El Estado Constitucional: Fundamentos y Legitimidad
El Estado se define como una institución con un estatuto propio de obligado cumplimiento. Al evolucionar, el fenómeno estatal encuentra el fundamento de su legitimidad en el origen democrático del poder. Se habla de Estado constitucional siempre que este comprenda una Constitución democrática.
Podemos situar el inicio del Estado constitucional desde el establecimiento del Estado Liberal. El profesor Aragón Reyes afirma que el Estado es, en principio, la teoría y la práctica del Estado constitucional.
Los Pilares del Estado Constitucional
Es fundamental considerar los dos polos del eje que sostiene esta realidad: el Estado y la Constitución. Actualmente, existen dos exigencias mínimas para poder hablar de Estado Constitucional:
- Respetar el pluralismo, que opera como base del sistema.
- La responsabilidad, como garantía de la igualdad y la libertad, así como del normal funcionamiento de las instituciones.
Al hablar de Estado Constitucional, la forma de jefatura (monarquía o república) no es lo esencial; su valor sustantivo lo constituye el Estado mismo.
Concepto de Constitución
Generalmente, la Constitución es la norma o código en el que se expresa la organización política de un país.
Denominaciones Históricas
Ha recibido diferentes denominaciones, tales como: Ley constitucional, Carta, texto fundamental, norma suprema, ley de leyes o ley fundamental.
- El término Constitución fue consagrado a partir de la Revolución Francesa, aunque ya era utilizado por la Ilustración.
Es posible una definición universal de la Constitución, entendida como la manera de ser de la organización política o como las formas de gobernarse de un pueblo. Aun así, esta definición se considera incompleta.
Evolución del Constitucionalismo y del Estado Constitucional
El constitucionalismo se opone históricamente al Absolutismo, una forma de Estado caracterizada por la concentración del poder y la ausencia de garantías de los derechos ciudadanos.
Modelos de Constitucionalismo
1. Tipo Anglosajón (Antiguo)
Se basa en una variedad de fuentes y se sustenta en tres principios fundamentales:
- Imperio de la ley.
- Separación de poderes.
- Garantía de los derechos individuales.
2. Tipo Continental (Moderno)
Inaugurado por las Revoluciones Francesa y Norteamericana. Aplica el racionalismo a la configuración de poderes y derechos, manifestándose en un texto único que contiene el acuerdo sobre las reglas importantes de la convivencia política (fundamentos, objetivos, límites e instituciones).
Esto se declara explícitamente en el artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789.
La Constitución como Norma Jurídica
El régimen liberal surge como aquel en el que el poder político está limitado por el Derecho (encabezado por la Constitución) para garantizar la libertad de las personas, tanto como individuos como ciudadanos.
El concepto moderno de la Constitución es liberal y garantista. Se desarrolla en el régimen liberal, cuyo punto básico es la primacía del individuo sobre la sociedad, y de la sociedad sobre el Estado.
La expresión más clara y temprana de este concepto se encuentra en el artículo 16 de la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano de 1789:
«Toda sociedad en la que no esté asegurada la garantía de los derechos ni establecida la división de poderes carece de Constitución.»
A pesar de los cambios estatales posteriores al régimen liberal, el concepto garantista ha perdurado. Por lo tanto, donde existe limitación jurídica del poder y garantía de los derechos, hay Constitución; donde no las hay, no existe.
Diversidad Conceptual de la Constitución
Siguiendo a Sánchez Ferriz, podemos exponer formulaciones destacadas en torno al sentido de la Constitución:
Constitución Racional-Normativa
Es la primera idea que surge con el liberalismo burgués. Se concibe como un conjunto normativo establecido de una sola vez para regular las funciones fundamentales del Estado y declarar los derechos del ciudadano.Concepto Histórico-Tradicional
Se opone al racional-normativo y representa la ideología conservadora (García Pelayo). Su sustrato intelectual es el historicismo. Para esta visión, la Constitución no es obra de la razón, sino el fruto de una lenta evolución histórica.Concepto Sociológico
Representa un ataque al concepto racional-normativo del liberalismo burgués, impulsado por las corrientes sociológicas. Dicho ataque se lleva a cabo desde puntos de partida opuestos, tanto por el conservadurismo como por el socialismo.Los Principales Períodos del Constitucionalismo Histórico
Constituciones Liberales Censitarias
El modelo inicial lo constituyeron las constituciones norteamericana de 1787 y francesa de 1789, ejerciendo una gran influencia sobre los movimientos liberales.
Cartas Otorgadas y Constituciones Pactadas
En Europa, la reacción monárquica posterior a la Revolución Francesa eliminó gran parte de los textos constitucionales. Las monarquías de la Restauración regresaron al Antiguo Régimen, aunque la sociedad y el Estado mantuvieron muchas de las conquistas liberales.
Constituciones que Inician la Democracia y el Parlamentarismo
A partir de 1830, la mayoría de los países europeos experimentan un doble movimiento democrático y parlamentario que progresa hasta finales de siglo, caracterizando el constitucionalismo anterior a la Primera Guerra Mundial.
Constituciones de la Democracia Inestable
Este periodo, que culmina al final de la Primera Guerra Mundial, consagra el principio parlamentario. Destacan las Constituciones alemana de 1919 (Weimar), austríaca de 1920 y la republicana española de 1931.
Constituciones de la Democracia Política y Social
El constitucionalismo de la Segunda Posguerra está marcado por el impacto de nuevos textos como los aprobados en Francia (1946), Italia (1947) y Alemania (1949), así como por el paso de los países orientales europeos al régimen socialista.
El Poder Constituyente
El poder constituyente es un poder de naturaleza extraordinaria, en virtud del cual un pueblo que carece de Constitución se otorga una norma fundamental para la convivencia.
Poder Constituyente Originario
Es el poder creador de la Constitución, el «poder de los poderes». Carl Schmitt lo definió como: «la voluntad política cuya fuerza o autoridad es capaz de adoptar la concreta decisión de conjunto sobre modo y forma de la propia existencia política.»
Poder Constituyente Constituido
Su función no es crear la Constitución, sino reformarla. Este poder está reconocido, regulado y delimitado dentro de la propia Constitución.
La Reforma Constitucional
La reforma constitucional tiene la finalidad de acomodar la norma fundamental a las nuevas relaciones y exigencias impuestas por el transcurso del tiempo. Su objetivo es alcanzar el mayor paralelismo posible entre la Constitución real y la Constitución legal, es decir, entre la estructura social y la jurídica.
