El Juicio: Definición y Elementos Fundamentales
El Juicio: Es el elemento general del pensamiento que se constituye de conceptos en el que uno afirma o niega del otro.
- Concepto-Sujeto: Concepto del que se afirma o niega algo.
- Concepto-Predicado: Concepto que se atribuye o niega al sujeto.
- Concepto-Cópula: Concepto que determina la relación de conveniencia o no conveniencia entre sujeto y predicado.
Tipos de Juicios
- Simples: Contienen la relación de los elementos: concepto sujeto, concepto cópula y concepto predicado.
- Compuestos: Contienen la relación de juicios simples por medio de conjunciones.
División del Juicio
- Por su Cantidad: En relación al concepto sujeto.
- Por su Cualidad: En relación al concepto predicado.
- Por sus Relaciones: Mediante el uso de juicios compuestos.
- Por su Modalidad: En relación al grado de certeza.
Clasificación Detallada de los Juicios
Por su Cantidad
- Universales: Tienen por concepto-sujeto un concepto universal.
- Particulares: Tienen por concepto-sujeto un concepto particular.
- Singulares: Tienen por concepto-sujeto un concepto singular.
Por su Cualidad
- Afirmativos: En los que el concepto predicado se dice o atribuye al concepto sujeto mediante el concepto cópula “es”.
- Negativos: En los que el concepto predicado se niega o no se predica al concepto sujeto mediante el concepto cópula “no es”.
Por sus Relaciones
- Categóricos: El concepto predicado se atribuye o excluye del concepto sujeto mediante el concepto cópula “es” o “no es”, siendo la afirmación o negación absoluta.
- Hipotéticos: Juicios compuestos en los que uno está unido o vinculado a otro por la conjunción condicional “si… entonces…”.
- Disyuntivos: Juicios compuestos en los que un juicio se relaciona con otro equivalente mediante la conjunción disyuntiva “o”.
Por su Modalidad
- Apodícticos: En donde el concepto predicado necesariamente se separa o atribuye al concepto sujeto por naturaleza; representan una certeza potenciada.
- Asertóricos: El concepto predicado efectivamente se predica o excluye del sujeto; representan una certeza plena.
- Problemáticos: El concepto predicado posiblemente conviene o no al concepto sujeto; representan una certeza atenuada.
División del Juicio Jurídico
Por su Cantidad
- Genéricos: Son aquellos en los que, en la disposición jurídica, el concepto que alude al sujeto de derecho titular es universal.
- Individualizados: Son aquellos en los que el concepto representativo del sujeto titular es singular.
Por su Cualidad
- Permisivos / Positivos: Permiten una determinada forma de conducta, acción u omisión.
- Prohibitivos / Negativos: Prohíben cierto comportamiento, acción u omisión.
Por su Relación
- Categóricos: La ejecución del acto coercitivo no está supeditada a condición alguna.
- Hipotéticos: Sus partes (supuesto y disposición jurídica) están relacionados por la conjunción «si… entonces».
- Disyuntivos: La hipótesis y/o disposición jurídica pueden integrarse por juicios relacionados por la conjunción «o».
- Conjuntivos: La hipótesis y/o disposición jurídica pueden integrarse por juicios relacionados por la conjunción «y».
Por su Modalidad (Grado de Certeza)
- Apodíctico: La realización del supuesto jurídico implica que el sujeto de derecho “necesariamente” tiene la facultad o deber de observar determinada conducta prevista.
- Asertórico: Declara la existencia efectiva del derecho conferido o de la obligación impuesta por la realización de la hipótesis.
- Problemático: Expresa la posibilidad del ejercicio del derecho conferido o del cumplimiento del deber impuesto por la realización del supuesto jurídico.
Factores del Pensamiento
Son referentes fundamentales que permiten la validez y consistencia de los enunciados:
- Factor Antropológico (El sujeto pensante): Estudia al ser humano como individuo o especie capaz de crear pensamientos.
- Factor Psicológico (El pensamiento pensado): Actividad psíquica del ser humano que pertenece a su mundo interior; permite ordenar dentro de la mente lo pensado antes de darlo a conocer.
- Factor Ontológico (Materia del pensamiento): Estudia el tema en relación con la ciencia que ha proporcionado la información incorporada en la mente.
- Factor Gramatical (Pensamiento expresado): El ser humano usa el contenido de su conciencia para expresarlo a través del lenguaje.
- Factor Lógico (Objeto formal del pensamiento): Determina si se trata de conceptos, juicios o razonamientos que afirmen o nieguen un hecho.
Principios Lógicos Supremos
- Principio de Identidad (A es A): Cada cosa u objeto presenta una sola y única esencia que permite distinguirlo aun después del cambio.
- Principio de No Contradicción: Una norma no puede permitir y prohibir al mismo tiempo y en el mismo sentido; es imposible que A sea A y A no sea A.
- Principio de Tercero Excluido: No puede haber dos enunciados contradictorios válidos al mismo tiempo; no existe una tercera opción.
- Principio de Razón Suficiente: Nada es casual; todo tiene una razón necesaria de ser.
Funciones del Lenguaje Jurídico
- Función Descriptiva: Da a conocer la realidad, es decir, los hechos ocurridos o los que se proyectan hacia el futuro.
- Función Prescriptiva: Expresa una orden, mandato o motivación con la finalidad de dirigir al receptor hacia determinada conducta.
- Función Expresiva: Da a conocer emociones o sentimientos.
- Multiplicidad de Funciones: Cuando las funciones no se presentan por separado, sino en combinaciones.
El Razonamiento
Es el elemento general del pensamiento conformado por juicios, de los cuales uno es inferido de otros que le sirven de fundamento por su relación. (Nota: No es el acto de razonar ni es un argumento en sí mismo).
Tipos de Razonamientos
- Deductivo: De una verdad universal se infiere una particular o singular.
- Inductivo: De lo concreto o singular se abstrae lo que es común, formando un conocimiento universal o general.
El Silogismo
Es la enunciación o expresión del razonamiento de tipo deductivo, conformado de varias proposiciones, de las cuales una es inferida de las otras que le sirven de fundamento.
Clases de Silogismo
- Categórico: Conformado por 3 proposiciones que representan juicios de tipo categórico. Las primeras 2 se llaman premisas (donde se encuentra la explicación) y la última se llama conclusión.
- Hipotético: Tiene por premisa mayor una proposición que representa un juicio de tipo hipotético mediante la cópula “si… entonces”. La primera proposición se llama Antecedente, Condición o Prótasis; la segunda se llama Consiguiente, Condicionado o Apódosis.
- Disyuntivo: Tiene por premisa mayor una proposición que significa un juicio de tipo disyuntivo, y la premisa menor representa una proposición que afirma una de las alternativas o niega todas menos una.
- Entinema: Se conforma de 2 proposiciones, donde la primera es una premisa (mayor o menor) y la segunda una conclusión. La relación es implícita.
- Epiquerema: Se integra de 3 proposiciones (juicios categóricos): 2 premisas y 1 conclusión, donde una de las dos premisas debe estar explicada o razonada.
- Dilema: Se integra de 4 proposiciones. La primera es disyuntiva; la segunda y tercera son hipotéticas (cuyo antecedente es cada alternativa del juicio disyuntivo); y la cuarta es la conclusión.
Diferencias y Estructuras Clave
Juicio vs. Pensar
- Pensar: Es el proceso psicológico de unir o separar ideas en la mente.
- Juicio: Es puramente el resultado de ese pensamiento.
Estructura del Juicio Simple
- Concepto Sujeto: De quién se habla (ej. «La ley»).
- Cópula: El verbo que une o separa (ej. «es»).
- Predicado: Lo que se dice del sujeto (ej. «justa»).
Ejemplos de Juicio Jurídico
- Genéricos: «Todos los ciudadanos guatemaltecos mayores de edad tienen derecho a emitir su voto.»
- Individualizados: El sujeto titular es singular o específico.
- Apodícticos: «Todo patrono tiene la obligación necesaria de pagar el salario mínimo.»
- Asertóricos: «Como ya son las 8:00 de la mañana, la tienda efectivamente ya está abierta.»
- Problemáticos: «Posiblemente llueva hoy porque el cielo está muy nublado.»
Razonamiento vs. Argumento
- Razonamiento: Proceso interno e intangible del pensamiento.
- Argumento: Expresión externa (hablada o escrita) de ese razonamiento.
El Cuadro de Oposición de los Juicios
Se utilizan letras para identificar los tipos de juicios:
- Letra A: Universal Afirmativo (Ej: Todos los procesados…)
- Letra E: Universal Negativo (Ej: Ningún procesado…)
- Letra I: Particular Afirmativo (Ej: Algunos procesados…)
- Letra O: Particular Negativo (Ej: Algunos procesados no…)
Reglas de Oposición
- Contradictorios (A con O / E con I): Se cambia cantidad y cualidad por completo (cruce diagonal). Si uno es verdadero, el otro es falso obligatoriamente.
- Contrarios (A con E): Solo entre universales. No pueden ser ambos verdaderos, pero sí ambos falsos.
- Subcontrarios (I con O): Solo entre particulares. Nota: Si se pide el subcontrario de un juicio universal (A o E), la respuesta es que no tiene.
- Subalternos (A con I / E con O): Relación vertical. Mantienen cualidad pero cambia la cantidad.
Guía Rápida de Conversión
- Si te dan A (Todos…):
- Contrario: E (Ningún…)
- Contradictorio: O (Algunos no…)
- Subalterno: I (Algunos…)
- Si te dan E (Ningún…):
- Contrario: A (Todos…)
- Contradictorio: I (Algunos…)
- Subalterno: O (Algunos no…)
- Si te dan I (Algunos…):
- Subcontrario: O (Algunos no…)
- Contradictorio: E (Ningún…)
- Subalterno: A (Todos…)
- Si te dan O (Algunos no…):
- Subcontrario: I (Algunos…)
- Contradictorio: A (Todos…)
- Subalterno: E (Ningún…)
