El Decreto de 1814: Fernando VII y la Restauración del Absolutismo en España


Clasificación y Contexto Histórico del Decreto de 4 de Mayo de 1814

Naturaleza del Documento

Se trata de un texto de naturaleza histórico-jurídica por su forma, ya que es un Decreto firmado por Fernando VII, rey de España entre 1814 y 1833. Según su contenido, es de carácter político y jurídico. Es un documento público, por lo que su destinatario es colectivo y su ámbito geográfico es el reino de España. Se considera una fuente primaria.

El Sexenio Absolutista (1814-1820)

El presente texto se enmarca en el Sexenio Absolutista de Fernando VII (1814-1820). Durante este período se restablece el absolutismo después de la derrota napoleónica y la firma del Tratado de Valençay, que reconoce a Fernando como rey de España. De acuerdo con este contexto y con el contenido del texto, Fernando VII convertirá en realidad sus deseos absolutistas, gracias al viento favorable internacional. En el Congreso de Viena (1814-1815), se establece el llamado sistema Metternich, conocido como la Restauración (1815-1848), que significaba restablecer el Antiguo Régimen y, por lo tanto, el absolutismo, la sociedad estamental y a los reyes legítimos que habían “sufrido” la afección napoleónica. Como dice el texto, se trataba de barrer todo lo que significase revolución o Napoleón de Europa, “Como si no hubieran pasado jamás tales actos”. Este período se caracteriza por el exilio de miles de antiabsolutistas, la represión y exilio de los liberales gaditanos, los intentos de reforma hacendística de Martín de Garay y los diferentes pronunciamientos de militares liberales, hasta el triunfo del golpe de Riego en 1820.

El Trienio Liberal y la Década Ominosa

A este período inicial absolutista le seguirá el Trienio Liberal (1820-1823), en el que Fernando VII deberá aceptar y jurar la Constitución de Cádiz, dando paso a gobiernos liberales. Al mismo tiempo, en Europa también se reproducen revueltas de signo liberal o nacionalista en lugares como Nápoles, Portugal o Grecia. El Trienio, sin embargo, acaba fracasando, ya que su intento de establecer un sistema político y económico liberal no fructifica. La oposición absolutista, violenta y organizada en torno a la Regencia de Urgell; la hostilidad de las potencias absolutistas firmantes de la Santa Alianza; la desafección del Rey; y la inhibición de buena parte del pueblo llano, que no acaba de sintonizar con un liberalismo alejado de sus necesidades reales, contribuyeron a su caída. Grupos de clase media baja todavía veían en las normas gremiales un paraguas protector, y la población rural, mayoritariamente católica, era firme defensora de ciertos derechos del Antiguo Régimen, como el acceso a los comunales. La intervención casi incruenta de los Cien Mil Hijos de San Luis restablecerá el absolutismo fernandino en nombre de la Santa Alianza.

Se inicia así la Década Ominosa (1823-1833), caracterizada inicialmente por las medidas políticas de Calomarde: una feroz represión del liberalismo, la creación de la policía política, el Consejo de Ministros, juntas de depuración, etc. A partir de 1826, el régimen suaviza su política con figuras como Cea Bermúdez o con las reformas económicas de ministros como Luis López Ballesteros: creación del Banco de San Fernando, la Bolsa de Madrid, el Código de Comercio, los Presupuestos Generales del Estado, etc. Esto no evita la independencia definitiva de la mayoría de las colonias americanas, la aparición de un absolutismo ultrarrealista y ultracatólico, que acabará cristalizando en torno a la figura de Carlos María Isidro (origen del futuro carlismo), ni los diversos intentos liberales por recuperar el poder (General Torrijos), con algunos “mártires” como Mariana Pineda. Finalmente, el régimen finaliza en 1833 envuelto en una crisis dinástica por el nacimiento de Isabel en 1830 y la Pragmática Sanción, que derogaba la Ley Sálica para garantizar la sucesión de la “niña” Isabel al trono en detrimento de su tío Carlos.

Ideas Principales y Argumentos del Decreto

La idea principal del texto es la restauración del absolutismo. A esta se añaden otras ideas secundarias, como la referencia al pueblo como reclamante de dicha restauración y la declaración de ilegalidad de las Cortes de Cádiz. No se trata solo de restablecer a Fernando VII en sus derechos monárquicos, sino de resolver una lucha ideológica entre absolutismo y liberalismo que se había iniciado a finales del siglo XVIII, buscando restablecer las esencias del Antiguo Régimen.

En este texto, Fernando VII manifiesta su intención de derogar las leyes, la Constitución y toda la obra legislativa de las Cortes de Cádiz. Sostiene que así se lo reclama el pueblo y argumenta la ilegalidad de dichas Cortes y de su obra. Fernando VII se presenta como un “Rey padre amantísimo de sus vasallos” y rechaza convertirse en un rey parlamentario o constitucional. Considera que él es el depositario de la soberanía que la tradición y las leyes divinas le reconocían; es decir, se atribuye el derecho a regentar la Corona española con todos sus atributos absolutistas.

En uno de sus párrafos, el Rey afirma que el pueblo le reclama como Rey absoluto. Se está refiriendo al Manifiesto de los Persas, que efectivamente reclamaba la restauración absolutista, pero también al sentir de una parte del pueblo llano que, por su catolicismo o por su rechazo a algunas medidas económicas del liberalismo (desamortización, nuevos impuestos, libre comercio y producción, posible desaparición de los comunales), añoraba la protección paternalista del Antiguo Régimen. Sin embargo, su principal argumento para restablecer el orden existente antes de 1808 se fundamenta en la supuesta ilegalidad de las Cortes de Cádiz y su legislación.

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