Transposición de la Directiva (UE) 2018/957 sobre Trabajadores Desplazados en España


1. Naturaleza de la Directiva (UE) 2018/957 y su Transposición

La norma que España ha transpuesto incorrectamente es una Directiva de la Unión Europea, concretamente la Directiva (UE) 2018/957 sobre trabajadores desplazados. Las directivas obligan a los Estados miembros únicamente respecto al resultado que deben lograr, dejando libertad para decidir la forma y los medios para alcanzarlo. A diferencia de los reglamentos, no son directamente aplicables y requieren una transposición al Derecho interno para que produzcan efectos completos, lo que implica adoptar normas nacionales que garanticen los derechos y obligaciones que la Directiva establece.

2. Plazos y Obligaciones de España

Antes del 30 de julio de 2020, España debía haber adoptado todas las medidas legislativas, reglamentarias y administrativas necesarias para incorporar plenamente al ordenamiento jurídico interno las disposiciones de la Directiva 2018/957. Esto incluía regular adecuadamente:

  • La remuneración de los trabajadores desplazados.
  • Las condiciones de alojamiento.
  • Las normas aplicables al desplazamiento de larga duración.
  • Otros derechos laborales mínimos en el Estado de acogida.

Además, España debía notificar a la Comisión Europea la transposición completa, indicando las normas concretas que daban cumplimiento a la Directiva.

3. Vías de Defensa para los Particulares

Cuando una Directiva no se ha transpuesto correctamente, los particulares pueden recurrir a varias vías para defender sus derechos:

  1. Interpretación conforme: Pedir al juez nacional que interprete el Derecho interno de manera compatible con la Directiva.
  2. Efecto directo vertical: Invocar aquellas disposiciones claras, precisas e incondicionales cuyo plazo de transposición haya vencido.
  3. Responsabilidad del Estado: Reclamar una indemnización si han sufrido daños por la incorrecta transposición, de acuerdo con los criterios establecidos por el TJUE en la doctrina Francovich.

4. El Papel del Juez Nacional ante el Incumplimiento

Un juez nacional que recibe la demanda de un trabajador desplazado cuya situación no está adecuadamente protegida por la norma española debe, en primer lugar, intentar realizar una interpretación conforme del Derecho nacional, ajustándolo a los objetivos y contenido de la Directiva. Si esta interpretación no fuera posible porque la ley interna es claramente incompatible, el juez debe:

  • Aplicar directamente aquellas disposiciones de la Directiva que reúnan los requisitos del efecto directo vertical.
  • Dejar inaplicada la normativa nacional contraria.
  • Informar al particular de la posibilidad de reclamar responsabilidad patrimonial al Estado por la falta o deficiente transposición.

5. Condiciones para la Aplicación Directa de la Directiva

Un individuo puede invocar la aplicación directa de ciertas disposiciones de la Directiva sobre el desplazamiento de trabajadores, siempre que se cumplan las condiciones jurisprudenciales del TJUE. Esto requiere que la disposición sea clara, precisa e incondicional, y que el plazo de transposición haya expirado sin que el Estado la haya transpuesto correctamente. Este efecto directo solo puede hacerse valer frente al Estado o entidades dependientes de él (efecto directo vertical), pero nunca contra otro particular o una empresa privada, dada la ausencia de efecto directo horizontal de las directivas.

6. El Procedimiento de Infracción de la Comisión Europea

Ante la constatación de que España no había transpuesto correctamente la Directiva, la Comisión Europea inició un procedimiento de infracción conforme al artículo 258 TFUE. El proceso se desarrolló de la siguiente manera:

  • Carta de emplazamiento: Comunicación inicial del incumplimiento a España.
  • Dictamen motivado: Tras analizar la respuesta española, la Comisión exigió la corrección de la situación en un plazo determinado.
  • Fase judicial: Ante la falta de corrección suficiente, se decidió llevar el asunto ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

7. Fases del Recurso por Incumplimiento

El procedimiento seguido por la Comisión comenzó con la fase precontenciosa, en la que envió a España la carta de emplazamiento y el dictamen motivado. Cuando España no corrigió el incumplimiento en el plazo fijado, la Comisión inició la fase contenciosa, presentando un recurso por incumplimiento ante el TJUE. Además, al tratarse de una falta de transposición, la Comisión, según el artículo 260.3 TFUE, pudo solicitar directamente la imposición de sanciones económicas al Estado, lo que el Tribunal finalmente concedió.

8. El Recurso por Incumplimiento (Artículos 258 y 260 TFUE)

El recurso que interpone la Comisión Europea contra un Estado miembro que no ha cumplido sus obligaciones se denomina recurso por incumplimiento. Es el instrumento mediante el cual la Comisión pide al Tribunal de Justicia que declare que un Estado ha vulnerado el Derecho de la Unión, ya sea por:

  • No haber transpuesto una Directiva.
  • Haberla transpuesto de forma incorrecta.
  • Haber aplicado erróneamente el Derecho europeo.

9. Consecuencias de la Sentencia del TJUE y Sanciones

Tras la sentencia del TJUE, España debía transponer completamente la Directiva, corregir todas las deficiencias señaladas por el Tribunal y notificar oficialmente a la Comisión las medidas adoptadas. Solo cuando la Comisión verificara que el incumplimiento había cesado se dejaría de acumular la multa coercitiva diaria. La imposición de sanciones económicas en estos casos es habitual en la no transposición de Directivas, ya que el artículo 260.3 TFUE permite al Tribunal imponer multas desde la primera sentencia para garantizar un cumplimiento rápido y efectivo.

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