Resumen contrato de trabajo


Contrato de trabajo


Acuerdo entre dos personas por el que una de ellas, presta de forma voluntaria unos servicios de forma retribuida y bajo la dirección del empresario.

Elementos del contrato


Consentimiento, objeto y causa.

Personas que intervienen


Empresario y trabajador.

Formas de contrato


Escrito y de palabra (eventuales inferiores  a 4 semanas, indefinidos ordinarios)

Si un contrato no consta por escrito se considera que es a jornada completa y por tiempo indefinido salvo prueba en contra.

También se consideran a jornada completa y por tiempo indefinido, el contrato que incumple la ley, si el trabajador no ha sido dado de alta en la s. Social, si sobrepasa el tiempo máximo de un contrato temporal.

Periodo de prueba


Cualquiera de las partes puede dar por terminada la relación. Se hace por escrito. La duración se fija en convenio.

Modalidades de contratación:


Tipos de contrato:


Según jornada


Completa  y a tiempo parcial.

Según la duración


Tiempo indefinido o temporales.

Modalidades de contratación


Contratos temporales


Formativos (formación, practicas); Causales (por  obras, eventual, interinidad, relevo); Fomento de empleo (minusválidos, anticipación de la edad de jubilación).

Contactos indefinidos


Ordinarios, de fomento; tiempo indefinido, indefinido para minusválidos.

CONTRATO PARA LA Formación


Su objeto es la formación teórica y practica.

Requisitos: entre 16 y 21 años (no tiene límite para los minusválidos). No haber trabajados más de 12 mees antes en el puesto. No agotar la duración máx. De 2 años.

Duración: entre 6 meses y 2 años

No puede concertarse a tiempo parcial

Retribución según convenio no siento interior al salario mínimo interprofesional.

Las cuotas de s.Social las fija el gobierno.

CONTRA EN PRACTICAS


Obtención de prácticas profesional adecuado al nivel de estudios.

Disponer de titulación adecuada, no haber transcurrido más de 4 años desde que termino los estudios (6 para minusválidos)

Duración: no inferior a 6 meses ni superior a 2 años.

Jornada a tiempo completo. Retribución según convenio. Periodo  de prueba un mes para titulados de Grado medio, dos meses para titulados de grado superior.

CONTRATO TEMPORALES CASUALES

POR OBRA O SEVICIO DETERMINADO


Realización de obras o servicios determinados, duración hasta la realización de la obra, forma escrito.

CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTACIAS DE LA Producción


Se hace cuando lo exigen las circunstancias del mercado. Duración máx. De 6 a 12 mees solo se puede prorrogar 1 vez.Forma escrita.

CONTRATO DE INTERENIDAD


Para sustituir a trabajadores con derecho a reserva de plaza. Duración el tiempo en el que subsista el derecho.

CONTRATO DE RELEVO


Prestación de servicios por una parte de la jornada. Puede ser de jornada completa.

CONTRATO DE IN


SERCION: para la realización de obras de ínterés general, el salario es según convenio. Lo hace la admón.

CONTRATOS INDEFINIDOS

Común O ORDINARIO


Trabajadores por tiempo indefinido y a jornada completa. Puede ser verbal o escrito.

CONTRATO DE FOMENTO DE LA Contratación INDEFINIDAD


Trabajadores con dificultades de inserción. No se podrá hacer uso de eta modalidad de contratación se si han realizado despidos en los 6 meses anteriores.

CONTRATOS A TIEMPO PARCIAL

CONTRATO INDEFINIDO A TIEMPO PARCIAL


Prestación de servicios durante un número de horas. Se prohíbe las horas extras.                   

CONTATO PARA LA Realización DE TRABAJOS FIJOS DISCONTINUOS:


EL  CALENDARIO LABORAL


Lo propone el gobierno. El ayuntamiento y la c. Autónomos señalán sus respectivas fiestas. La empresa se señala las fechas de cierre de la empresa. Las fiestas laborales son de carácter retribuido y no recuperable.

VACACIONES:


EL periodo no puede ser inferior a los 30 días naturales. El trabajador tiene dº a conocer con dos meses de antelación. El dº a vacaciones es irrenunciable. Solo se admite la compensación en  el caso de que el trabajador tenga un contrato temporal y lo haya finalizado sin tomar vacaciones.

LA JORNADA


40 h semanales. Max 9 h diarias Entre el final de una jornada y el comienzo de la siguiente al menos 12 horas. Periodo de descanso no inferior a 15 minu si la jornada continuada excede de 6h. Descanso semanal de día y medio, acumulable cada 14.

SALARIO


Total de la percepciones económicas de los trabajadores, algunos pueden recibir una parata en especie que no superara el 30% del salario total.

COMPLEMENTO


Antigüedad, p.Extra, participación de beneficios, pluses, alojamiento,…..

PAGAS EXTRA


Dos repartidas , que pueden repartirse en 12 meses.

DIETAS Y GASTOS


Destinadas a cubrir gastos originados al trabajador como consecuencia de su actividad laboral.

DEDUCIONES


Retenciones k efectúa el estado sobre el salario

Retribución= salario – deducciones

El dinero que pagan los trabajadores en forma de decocciones alarias está destinado para cotizar a la s.Social, financiar formación, pagar el IRPF.

NOMINA


Pago de salario debe ser mensual, no podrá parar de un mes, justifica el pago del salario, casi todas las empresas las mandan por correo.

Declaración DE LA RENTA


Documento en el que se calcula la cantidad anual de renta de personas físicas que le toca pagar al trabajor. Depende de los rendimiento del trabajo y circunstancias familiar y económicas.

EL INFINITO


Cuando el contrato de trabajo se extingue, la empresa debe liquidar al trabajador las cantidades que le debe pro el salario de los últimos días, vacaciones no disfrutadas. Si se firma no puede reclamar luego.

SALARIO Mínimo INTERPROFESIONAL


Retribución mínima.

ESTATUTO DE LOS TRABA


Primera ley de derecho laboral entra en vigor el 10 de Marzo de 1980. Ha tenido muchas modificaciones.

SINDICATOS LABORALES


Mejora las condiciones laborales de los trabajadores.

Negociación COLECTIVA


Se hace entre los empleados y los trabajadores. Asegura salarios y condiciones de trabajo. Objetivos: definir normas, remuneraciones, condiciones de trabajo y productividad.

ACTIVIDAD SINDICAL


Organiza a los trabajadores

Afiliación SINDICAL


Son miembros los trabajadores que estén afiliados, prestan servicios jurídicos, de orientación, de formación, etc.

CONVENIOS COLECTIVOS


En ellos se anotan los acuerdos alcanzados, son de obligatorio cumplimiento

Clasificación PROFESIONAL se establece en el convenio.

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