Fundamentos del Derecho Constitucional: Sistemas de Gobierno y Poderes del Estado


La Separación de Poderes y la Distinción de las Funciones del Estado

Separación Rígida de Poderes

Implica la existencia de tres instituciones constitucionales: el Parlamento (formado por las cámaras), el Jefe del Estado con su Gobierno y el Poder Judicial integrado por jueces y tribunales. Además, exige el principio de independencia entre los poderes, es decir, cada poder actúa sin la intervención de los otros y, a su vez, cada uno de los titulares solo puede formar parte de uno de los poderes.

Separación Flexible de Poderes

Supone que, para evitar la confusión de poderes, debe existir una colaboración y equilibrio entre los poderes y órganos diferenciados que se controlan recíprocamente. Es importante notar que ni la finalidad de Locke ni la de Montesquieu implicaba establecer una separación absoluta de poderes, sino solo una división del ejercicio del poder con el fin de evitar su concentración en unas mismas manos.

El Sistema Presidencialista

Es aquel sistema donde el Presidente (elegido por el pueblo) es a la vez Jefe del Estado y Jefe del Ejecutivo. Sus características principales son:

  • Tiene la competencia de nombrar y cesar a sus ministros, sin que estos formen un órgano colegiado de gobierno.
  • Existe una clara independencia entre el Presidente y las cámaras, sin que se interfieran entre ellos.
  • Las cámaras no pueden cesar al Presidente o a sus ministros, ni el Presidente puede disolverlas.
  • Ambos poseen idéntica legitimidad democrática, puesto que son elegidos por el cuerpo electoral (p. ej., los EE. UU.).

El Sistema Parlamentario

El sistema parlamentario está basado en la colaboración de poderes que ha evolucionado históricamente:

  1. Desde la monarquía limitada.
  2. Hasta el parlamentarismo dualista.
  3. El parlamentarismo monista.
  4. El parlamentarismo mayoritario de los sistemas de gabinete y de primer ministro (p. ej., España).

Las características generales del sistema parlamentario son:

  • La Jefatura del Estado se configura como una institución diferenciada del Gobierno. El Poder Ejecutivo se divide en el Gobierno y el Jefe del Estado, quien en muchos casos solo ocupa una función representativa.
  • Las Cámaras son elegidas directamente por el pueblo.
  • El Gobierno precisa de la confianza parlamentaria para poder gobernar y, a su vez, es responsable ante el Parlamento, puesto que debe contar con la confianza de la mayoría.

El Estado y la Constitución: Poderes y Proceso Constituyente

Poder Constituyente

El Poder Constituyente es una manifestación del poder soberano, originario, creador y supremo. Sin embargo, no se trata de un fenómeno inmutable, ya que la Constitución es reformable de acuerdo con las propias formas previstas en el pacto constituyente originario.

Poder Constituido

Es aquel poder ejercido de acuerdo con las formas previstas en la Constitución establecida en su momento por el Poder Constituyente, es decir, supone el ejercicio ordinario del poder.

El Proceso Constituyente

Habitualmente, la creación de un nuevo Estado democrático lleva consigo la elaboración de una nueva Constitución, sea por:

  • La independencia de otros estados (p. ej., las ex colonias).
  • La desintegración de un estado (p. ej., las ex repúblicas soviéticas).
  • Una revolución (p. ej., la Revolución Francesa).
  • El cambio del régimen político (p. ej., en España después del franquismo).

El proceso más frecuente después de la ruptura de un sistema anterior consiste en los siguientes pasos:

  1. Abolición de las instituciones políticas anteriores.
  2. Formación de un Gobierno provisional.
  3. Elección de una Asamblea Constituyente que elabore una Constitución.
  4. Aprobación de la Constitución por las Cortes. (Nota: En algunas ocasiones, el texto es elaborado por una comisión de expertos no elegida democráticamente. En este caso, debe ser sometida a referéndum popular).
  5. Los sistemas resultantes son las Repúblicas democráticas o las Monarquías parlamentarias.

Concepto y Naturaleza de la Constitución

La Constitución se define como la norma suprema que contiene las reglas básicas del funcionamiento del Estado y de las relaciones entre este y sus ciudadanos. Regula los procesos políticos, el funcionamiento de las instituciones y determina la naturaleza general del Estado. Se distinguen varios conceptos:

  • Concepto Material: Regula los procesos políticos, el funcionamiento de las instituciones y determina la naturaleza general del Estado.
  • Concepto Decisionista: Se define como la decisión política fundamental del Poder Constituyente.
  • Concepto Garantista: Garantiza un conjunto de libertades y derechos elementales a los ciudadanos y la división de poderes.
  • Concepto Jurídico: Se entiende como un documento jurídico escrito que recoge las normas más importantes sobre la organización del Estado y que describe un conjunto de normas dotadas de supremacía formal sobre el resto del ordenamiento jurídico.

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