Lección 1.0: Práctica de Aula – Protección Penal de la Conservación de Inmuebles
Delitos contra el patrimonio y la propiedad
Artículo 263
1. El que causare daños en propiedad ajena no comprendidos en otros títulos de este Código, será castigado con multa de seis a veinticuatro meses, atendidas la condición económica de la víctima y la cuantía del daño.
Si la cuantía del daño causado no excediere de 400 euros, se impondrá una pena de multa de uno a tres meses.
Artículo 321
Los que derriben o alteren gravemente edificios singularmente protegidos por su interés histórico, artístico, cultural o monumental serán castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años, multa de doce a veinticuatro meses y, en todo caso, inhabilitación especial para profesión u oficio por tiempo de uno a cinco años.
En cualquier caso, los Jueces o Tribunales, motivadamente, podrán ordenar, a cargo del autor del hecho, la reconstrucción o restauración de la obra, sin perjuicio de las indemnizaciones debidas a terceros de buena fe.
Artículo 322
1. La autoridad o funcionario público que, a sabiendas de su injusticia, haya informado favorablemente proyectos de derribo o alteración de edificios singularmente protegidos será castigado, además de con la pena establecida en el artículo 404 de este Código, con la de prisión de seis meses a dos años o la de multa de doce a veinticuatro meses.
2. Con las mismas penas se castigará a la autoridad o funcionario público que por sí mismo o como miembro de un organismo colegiado haya resuelto o votado a favor de su concesión a sabiendas de su injusticia.
Artículo 323
1. Será castigado con la pena de prisión de seis meses a tres años o multa de doce a veinticuatro meses el que cause daños en bienes de valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental, o en yacimientos arqueológicos, terrestres o subacuáticos. Con la misma pena se castigarán los actos de expolio en estos últimos.
2. Si se hubieran causado daños de especial gravedad o que hubieran afectado a bienes cuyo valor histórico, artístico, científico, cultural o monumental fuera especialmente relevante, podrá imponerse la pena superior en grado a la señalada en el apartado anterior.
3. En todos estos casos, los jueces o tribunales podrán ordenar, a cargo del autor del daño, la adopción de medidas encaminadas a restaurar, en lo posible, el bien dañado.
Artículo 324
El que por imprudencia grave cause daños, en cuantía superior a 400 euros, en un archivo, registro, museo, biblioteca, centro docente, gabinete científico, institución análoga o en bienes de valor artístico, histórico, cultural, científico o monumental, así como en yacimientos arqueológicos, será castigado con la pena de multa de tres a 18 meses, atendiendo a la importancia de los mismos.
Artículo 350
Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 316, incurrirán en las penas previstas en el artículo anterior los que en la apertura de pozos o excavaciones, en la construcción o demolición de edificios, presas, canalizaciones u obras análogas o, en su conservación, acondicionamiento o mantenimiento infrinjan las normas de seguridad establecidas cuya inobservancia pueda ocasionar resultados catastróficos, y pongan en concreto peligro la vida, la integridad física de las personas o el medio ambiente.
(Nota: Artículo 349: con las penas de prisión de seis meses a dos años, multa de seis a doce meses, e inhabilitación especial para el empleo o cargo público, profesión u oficio por tiempo de tres a seis años).
Lección 2.0: Práctica de Aula
Lección 3.0: Práctica de Aula – 1
Ejemplo de Manual de uso y mantenimiento: Losas de cimentación
1. Uso
- Precauciones:
- En caso de fugas en las redes de saneamiento o abastecimiento, se repararán rápidamente para evitar daños y humedades.
- Si por causa de excavaciones, nuevas construcciones próximas o de cualquier otra índole aparecen fisuras, grietas o desplazamientos en las soleras o solados, será necesario ponerlo en conocimiento de un técnico competente.
2. Prescripciones
- Se prohibirá cualquier uso que someta la losa a humedad habitual y se denunciará cualquier fuga observada en las canalizaciones de sumidero o evacuación de agua.
- Cuando la losa de cimentación tenga que ser sometida a cargas no previstas en las normas, como cargas dinámicas o cargas vibratorias, se hará un estudio especial por un técnico competente y se adoptará las medidas que, en su caso, fuesen necesarias.
- La propiedad conservará en su poder la documentación técnica relativa a la losa de cimentación realizada, en la que figurarán las cargas previstas.
3. Prohibiciones
- No se realizarán perforaciones en las losas y se denunciará cualquier fuga observada en las canalizaciones de suministro o evacuación.
- No se permitirá ningún trabajo en las losas o zona próxima que afecte a las condiciones de solidez y estabilidad parcial o general del edificio sin la autorización previa de un técnico competente.
- No se permitirá variar las cargas previstas en el cálculo, salvo estudio particular realizado por un técnico competente.
4. Mantenimiento
- Por el usuario:
- Cada cinco años se realizará una inspección general, o antes si fuera apreciada alguna anomalía, observando si aparecen fisuras o cualquier otro tipo de lesión.
- Cuando se observe una anomalía, fisuras o cualquier otro tipo de lesión en el edificio, será estudiado por un técnico competente, que dictaminará su importancia y peligrosidad y, en caso de ser imputable a la cimentación, los refuerzos o recalces que deban realizarse.
- Por el profesional cualificado:
- En las revisiones periódicas de mantenimiento de la estructura, deberá dictaminarse si se precisa un estudio más detallado del estado de la losa de cimentación.
- En caso de detectarse atasco en la red de saneamiento, la limpieza deberá realizarse por personal cualificado.
Lección 3.0: Práctica de Aula – 2
Ejemplo de Manual de uso y mantenimiento: Muros de contención
1. Uso
- Precauciones:
- Se evitará en la proximidad del muro la instalación de conducciones de agua a presión y las aguas superficiales se llevarán a red de alcantarillado o drenajes.
- Se evitará en la explanada inferior y junto al muro abrir zanjas paralelas al mismo.
- Prescripciones:
- La propiedad conservará en su poder la documentación técnica relativa al muro construido.
- Se colocarán en sitios visibles placas con limitación de sobrecargas junto al muro.
- Para excavaciones con profundidad mayor de 50 cm se realizará un estudio particular por un técnico competente.
- Prohibiciones:
- No se adosarán al fuste del muro elementos que puedan variar su comportamiento.
- No se permitirá ningún trabajo que afecte a la estabilidad sin autorización técnica.
- No se introducirán cuerpos duros en las juntas.
2. Mantenimiento
- Por el usuario:
- Cada año se inspeccionará el muro y el terreno colindante.
- Cuando se observe alguna anomalía, se pondrá en conocimiento de un técnico competente.
- Cuando se observe una fuga, se actuará conforme a indicación técnica.
- Por el profesional cualificado:
- Cada 5 años se comprobará el estado del enmasillado de las juntas.
- Se comprobará el funcionamiento del drenaje del muro periódicamente.
Lección 3.0: Práctica de Aula – 3
Ejemplo de Manual de uso y mantenimiento: Cubierta plana transitable
1. Uso
- Precauciones:
- Se utilizarán solamente para el uso para el cual se hayan previsto.
- No se colocarán jardineras cerca de los desagües o bien se colocarán elevadas para permitir el paso del agua.
- Se evitará el almacenamiento de materiales u otros elementos y el vertido de productos químicos agresivos.
- Se limitará la circulación de las máquinas a lo estrictamente necesario, respetando los límites de carga impuestos por la documentación técnica.
- Se mantendrán limpias y sin hierbas.
- Prescripciones:
- Deberá avisarse a un técnico competente si se observan humedades en el forjado bajo cubierta, puesto que pueden tener un efecto negativo sobre los elementos estructurales.
- La reparación de la impermeabilización deberá ser realizada por personal especializado, que irá provisto de calzado de suela blanda, sin utilizar en el mantenimiento materiales que puedan producir corrosiones.
- Se inspeccionará después de un periodo de fuertes lluvias, nieve o vientos poco frecuentes la aparición de humedades en el interior del edificio o en el exterior para evitar que se obstruya el desagüe.
- Prohibiciones:
- No se ubicarán sobre la cobertura elementos que la perforen o dificulten su desagüe, como antenas y mástiles.
- No se modificarán las características funcionales o formales de los faldones, limas o desagües.
- No se verterán productos agresivos tales como aceites, disolventes o productos de limpieza.
- No se modificarán las solicitaciones ni se sobrepasarán las cargas previstas.
- No se anclarán conducciones eléctricas por personal no especializado.
- No se añadirán elementos que dificulten el desagüe.
2. Mantenimiento
- Por el usuario:
- Cada año: Eliminación de cualquier tipo de vegetación y de los materiales acumulados por el viento.
- Cada año: Retirada periódica de los sedimentos que puedan formarse en la cubierta por retenciones ocasionales de agua.
- Cada año: Eliminación de la nieve que obstruya los huecos de ventilación de la cubierta.
- Por el profesional cualificado:
- Cada 3 años: Comprobación del estado de conservación de la protección.
- Cada año: Comprobación de la fijación de la impermeabilización al soporte y reparación de los defectos observados.
- Cada año: Conservación en buen estado de los elementos de albañilería relacionados con el sistema de estanqueidad.
