El Estado conserva en sus instituciones el monopolio de la coacción física


3.- ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DEL ESTADO


La Teoría clásica del Estado ha venido sosteniendo que el Estado se constituye a partir de la conjunción de tres elementos: la nacíón (como elemento o base humana del mismo), el territorio (como base física) y el poder (con una serie de carácterísticas de las que la más importante es la soberanía). El Estado como agrupación humana establecida sobre un territorio determinado con poder soberano.

EL ELEMENTO HUMANO DEL ESTADO: EL PUEBLO O Nación

El pueblo, políticamente considerado, es concepto que sólo se explica en su relación con el poder, con la lucha por el poder o contra el poder y con las formas que éste adopta en su ejercicio. Así el pueblo es el agregado humano que, asentado en un territorio, tiene capacidad de decidir sobre su propia organización. El pueblo ha evolucionado desde su simple consideración como súbdito y, por tanto, como objeto de la política, hasta convertirse en el sujeto activo de la misma, capaz de constituir al propio Estado (el titular de poder constituyente).

EVOLUCIÓN HISTÓRICA

Políticamente entendida, la nacíón no puede surgir hasta que se fragmente el orden político medieval en una pluralidad de grupos particulares unificados en torno al poder de sus respectivos monarcas. El Renacimiento y la Reforma, suponen dos elementos aceleradores en tal proceso de unificación; el primero, porque supone la ruptura definitiva de los propósitos imperialistas del Papado y del Imperio; y el segundo la ruptura del universalismo católico. La revolución francesa acabará consagrando la idea y la realidad nacional; es el pueblo o la nacíón quien la lleva a cabo frente a los estamentos del Antiguo Régimen. La Revolución va a contribuir también a asentar el sentimiento nacional con motivaciones espirituales (la bandera nacional, el himno nacional, …). Pero la Revolución influye también de otro modo en la consolidación del sentimiento nacional, porque las guerras emprendidas por ella y por Napoleón extienden el sentimiento nacional al resto de Europa. Otro paso, en el s. XIX, Mancini señala que los pueblos (por tener una comunidad de origen, de costumbres, lengua, religión, etc., y además conciencia de esa unidad) constituyen una nacíón y tienen el derecho de constituirse en estados independientes. La teoría tenía una influencia política bien concreta: lograr la unificación italiana. Al terminar la I Guerra Mundial este principio hallaría su reformulación a través del derecho de autodeterminación de los pueblos. Se ha intentado, erróneamente, explicar la esencia de la Nacíón en torno a un solo elemento: – Según la teoría de la raza, la unidad nacional descansa sobre una etnia definida por la identidad de sus caracteres físicos. – Según la teoría de la religión la unidad nacional descansa en la unidad de las creencias religiosas. – Según la teoría de la lengua, en cuya virtud se entendíó que la Nacíón se integra por el conjunto de gentes que hablan un mismo idioma. La lengua es un importante elemento de integración, pero ello no es suficiente para sostener esta teoría. Todas ellas adolecen del mismo defecto: querer construir la idea de Nacíón en torno a uno solo de sus elementos, cuando, en realidad, la Nacíón no es sino la síntesis de una serie de ellos, objetivos unos, subjetivos otros. Para Lucas Verdú, la Nacíón es “la comunidad que, arrancando de un pasado histórico y mediante la síntesis de diversos elementos, importantes pero no exclusivos, intenta, lográndolo a veces, constituirse en Estado”. Términos hasta aquí utilizados, pueblo y nacíón, son hoy sinónimos y así lo utiliza nuestra Constitución vigente (art. 1.2). 

EL TERRITORIO O ELEMENTO FÍSICO DEL ESTADO

El territorio comprende, además de las porciones de terreno –suelo-, el mar territorial, el subsuelo, el espacio aéreo, las sedes diplomáticas del Estado y las naves y aeronaves que navegan bajo su bandera. El territorio queda delimitado por las fronteras que sirven de límite al ámbito de ejercicio del poder estatal. Teorías: – El territorio no es sino el objeto del Estado: éste tendría un derecho real de propiedad sobre el territorio. El mismo carácter constitutivo que estamos dando al territorio respecto del estado, impide sostener la validez de esta teoría. – El Estado ejerce, indirectamente un dominio sobre el territorio, a través del elementos humano (un imperium). No cabe hablar de imperium porque éste sólo se ejerce de hombre a hombre. – El territorio es una parte integrante de la personalidad del Estado. – El territorio como ámbito espacial de la validez del orden jurídico estatal. “La relación del Estado con su territorio no es una relación jurídica real ni personal. El territorio no es otra cosa que el espacio de la validez, el ámbito espacial de la vigencia del orden jurídico” (Kelsen). Por tanto el territorio es: – El marco de competencia que determina la esfera de autonomía en el ámbito internacional. – El medio de la acción del estado o soporte material de su autoridad. Quien tiene el suelo tiene el habitante.

EL PODER DEL ESTADO

Precisiones terminológicas La comprensión del poder es esencial para entender lo que sea el Estado. Se trata de precisar qué se entiende por poder, por poder político del Estado. Auctoritas, poder e influencia. Son tres vías o modos de operar sobre la conducta de los demás. Por poder entendemos la posibilidad directa o indirecta de influir sobre los demás sin consideración a su voluntad; sustituir la voluntad ajena por la propia, determinando la conducta del otro mediante el recurso a los medios coactivos. La influencia es la posibilidad de orientar la conducta ajena, utilizando elementos o medios de carácter afectivo u otros factores de relación social del influyente con el influenciado. No se utiliza la coacción. La auctoritas. Si el poder determina la conducta ajena y la influencia la orienta, la auctoritas la condiciona. La auctoritas está más cerca de la influencia que del poder, puesto que inclina a los que reciben su afecto a seguir a una conducta pero sin imponerla.La última aspiración de quien tiene el poder es llegar a tener auctoritas. En ocasiones ambos coinciden. La tendencia del Poder hacia su propia legitimidad Cuando el poder no se halla establecido más que por la fuerza, se trata tan solo de un poder de hecho. Sólo cuando se ejerce logrando el consenso y el convencimiento de los gobernados estamos ante un poder de derecho. Todo poder político aspira a lograr su conversión en poder de derecho. La evolución gira en torno a lograr un poder cada vez más institucionalizado, más racional, y, en definitiva, más democrático.

FORMAS HISTÓRICAS DEL PODER

 

El poder difuso


También llamado anónimo. Se impone a todos los miembros del grupo sin necesidad de ser ejercido por ninguno de ellos. Se da en sociedades primitivas en las que la observancia de las normas de conducta no se lleva a cabo por efecto de la coacción ajena, ni se sanciona la infracción de las mismas de otro modo que con la simple reprobación colectiva.

El poder individualizado

La resolución de los conflictos sociales y la necesidad de organizar mínimamente ese tipo de comunidad, hace surgir la exigencia de un poder más fuerte que suele personalizarse en el individuo que encarna los valores sociales imperantes en cada momento histórico y en cada comunidad. Un poder de hecho que no ha logrado aún el grado de institucionalización necesario para desprenderse de los elementos morales, religiosos y económicos que le suelen acompañar.

El poder institucionalizado

Cuando el poder se halla institucionalizado y objetivado en Estado, el traspaso de titularidad no comporta trauma alguno. Lo que caracteriza al poder institucionalizado es la sujeción al Derecho. Se logra la objetivación del poder político. Es aspiración de todo poder legitimarse progresivamente.

LA LEGITIMIDAD Y SUS CLASES

Max Weber distingue: –
La legitimidad tradicional que descansa en la herencia histórica, en la santidad de lo que ha regido desde tiempo atrás.

La legitimidad carismática, cuando los gobernados se entregan al líder o a la persona que posee carisma (la ejemplaridad, las condiciones extraordinarias,…). Aparece en tiempos de crisis. –
La legitimidad racional o democrática, propia de las democracias, que coincide con un nivel avanzado de desarrollo en la sociedad. La justificación del poder se basa en la idea de que la norma que rige el ejercicio del poder del Estado se ajusta a las necesidades de la sociedad y, sobre todo, es expresión de la misma voluntad social. La designación de quienes ejercen el poder se lleva a cabo por métodos democráticos. En los últimos tiempos, las actuales democracias han generado un cuarto tipo de legitimidad: la legitimidad de la eficacia. El poder se obedece porque es eficaz, logra los resultados apetecidos de progreso y de modernidad.

TEORÍAS JUSTIFICADORAS DEL PODER

El origen del Poder  (perspectiva filosófica). Dos categorías: la que defiende el origen divino del poder y la que cree hallarlo en la propia comunidad. La primera halla su apoyo en los propios textos de la Biblia y en los escritores católicos. Es la vía por la que Dios deposita el poder en el monarca.

Dos corrientes: – La minoritaria

Dios deposita directamente el poder en el monarca.

– La mayoritaria

Para Suárez el poder de los gobernantes tiene su origen en Dios sólo de una manera mediata o indirecta, porque Dios lo deposita en el pueblo y no en el Rey. De ahí que el poder deba ejercerse rectamente porque sólo así se legitima y porque su acción en perjuicio del pueblo justifica su pérdida. La voluntad para que el monarca ejerza el poder puede hacer por consentimiento expreso o tácito. La segunda categoría explica el origen del poder en la propia comunidad (doctrinas voluntaristas o pactistas). El paso del Estado de naturaleza al Estado sociedad de la comunidad política se opera gracias al pacto social . Hoy en día no hay más justificación del poder político que la que procede de la soberanía popular.

CarácterÍSTICAS DEL PODER POLÍTICO

Es un poder centralizador. La evolución sufrida por los Estados Federales en los que, con el mejor propósito de respetar los derechos de los estados miembros, e Estado federal ha ido concretando funciones que en principio eran de aquéllos. Es un poder político (por contraposición al económico). No deriva del  dominio sobre la economía. Es por ello un poder de arbitraje entre los distintos grupos que poseen el poder económico; no es un poder patrimonial, pues no hay ninguna confusión entre el patrimonio del Estado y el patrimonio privado de los gobernantes; y es un poder cuya observancia está asegurada por sanciones. Es un poder civil. Diferente netamente del militar. Es un poder temporal (diferente del religioso), lo que implica una separación entre poder civil y religioso, lo cual constituye una garantía de libertad. Es un poder soberano.  La soberanía del Estado incluye el monopolio de la fuerza armada y de la coerción organizada, en el sentido  de que los gobernantes están situados en una posición dominante.

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