El Legado de las Cortes de Cádiz (1810-1814) y el Retorno del Absolutismo


Las Cortes de Cádiz (1810-1814): El Primer Intento Revolucionario Liberal

Durante la Guerra de Independencia, en la España no ocupada, se intentó sentar las bases jurídicas para la modernización del país. La idea era que, al regresar el rey, solo fuera necesario aplicar estas nuevas estructuras.

El Primer Intento de Revolución Liberal Burguesa

La convocatoria de las Cortes fue iniciada por la Junta Suprema Central (JSC) siguiendo el sistema tradicional por estamentos. Sin embargo, el Consejo de Regencia finalmente convocó las Cortes como una asamblea única, donde cada diputado tenía un voto igual, sin distinción de estamento.

  • Los diputados fueron elegidos mediante el voto de varones mayores de 25 años.
  • No había representantes directos de las clases populares.
  • Los representantes de América fueron designados entre los burgueses liberales residentes en la península.

Principios Establecidos por las Cortes de Cádiz

En su Decreto de Constitución, las Cortes establecieron principios fundamentales:

  1. La soberanía residía en las Cortes.
  2. Se planteó la división de poderes.
  3. Las Cortes asumieron el poder legislativo, y su objetivo principal fue crear una Constitución.

Las Cortes de Cádiz, dominadas por los liberales, representaron el primer episodio de la revolución liberal burguesa en España, buscando establecer un nuevo modelo de sociedad basado en tres pilares del liberalismo:

  1. Libertad económica: Abolición del régimen señorial y liberalización de la propiedad y el trabajo.
  2. Igualdad jurídica: Eliminación de los privilegios feudales de la nobleza y el clero, y garantía de igualdad ante la ley para todos los ciudadanos.
  3. Sistema político parlamentario y constitucional: Fin del poder absoluto del rey y elaboración de una Constitución que regulara el funcionamiento del Estado y sus instituciones.

Resultados de su Labor Legislativa

  • Conjunto de leyes de liberalización económica y social, en oposición al Antiguo Régimen.
  • Reconocimiento de la libertad de imprenta y supresión del Tribunal de la Inquisición.
  • La promulgación de la primera Constitución española auténtica, superando el Estatuto de Bayona de 1808 de José I, que era meramente una carta otorgada y de aplicación limitada.

La Constitución de 1812: «La Pepa»

La Constitución de 1812, conocida popularmente como «La Pepa», es uno de los mejores ejemplos del primer constitucionalismo occidental y el primer intento serio de racionalizar el Estado según principios liberales.

Fue un compromiso entre las facciones liberales y absolutistas, aunque resultó más favorable a los primeros, si bien reconocía los derechos de la religión católica como única.

Características Fundamentales de la Constitución de 1812
  1. Soberanía nacional: La autoridad suprema residía en la nación representada en las Cortes.
  2. Monarquía limitada y división de poderes:
    • Legislativo: Rey y Cortes.
    • Ejecutivo: Rey y Gobierno.
    • Judicial: Tribunales de justicia.
  3. Papel central de las Cortes: Elaboraban leyes, decidían sobre la sucesión de la Corona y aprobaban tratados.
  4. Igualdad jurídica: Se estableció un fuero único para todos los ciudadanos (con excepción de eclesiásticos y militares).
  5. Derechos fundamentales garantizados: Igualdad ante la ley, inviolabilidad del domicilio, libertad de imprenta, sufragio, educación elemental, y garantías penales y procesales.
  6. Confesionalidad del Estado: Catolicismo como única religión (no se estableció libertad de culto).
  7. Elección de diputados: Mediante sufragio indirecto para varones mayores de edad (excluyendo al clero regular).

El Reinado de Fernando VII (1814-1833)

Restauración del Absolutismo

El Retorno de Fernando VII y la Anulación de las Cortes de Cádiz

Tras el Tratado de Valençay (1813), Fernando VII regresó a España en 1814, siendo recibido con gran entusiasmo popular. Su vuelta planteó un conflicto crucial: aceptar la monarquía constitucional creada por las Cortes de Cádiz o restaurar el absolutismo tradicional.

Desde su entrada en España, los absolutistas presionaron al monarca para volver al Antiguo Régimen, aprovechando la escasa implantación social del liberalismo.

En abril de 1814, Fernando VII recibió el Manifiesto de los Persas, firmado por 69 diputados absolutistas, que le instaba formalmente a rechazar las reformas liberales y restablecer la monarquía absoluta.

Finalmente, Fernando VII anuló la Constitución de 1812 y toda la legislación emanada de las Cortes de Cádiz, restaurando el absolutismo y las instituciones tradicionales, incluida la Inquisición. Solo mantuvo la abolición de los derechos jurisdiccionales de los señoríos, ya que estos limitaban su poder absoluto.

La Represión contra Liberales y los Pronunciamientos

Durante la restauración absolutista, Fernando VII impuso una fuerte represión contra los liberales, a pesar de que muchos de ellos habían luchado contra los franceses para asegurar su regreso.

Las persecuciones forzaron a los liberales a actuar en la clandestinidad, organizándose en sociedades secretas y promoviendo conspiraciones. Muchos fueron encarcelados y otros se exiliaron, principalmente a Francia e Inglaterra. Gibraltar se convirtió en un importante centro de propaganda y conspiración liberal.

Entre 1815 y 1820 se sucedieron pronunciamientos militares, una forma de intervención política en España debida a la debilidad de la burguesía, incapaz de imponer cambios por vías legales.

  • El primer pronunciamiento liberal fue el de Díaz Porlier en La Coruña (1815), que proclamó la Constitución de 1812, pero fracasó por falta de apoyos y terminó con su fusilamiento.
  • Un resultado similar tuvo el pronunciamiento del general Lacy en Cataluña (1817).
  • El más importante fue el del General Riego en 1820, que triunfó e inició el Trienio Liberal.

Paralelamente, en América se desarrollaron insurrecciones independentistas, influenciadas por el ejemplo de Estados Unidos y las ideas liberales. Esto supuso un grave golpe político y económico para España, debido a la interrupción del comercio colonial y la pérdida de importantes ingresos fiscales.

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *