicas: Un privado financia una obra y la explota (por ejemplo, una autopista y cobra el peaje).
- Contrato de Concesión de Servicios: Un privado gestiona un servicio público (por ejemplo, recogida de basura).
- Contrato de Suministro: Compra de bienes (como material informático).
- Contrato de Servicios: Prestación de actividades para la Administración (como limpieza).
Según la Entidad Contratante:
- Contratos Administrativos: Sujetos a la Administración y estrictamente a la LCSP.
- Contratos Privados: La Administración actúa como particular.
Procedimiento de Contratación
Objetivos
- Seleccionar la mejor oferta para el interés público.
- Evitar favoritismo y corrupción.
- Garantizar transparencia y competencia.
Fases del Procedimiento
- Preparación: Definición del objeto del contrato y fijación del presupuesto y plazo.
- Adjudicación: Selección del contratista. Se pueden usar diferentes tipos de procedimiento:
- Abierto: Todas las empresas interesadas.
- Restringido: Solo empresas invitadas.
- Negociado: Condiciones con ciertos licitadores.
- Formalización del Contrato: Obligatorio para contratos de más de 40.000 € en servicios y 10.000 € en obras.
- Ejecución y Control: La Administración puede modificar el contrato si hay razones de interés público. Se establecen penalizaciones por incumplimiento.
Principios de Contratación Pública
- Libertad de Acceso: Cualquier empresa puede participar en licitaciones.
- Transparencia: Se publican los contratos en plataformas oficiales.
- No Discriminación: Se prohíben condiciones que favorecen a ciertas empresas.
- Eficiencia: Se busca la mejor relación calidad-precio.
- Indemnizaciones: Si la Administración rompe el contrato sin justificación, el contratista puede exigir compensación.
Derechos y Obligaciones del Contratista
Derechos
- Cobro de la prestación acordada en el contrato.
- Modificación del contrato si hay cambios legales que afectan al contrato.
Obligaciones
- Cumplir con los plazos acordados.
- Garantizar el servicio incluso en imprevistos.
- Asumir penalizaciones si hay retrasos o incumplimientos.
Procedimiento de Contratación
Objetivos
- Seleccionar la mejor oferta para el interés público.
- Evitar favoritismo y corrupción.
- Garantizar transparencia y competencia.
Fases del Procedimiento
- Preparación: Definición del objeto del contrato, fijación del presupuesto y plazo.
- Adjudicación: Selección del contratista. Se pueden usar diferentes tipos de procedimiento:
- Abierto: Todas las empresas interesadas.
- Restringido: Solo empresas invitadas.
- Negociado: Condiciones con ciertos licitadores.
- Formalización del Contrato: Obligatoria para contratos de más de 40.000 €.