Prevención de Riesgos Laborales: Marco Legal y Gestión en España


Marco Normativo de la Prevención de Riesgos Laborales

  • Ley de Prevención de Riesgos Laborales: Principal norma en materia de salud laboral. Tiene por objeto promover la seguridad y la salud de los trabajadores y determina las garantías y responsabilidades necesarias para establecer su adecuada protección (Ley 31/1995, de 8 de noviembre).
  • Constitución Española: Encomienda a los poderes públicos velar por la seguridad y la higiene en el trabajo (1978, artículo 40.2).
  • Tratado de la Unión Europea: Tiene por objeto la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores (Directiva Marco 89/391/CEE de 1989).
  • Organización Internacional del Trabajo (OIT): Convenio 155 sobre la seguridad y la salud de los trabajadores y medio ambiente de trabajo.
  • Estatuto de los Trabajadores: Establece el derecho de los trabajadores a la integridad física y a una adecuada política de seguridad (Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, artículo 4.2.d).

Obligaciones y Derechos en Prevención de Riesgos Laborales

Obligaciones de los Empresarios

  • Proteger a los trabajadores.
  • Facilitar equipos de trabajo y medios de protección adecuados.
  • Informar, consultar y participar junto con los trabajadores en la acción preventiva.
  • Dar formación teórica y práctica a los trabajadores.
  • Adoptar medidas en caso de emergencia y riesgos graves.
  • Vigilar la salud de los trabajadores de forma periódica.
  • Coordinar cuando existan varias empresas en un mismo centro de trabajo.

Obligaciones de los Trabajadores

  • Utilizar correctamente los dispositivos de seguridad.
  • Informar inmediatamente a un superior y a los trabajadores designados para llevar a cabo las actividades de prevención.
  • Contribuir al cumplimiento de las obligaciones establecidas por la autoridad competente.
  • Cooperar con el empresario para que este pueda garantizar unas condiciones de trabajo seguras.

Derechos de los Trabajadores

  • Ser informados y consultados y participar en la adopción de medidas preventivas.
  • Que se les facilite equipos de protección individual (EPI).
  • Recibir una formación teórica y práctica adecuada.
  • Interrumpir su actividad y abandonar su puesto en caso de riesgo grave e inminente.
  • La vigilancia periódica de su salud en el trabajo.
  • La protección de la maternidad y de los menores.
  • La protección de los trabajadores temporales y de las Empresas de Trabajo Temporal (ETT).

Organismos Relevantes en Prevención de Riesgos Laborales

Organismos Internacionales

  • Agencia Europea para la Seguridad y la Salud en el Trabajo (EU-OSHA): Aplicación de medidas para promover la mejora de la seguridad y la salud de los trabajadores en la Unión Europea.
  • Organización Internacional del Trabajo (OIT): Organismo especializado de la ONU cuyo objetivo prioritario es promover la mejora de las condiciones de trabajo. Elabora normas en forma de convenios (de obligatorio cumplimiento para los estados que los ratifican).

Organismos Nacionales

  • Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): Órgano científico-técnico. Su misión es el análisis y el estudio de las condiciones de seguridad y salud, así como la promoción de la mejora de las mismas.
  • Funciones del INSST:
    • Asistencia técnica.
    • Estudio e investigación.
    • Formación.
    • Desarrollo normativo.
    • Promoción, información y divulgación.
    • Ensayo científico de equipos de protección y de máquinas.
    • Cooperación técnica.
    • Secretaría de la Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST).
  • Colabora con: Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Comisión Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (CNSST).

Organismos Autonómicos

  • Las comunidades autónomas, a través de sus institutos o comisiones regionales, realizan funciones similares a las del INSST y la CNSST, respectivamente.

Plan de Prevención de Riesgos Laborales

Es la herramienta a través de la cual se integra la actividad preventiva de la empresa en su sistema general de gestión y se establece su política de prevención de riesgos.

Fases de Desarrollo del Plan de Prevención

  1. Análisis de la empresa (por centro de trabajo).
  2. Diseño del sistema de prevención.
  3. Implantación (organización, actuación del sistema).
  4. Revisión y mejora del sistema.

Elementos del Plan de Prevención de Riesgos Laborales

  • Identificación de la empresa: Actividad productiva, número y características de los centros de trabajo, número de trabajadores y sus características con relación a la prevención de riesgos.
  • Estructura organizativa de la empresa: Identificación de las funciones y responsabilidades que asume cada uno de los niveles jerárquicos y los cauces de comunicación entre ellos.
  • Organización de la producción: Procesos técnicos, las prácticas y los procedimientos organizativos existentes en la empresa.
  • Organización de la prevención: Indica la modalidad preventiva elegida y los órganos de representación existentes.
  • Política de prevención: Objetivos y metas en materia preventiva que pretende alcanzar la empresa, así como los recursos humanos, técnicos, materiales y económicos.

Organización y Gestión de la Prevención en la Empresa

Servicios de Prevención

  • Servicios de prevención propios.
  • Servicios de prevención ajenos.

Representación de los Trabajadores en Materia de Prevención de Riesgos

  • Delegados de Prevención.
  • Comités de Seguridad y Salud.

Modalidades que el Empresario puede utilizar para Organizar la Prevención

  • Asumir personalmente la actividad preventiva.
  • Designar a uno o varios trabajadores.
  • Constituir un servicio de prevención propio.
  • Recurrir a un servicio de prevención ajeno.

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *