Reglamento del IHSS: Cobertura, Prestaciones y Derechos en la Seguridad Social Hondureña
1. Aspectos Generales y Regímenes del IHSS
-
¿Cómo se implantará el régimen del Seguro Social según el Reglamento?
Se implantará en forma gradual y progresiva, en cuanto a riesgos cubiertos, zonas geográficas y categorías de trabajadores protegidos.
-
¿Qué contingencias regula el Reglamento del Seguro Social?
Regula la aplicación del Seguro Social para la cobertura de enfermedad, accidente común, maternidad, accidente de trabajo, enfermedad profesional, invalidez, vejez y muerte.
-
¿Qué debe hacer la Junta Directiva del IHSS para extender o modificar el campo de aplicación del Seguro Social?
Debe aprobarlo mediante resolución y publicarlo en el Diario Oficial La Gaceta.
-
¿Qué prestaciones están cubiertas por el Régimen de Enfermedad y Maternidad?
Las prestaciones de Enfermedad, Accidente no Profesional y Maternidad.
-
¿Qué prestaciones están cubiertas por el Régimen de Invalidez, Vejez y Muerte?
Las prestaciones de Invalidez, Vejez y Muerte por causa de accidente o enfermedad común.
-
¿Qué comprenden las prestaciones sociales?
- Fomento de la participación social.
- Convenio de cooperación con instituciones de beneficencia, pública o privada.
- Extensión de la protección asistencial, en caso de haberse superado los plazos de conservación de derechos y la enfermedad implique riesgos humanos.
-
¿Cuáles son los regímenes de afiliación por los que está integrado el IHSS?
El Seguro Social está integrado por los siguientes regímenes de afiliación:
- Régimen Obligatorio.
- Régimen Especial y de Afiliación Progresiva.
-
¿Qué tipo de riesgos cubrirá el régimen especial de afiliación progresiva?
Cubrirá únicamente los riesgos de Enfermedad y Maternidad, y de Invalidez, Vejez y Muerte. La cobertura de los riesgos señalados se hará en la forma establecida en el Reglamento.
-
¿Qué sucede si un trabajador cesante desea continuar afiliado al IHSS y cómo se determina el monto de su cotización en el Régimen Especial de Afiliación Progresiva?
El monto de su cotización se calcula con base en el promedio de los salarios que cotizó durante los doce (12) meses anteriores a quedar desempleado.
-
¿Qué consecuencias tiene el no pagar puntualmente la cotización del Régimen Especial de Afiliación Progresiva al IHSS?
El afiliado deberá cubrir recargos por mora, lo que incrementa su deuda y puede dificultar su acceso continuo a los servicios médicos del Instituto.
2. Información Confidencial y Exámenes Médicos
-
¿En qué casos se puede divulgar la información confidencial entregada al IHSS según el artículo 34?
La información puede divulgarse en los siguientes casos:
- Cuando el IHSS sea parte en juicios o procedimientos legales.
- En convenios de colaboración con el Gobierno, instituciones estatales o municipalidades.
- Cuando lo soliciten autoridades fiscales, el Ministerio Público o los tribunales.
- En cualquier otra situación permitida por la ley.
-
¿Qué finalidad tiene el examen médico de preexistencia contemplado en el artículo 35 y qué tipo de enfermedades busca detectar?
El examen médico busca detectar enfermedades preexistentes en nuevos asegurados. Su finalidad es determinar si la persona debe cotizar al fondo de enfermedades de alto costo o catastróficas, que cubre padecimientos como cáncer, insuficiencia renal o enfermedades crónicas.
3. Régimen de Enfermedad y Maternidad: Derechos y Subsidios
3.1. Subsidio por Incapacidad
-
¿Quiénes tienen derecho a recibir prestaciones médicas según el artículo 36 del régimen de Enfermedad y Maternidad del IHSS?
Tienen derecho:
- El asegurado activo (sin requisito de tiempo mínimo cotizado en caso de accidente o enfermedad).
- Sus hijos menores de dieciocho (18) años.
- El asegurado cesante, si enfermó dentro de los dos (2) meses después de dejar de trabajar y cotizó al menos treinta y cinco (35) días en los últimos tres (3) meses.
- El pensionado por invalidez o vejez.
-
¿Qué requisitos debe cumplir un asegurado para tener derecho al subsidio por incapacidad según el artículo 38, y cómo influye el período de cotización en ese derecho?
Según el artículo 38, para que un asegurado tenga derecho al subsidio por incapacidad, debe haber cotizado al menos dos (2) meses dentro de los cuatro (4) meses calendario anteriores al momento en que inicia la incapacidad.
-
¿Qué sucede con el subsidio por incapacidad si un trabajador pierde su empleo después de haber iniciado la incapacidad, según lo establece el artículo 39?
El artículo 39 establece que el subsidio se otorga solo si el trabajador estaba laborando al inicio de la incapacidad. No obstante, si después de comenzar la incapacidad el trabajador queda cesante (es decir, pierde su empleo), seguirá recibiendo el subsidio, siempre que cumpla con las condiciones establecidas en los artículos anteriores.
-
¿En qué casos se considera que una nueva incapacidad forma parte del mismo caso de subsidio anterior, y cuándo se considera un caso distinto, de acuerdo con el artículo 41?
El artículo 41 indica que se considera un mismo caso de subsidio cuando la incapacidad es continua e ininterrumpida desde el inicio hasta la recuperación del asegurado. Además, si el trabajador sufre una recaída relacionada con la misma enfermedad o accidente dentro de los treinta y cinco (35) días posteriores a haber sido declarado apto para trabajar, también se considera una continuación del caso anterior. En cambio, si la nueva incapacidad ocurre después de los treinta y cinco (35) días, aunque sea por la misma causa, se considerará un nuevo caso de subsidio, y el trabajador deberá cumplir nuevamente con los requisitos establecidos para poder recibir el beneficio.
-
¿Cómo se concede y liquida el subsidio?
Se concede por día, incluyendo domingos y feriados, y se liquida por períodos vencidos de hasta treinta (30) días.
-
¿Cuál es el porcentaje del subsidio diario y qué sucede si el asegurado está hospitalizado sin dependientes económicos?
El subsidio diario es del sesenta y seis por ciento (66%) del salario base mensual; si el asegurado está hospitalizado sin dependientes, será del cincuenta por ciento (50%), y el patrono debe pagar la diferencia hasta completar el salario total.
-
¿Cómo se calcula el subsidio para un pensionado por incapacidad parcial?
Se calcula en relación con el salario base determinado según los salarios sobre los que haya estado cotizando.
-
¿Quién determina la incapacidad laboral y su duración si el asegurado es tratado por un médico particular?
El servicio médico del Instituto es quien determina la incapacidad y su duración.
3.2. Subsidio por Maternidad
-
¿A cuánto equivale el subsidio de maternidad que paga el Instituto y los patronos a la asegurada?
Recibe un sesenta y seis por ciento (66%) del salario base mensual de referencia de la trabajadora por parte del IHSS y un treinta y cuatro por ciento (34%) del patrono.
-
¿Cuántos días se paga el subsidio antes y después del parto?
Se paga durante cuarenta y dos (42) días antes y cuarenta y dos (42) días después del parto.
-
¿Puede una asegurada atendida por médico particular recibir el subsidio de maternidad?
Sí, siempre que cumpla con las regulaciones especiales que establezca el Instituto.
-
¿Se paga subsidio en caso de aborto provocado intencionalmente o no intencional?
En caso de ser un aborto espontáneo, será tomado como una enfermedad común con derecho a dicho subsidio; en caso de ser intencional, dicho derecho se pierde y no se paga subsidio.
-
¿Por un período de cuántos días se liquida el subsidio económico otorgado por el IHSS?
El subsidio se paga después de cada período de siete (7) días ya transcurridos, incluyendo domingos y feriados, para garantizar control y verificación.
-
¿En qué casos el subsidio diario puede ser reducido del 66% al 50% del salario base, y qué justificación social podría tener esta disposición?
El subsidio baja al cincuenta por ciento (50%) si el asegurado está hospitalizado y no tiene dependientes. Esto busca dar mayor ayuda a quienes tienen cargas familiares.
-
Un pensionado por incapacidad parcial continúa trabajando y gana un salario menor al que percibía antes de su pensión. ¿Explique cómo se determina su subsidio en caso de una nueva incapacidad, de acuerdo con el artículo 74?
El subsidio se calcula sobre el salario actual del pensionado, no sobre el anterior, porque refleja su ingreso real tras la incapacidad parcial.
-
Un asegurado se atiende con un médico particular y recibe una constancia médica por incapacidad. ¿Qué debe hacer para que esta constancia tenga validez ante el IHSS y reciba el subsidio correspondiente?
La constancia de un médico privado solo es válida si es refrendada por el IHSS. El Instituto verifica y autoriza la incapacidad para pagar el subsidio.
-
¿Explique en qué casos una trabajadora asegurada puede perder el derecho al subsidio por maternidad, según lo establecido en el artículo 76?
La trabajadora pierde el subsidio si está cesante (desempleada) antes del inicio del descanso prenatal, pero lo mantiene si queda cesante después de haberlo iniciado.
-
¿Qué tipo de ayuda recibe un trabajador del IHSS si sufre un accidente en el trabajo y no puede trabajar temporalmente?
Recibe un subsidio diario por incapacidad temporal, que le brinda apoyo económico mientras se recupera y no puede trabajar.
4. Riesgos Profesionales y Comisiones Técnicas
-
¿Qué son los Riesgos Profesionales?
Según el artículo 402 del Código de Trabajo de Honduras, hace referencia a los accidentes o enfermedades a que están expuestos los trabajadores a causa de las labores que ejecutan.
-
Enumere los tipos de riesgos profesionales.
Es importante tener en cuenta que, al hablar de Riesgos Profesionales, se hace alusión tanto a los:
- Accidentes de Trabajo: es todo suceso repentino e imprevisto que se derive por causa o con ocasión del trabajo, y que le ocasione al trabajador una lesión orgánica o perturbación funcional permanente o pasajera.
- Enfermedades Profesionales: todo estado patológico que sobrevenga como consecuencia de la clase de trabajo que desempeña el trabajador o del medio en que se ha visto obligado a trabajar.
-
¿Qué pueden producir los Riesgos Profesionales?
Pueden ocasionar la:
- Muerte.
- Incapacidad Total Permanente.
- Incapacidad Parcial Permanente.
- Incapacidad Temporal.
-
¿Qué deberá hacer el Patrono en caso de que un Trabajador sea víctima de un Accidente de Trabajo?
El patrono debe suministrar los primeros auxilios al trabajador víctima de un accidente ocurrido dentro de una empresa o centro de trabajo, a cuyo efecto debe mantener en el mismo uno o más botiquines de emergencia equipados de conformidad con las normas que dicte el Instituto.
-
¿Qué es la Comisión Técnica de Riesgos Profesionales?
Es el órgano técnico asesor del Directorio de Especialistas del IHSS, regido por su propio reglamento, facultado para evaluar y dictaminar la naturaleza laboral o común de accidentes y enfermedades de los trabajadores, así como la emisión de dictámenes.
-
¿Qué son los capitales constitutivos?
Los capitales constitutivos son los fondos que deben respaldar el pago futuro de pensiones, asegurando que las personas ya pensionadas o próximas a pensionarse no vean afectado su derecho por falta de liquidez en el sistema.
-
¿Qué es la Comisión Técnica de Invalidez?
La Comisión Técnica de Invalidez del IHSS es un órgano especializado del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS) encargado de evaluar la condición de invalidez de los asegurados y determinar si cumplen con los requisitos para recibir beneficios por invalidez, vejez y muerte (IVM).
-
¿Cómo está conformada la Comisión Técnica de Invalidez?
La Comisión está conformada por personal médico y administrativo, designado por el Director Ejecutivo del IHSS, y funciona bajo un reglamento propio, que establece sus procedimientos, plazos y criterios de evaluación.
-
Enumere los requisitos para obtener una pensión por invalidez:
- Tres (3) años cotizados al IHSS, es decir, treinta y seis (36) cotizaciones en los seis (6) años anteriores a la declaración de la invalidez.
- Constancia de Trabajo del solicitante.
- Certificación de Acta de Nacimiento del solicitante.
- Fotocopia del Documento Nacional de Identificación (DNI) del solicitante.
- Copia del Informe del Accidente de Trabajo (cuando proceda).
- Constancia Médica Privada, si el caso lo amerita.
- Copia de la Última Incapacidad.
-
¿Medios por los cuales el paciente puede solicitar la evaluación?
- Que el médico tratante defina si la patología es permanente e invalidante.
- Que lo remitan de Trabajo Social.
- Que la solicite el paciente.