Fundamentos del Ordenamiento Jurídico Español: Conceptos, Fuentes y Proceso Legislativo


Conceptos Fundamentales del Derecho

  • Derecho (Objetivo): Principios y normas que regulan la convivencia de la sociedad.
  • Derecho (Subjetivo): Facultad concedida por las normas a una persona para hacer algo o exigir una determinada conducta («tengo derecho…»).
  • Normas: Deben ser justas (a cada uno se le da lo que le corresponde) y obligatorias (se puede emplear la fuerza para imponer su cumplimiento).

Clasificación de las Normas Jurídicas

  • Derecho Público: Regula las relaciones en las que participan las Administraciones Públicas ejerciendo funciones propias de su actividad.
  • Derecho Privado: Regula las relaciones entre particulares, aunque en ocasiones la Administración puede actuar en calidad de particular.

Fuentes del Ordenamiento Jurídico

Fuentes Directas

  1. La Ley: Norma de alcance general y de obligado cumplimiento.
  2. La Costumbre: Forma de actuar repetida en el tiempo por una comunidad. No es obligatoria y se aplica solo si no existe una ley aplicable y no es contraria a la moral.
  3. Principios Generales del Derecho: Sirven para interpretar el Derecho, aplicándose solo en defecto de ley y costumbre.

Fuentes Complementarias

  • Jurisprudencia: Criterio reiterado por el Tribunal Supremo al interpretar y aplicar las normas para resolver conflictos.
  • Tratados Internacionales: Acuerdos entre el Estado español y otros estados. No son aplicables hasta que se publiquen en el BOE.

Clases de Fuentes

  • Fuentes Formales: Distintas formas en que se manifiestan las normas.
  • Fuentes Materiales: Órganos encargados de elaborar las normas.

Ordenamiento Jurídico y Jerarquía Normativa

Ordenamiento Jurídico: Conjunto de normas jurídicas vigentes en un territorio en un momento determinado. Están ordenadas jerárquicamente, lo que permite determinar cuál aplicar en caso de conflicto.

La Jerarquía Normativa

No todas las normas están en el mismo nivel jerárquico, estructurándose de forma similar a una pirámide. A medida que se desciende en cada nivel, habrá más normas, pero de menor rango. Las normas de rango superior prevalecerán en todo caso sobre las de rango inferior.

Principio de Jerarquía: Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.

Además, los órganos comunitarios (UE) pueden crear normas de obligado cumplimiento en España que tendrán preferencia sobre el ordenamiento interno español.

Tipos de Normas según su Rango

  1. La Constitución

    La norma más importante. Aprobada por las Cortes Generales y ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978.

  2. Tratados Internacionales

    Acuerdos establecidos por el Estado español con otros estados. Una vez publicados en el BOE, se incorporan con rango de Ley.

  3. Leyes (Normas Jurídicas aprobadas por las Cortes Generales)

    Leyes Estatales
    • Leyes Orgánicas: Regulan temas como derechos fundamentales y libertades públicas, régimen electoral y estatutos de autonomía. Requieren mayoría absoluta del Congreso para su aprobación.
    • Leyes Ordinarias: Cualquier otra ley. Su aprobación o modificación requiere la mayoría simple de los votos.
    Leyes de las Comunidades Autónomas

    Elaboradas dentro de las competencias asumidas y aplicadas únicamente dentro de sus respectivos territorios.

  4. Otras Normas con Rango de Ley

    Poseen el mismo rango que las normas de las Cortes Generales:

    • Reales Decretos-Leyes: Dictados por el Gobierno en caso de extraordinaria y urgente necesidad (ejemplo: graves inundaciones). Una vez dictados, deben ser sometidos a debate y votación por el Congreso de los Diputados para su convalidación.
    • Reales Decretos Legislativos: Las Cortes pueden delegar en el Gobierno la potestad de dictar normas sobre materias determinadas no reservadas a Ley Orgánica. Existen dos tipos:
      • Textos Articulados: Dictados por el Gobierno.
      • Textos Refundidos: Cuando existe una pluralidad de textos normativos que deben unificarse.
  5. Normas con Rango Inferior a la Ley (Reglamentos)

    Son fruto de la potestad reglamentaria de la Administración. Ningún reglamento podrá ir contra las disposiciones de otra norma de rango superior. Pueden ser dictados por la Administración central, autonómica o local.

Ramas Específicas del Derecho Privado

  • Derecho Civil: Regula las relaciones patrimoniales y personales entre personas físicas o jurídicas que actúan como particulares. También es llamado Derecho Común, ya que cuando una rama específica no contenga regulación sobre una determinada materia, se acudirá al Derecho Civil.
  • Derecho Mercantil: Regula las normas aplicables a los comerciantes en el desarrollo de sus actividades.

El Proceso de Creación y Aplicación de las Normas

La vida de las normas jurídicas se desarrolla en cuatro fases: elaboración, aprobación, aplicación y control de su cumplimiento. Estas fases están a cargo de los tres poderes del Estado (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) para garantizar su independencia.

Elaboración y Aprobación de las Normas con Rango de Ley

El Poder Legislativo corresponde a las Cortes Generales, compuestas por el Congreso de los Diputados (Cámara Baja) y el Senado (Cámara Alta). Sus miembros se agrupan según su ideología política y gozan de inmunidad e inviolabilidad para proteger el ejercicio de sus funciones.

Fases del Proceso Legislativo

  1. Iniciativa:
    • El Gobierno presenta Proyectos de Ley.
    • El Congreso y el Senado presentan Proposiciones de Ley.
    • Se reconoce la Iniciativa Legislativa Popular para Proposiciones de Ley.
  2. Aprobación:

    Una vez aprobado por el Consejo de Ministros (si es Proyecto de Ley), se da cuenta al Presidente del Senado para deliberar. El Senado, en un plazo de dos meses, puede oponer un veto o proponer enmiendas.

  3. Sanción y Promulgación:

    Para que la ley pueda aplicarse, requiere la sanción y promulgación real. El Rey sancionará la ley en un plazo de 15 días.

Ejecución de las Leyes

La ejecución de las leyes se atribuye al Poder Ejecutivo (Gobierno y Administración Pública responsable).

Control de Cumplimiento de las Leyes

El ejercicio de esta potestad se lleva a cabo no solo juzgando, sino también haciendo cumplir lo juzgado (Poder Judicial).

Documentación e Información Jurídica

En la actividad empresarial es constante el uso de la legislación. Es conveniente disponer de bases de datos jurídicas que contengan normativa actualizada o conocer el procedimiento para acceder a ellas.

Fuentes de Normativa

  • Normativa de la UE: La Oficina de Publicaciones de la UE se encarga de editar publicaciones, emitiendo diariamente el Diario Oficial de la UE. Existen servicios en línea para acceder a información de interés.
  • Normativa Nacional: El BOE (Boletín Oficial del Estado) es la principal forma de conocimiento del ordenamiento jurídico. También se puede acceder a través de bases de datos.

Bases de Datos Jurídicas

Las bases de datos agrupan la normativa de acuerdo con determinados criterios que facilitan su búsqueda.

  • Bases de Datos Públicas: Pertenecen a organismos de los tres poderes: Legislativo (Congreso), Ejecutivo (Ministerios) y Judicial (Tribunales).
  • Bases de Datos Privadas: Creadas por editoriales jurídicas para uso comercial (algunas gratuitas y otras de pago).

Métodos de Búsqueda y Archivo

  • Búsqueda Temática: Se puede acudir a un portal genérico.
  • Búsqueda Concreta: Se recomienda el BOE.
  • Archivo de la Normativa: Una vez localizada, se puede descargar el archivo de la página web y guardarlo.
  • Detección de Nueva Normativa: Los formatos electrónicos facilitan servicios de alerta o RSS para suscribirse a contenidos que se actualizan frecuentemente.

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