Guía Práctica: Pasos Clave para la Creación de tu Empresa


Pasos Esenciales para la Constitución de una Sociedad

A continuación, se detallan los trámites fundamentales para la constitución de una sociedad:

  • Obtener la certificación negativa de denominación.
  • Redactar y aprobar los estatutos de la sociedad.
  • Obtener el certificado bancario del ingreso del capital social.
  • Redactar y elevar a pública la escritura de constitución de la sociedad.
  • Solicitar el NIF provisional.
  • Liquidar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD).
  • Inscribir la escritura de constitución en el Registro Mercantil.

ITPAJD en la Constitución de una Sociedad

¿Es obligatoria la liquidación del ITPAJD al constituirse una sociedad? ¿En qué concepto? Sí, por el gravamen a las operaciones societarias en concepto del traspaso de capital desde el patrimonio de los socios al de la empresa. Es obligatoria la liquidación, pero generalmente no implica pago.

Trámites Fiscales Clave

Trámites fiscales: Obtención del NIF definitivo, alta en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), declaración censual, alta en el IBI.

Estatutos de una Sociedad: La Base Legal

¿Qué son los estatutos de una sociedad? Conjunto de normas de organización de la sociedad que rigen su funcionamiento. Una vez formulados, deben ser aprobados por todos los socios.

¿Qué deben incluir? Denominación social, objeto social, domicilio social, duración de la sociedad, fecha de inicio de operaciones, capital social, acciones o participaciones, órganos de gobierno y su estructura, retribución y adopción de acuerdos.

Certificación Negativa de Denominación

¿Dónde se obtiene la certificación negativa de nombre? Las sociedades mercantiles en el Registro Mercantil Central y las cooperativas en el Registro de Sociedades Cooperativas.

Obligaciones Laborales de la Empresa

  • Los empresarios individuales, comunidades de bienes y sociedades civiles deben darse de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA).
  • Inscribir a la empresa en la Seguridad Social (SS) para poder contratar trabajadores.
  • Dar de alta a los trabajadores por cuenta ajena en el Régimen General de la SS.
  • Comunicar la apertura del centro de trabajo.
  • Elegir y formalizar el contrato de trabajo especificando categoría profesional, jornada de trabajo, salario, descansos, vacaciones, etc.
  • Comunicar la formalización del contrato al Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE).
  • Pagar el salario y formalizar la nómina a los trabajadores.
  • Cumplir la legislación laboral vigente: Estatuto de los Trabajadores, Convenio Colectivo del sector, normativa de régimen interno y normativa en materia de Prevención de Riesgos Laborales.
  • Comunicar las variaciones y bajas de los trabajadores a la SS.
  • Comunicar los partes de accidentes de trabajo, con o sin baja médica, a través del sistema DELTA.
  • Tramitar las bajas de incapacidad temporal de los trabajadores, prestaciones de maternidad y/o paternidad, riesgos durante el embarazo, etc.
  • Cotizar mensualmente a la SS por cada trabajador contratado.

Personalidad Jurídica de la Sociedad

¿Cuándo adquiere la personalidad jurídica una sociedad? Cuando se inscribe la escritura pública de constitución en el Registro Mercantil.

Obtención del CIF de la Sociedad

Procedimientos para obtener el CIF de la sociedad: Primero se solicita el NIF provisional, lo realizan los socios en impreso oficial 036 o a petición de los interesados. El notario que otorga la escritura de constitución lo puede pedir telemáticamente el mismo día del otorgamiento. El formulario debe ir firmado por todos los socios. Se presenta en la Administración o Delegación de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT) correspondiente al domicilio fiscal de la sociedad una vez otorgada la escritura de constitución. En diez días de presentar la solicitud se otorga el NIF provisional, válido para que la empresa empiece a funcionar. Su obtención es imprescindible para presentar la liquidación del ITPAJD, necesario para poder inscribir la sociedad en el Registro Mercantil.

Una vez inscrita la sociedad, hay que presentar ante la AEAT la solicitud del NIF definitivo, realizándola en el plazo de un mes desde la inscripción de la sociedad en el Registro Mercantil.

Trámites Municipales

  • Licencia de Apertura del centro de trabajo: acredita que el centro de trabajo cumple todas las normas previstas en los planes de urbanismo. Es necesario obtenerla al abrir un nuevo centro de trabajo o al reanudar la actividad después de efectuar en él modificaciones, ampliaciones o transformaciones importantes. Pueden ser: licencia de apertura para actividades inocuas o calificadas.
  • Licencia de obra: se obtiene cuando se vayan a realizar obras en un local, nave o establecimiento. Pueden ser de dos tipos: para obras menores (no afectan a la estructura, distribución ni aspecto exterior), para obras mayores.
  • Licencia de Cambio de titularidad del negocio: puede cambiarse mediante un acto comunicado, si el negocio está en funcionamiento o lo ha estado en los seis meses anteriores. Hay que comunicarlo al ayuntamiento antes de que el nuevo titular empiece a realizar la actividad.
  • Licencia de cambio de actividad: es posible si la actividad está calificada como inocua mediante una comunicación oficial. Los trámites a seguir dependen de la normativa de cada ayuntamiento. Hay que realizarla antes de empezar a desarrollar la nueva actividad, y debe comenzar a los seis meses siguientes a la concesión del cambio.

Registros Importantes

  • Inscripción en el Régimen de la Propiedad Inmobiliaria: hay que acudir cuando se compra o transmite algún inmueble o si se crea una hipoteca sobre el mismo.
  • Inscripción en el Registro Industrial: cuando se abre un nuevo establecimiento; posteriormente, al ampliarlos o reducirlos, cuando se trasladan, cambian de titularidad o modifican sus datos registrales; y cuando cesan en su actividad, darse de baja en el Registro.
  • Inscripción en el Registro de Propiedad Industrial e Intelectual: sirve para identificar a una persona física o jurídica en el ejercicio de su actividad empresarial y la distingue de otras empresas que desarrollan actividades idénticas o similares.

PAE y CIRCE

PAE (Puntos de Atención al Emprendedor) y CIRCE (Centro de Información y Red de Creación de Empresas) son recursos valiosos para emprendedores.

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