Actividades excluidas del derecho laboral
Relación laboral: tiene que ser personal, voluntaria, por cuenta ajena, retribuida, dependiente.Personal: tiene que ser la que lleve a cabo el trabajo. Voluntaria: no puede ser forzada. Por cuenta ajena: el fruto del trabajo se lo lleva el empresario.Dependiente: se trabaja bajo las órdenes del empresario. RELACIONES EXCLUIDAS:Funcionarios(se rigen por lo administrativo) ,Prestaciones personales obligatorias(voluntariedad),Trabajos […]
