Que es tribunal consuetudinario


Enumeración de los tribunales especiales constitucionales

Tribunal Constitucional


159 a 165 CELO 2/1979, de 3 de octubre.

competencias(art. 161 CE), intérprete supremo de la CE funciones básicas control de la constitucionalidad de las leyes y la tutela de los Derecho Fundamentales.

Composición


12 magistrados, nombrados por el Rey, por un periodo de 9 años, renovándose cada 3 años por terceras partes, sin reelección, y a propuesta:

4 del Congreso de los Diputados, por mayoría de 3/5, 4 del Senado, por mayoría de 3/5, 2 del CGPJ, por mayoría de 3/5, 2 del Gobierno

Crítica


Sistema  muy politizado, lleva a cuestionar independencia de los magistrados

Tribunal de Cuentas


136 CE,  LLOO 2/1982 de 3 de octubre, y 7/1988, de 5 de abril.

competencias, supremo órgano fiscalizador de las cuentas y gestión económica del Estado y del sector público.

compone por 12 consejeros de Cuentas, designados por un periodo de 9 años:

6 por el Congreso de los Diputados, por mayoría de 3/5, 6 por el Senado, por mayoría de 3/5.Los Consejeros también poseen un régimen estatutario similar al de los jueces.

Tribunales militares artículo 117.5 CELO 4/1987, de 15 de julio, y otras.

competencias, muy limitadas, ya que se limita al ámbito castrense y supuestos de estado de sitio.

Organizado


Sala V del Tribunal Supremo (pte. + 7 magistrados), Tribunal Militar Central, con competencia nacional (sede en Madrid), 5 Tribunales Militares Territoriales, Juzgados Togados Militares Territoriales, que instruyen las causas que juzgan los Tribunales Militares Territoriales

Tribunales consuetudinarios y tradicionales

EL TRIBUNAL DE LAS AGUAS DE LA VEGA DE VALENCIA


Origen desconocido milenario, siglos XIII y XIV.

Regula


  Decreto de 5 de abril de 1932.

compone de 8 síndicos-jueces, correspondientes a las acequias y comunidades de regantes de la Vega de Valencia, elegidos democráticamente por 3 años y posibilidad de reelección.

La diferencia entre síndicos (funciones advas) y jueces (funciones jurisdisccionales)

CONSEJO DE HOMBRES BUENOS DE LA HUERTA DE MURCIA


Tribunal Especial Constitucional
  LO 13/1999artículo 19.4 LOPJ

origen época denominación árabe, documentado desde 1614, regulado por distintas Ordenanzas de la Huerta de Murcia, que organizan los ríos de la Vega.

Preside el Alcalde del Ayuntamiento, donde se celebre la audiencia pública. Sus fallos se dictan de plano y por mayoría absoluta. El alcalde es autoridad de ejecución, resuelve el recurso de nulidad o de injusticia notoria.

Tribunal del Juradoartículo 125 CELO 5/1995, de 22 de mayo.

Composición


Se incardina de forma ordinaria en la Audiencia Provincial, y en los casos de aforamiento en el TSJ o en el TS. Está compuesto por el Magistrado-Presidente, 9 jurados populares (ciudadanos legos), y 2 jurados suplentes.

Competencias: OBJETIVA(art. 1 LOTJ): Delitos contra las personas. Delitos cometidos por los funcionarios públicos en el ejercicio de sus cargos; delitos de omisión del deber de socorro.

FUNCIONAL

Es apelable ante la Sala Civil y Penal TSJ; la sala STSJ, es apelable en casación ante el TS.

Los tribunales supranacionales:


su fundamento se encuentra en  93 CE y 2.1 LOPJ, y en las relaciones jurídicas internacionales.

Tribunal Europeo de Derechos Humanos


Se regula en el Convenio Europeo de Derechos Humanos, firmado en Roma en 1950, ratificado por España en 1979. Posteriormente ha sufrido numerosas e importantes reformas en su organización y funcionamiento.

Competencias


Interpreta y aplica el CEDH y sus numerosos protocolos son los particulares pueden presentar demanda ente este Tribunal, sin control previo.

compone número de jueces igual al de Estados parte del Consejo de Europa actualmente 47. Los jueces son elegidos por la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, por un periodo de 9 años. Carácter permanente, su reglamento de funcionamiento es de 29 de mayo de 2006, y su sede está en Estrasburgo.

Actuar mediante


Jueces únicos (admisión/inadmisión de demandas), Comités (3 jueces, admite las demandas individuales), Salas (7 jueces, admite demandas de Estados Miembros, así como las demandas individuales si no se pronuncian los Comités), Gran Sala (formado por 17 jueces)


Los Tribunales de Justicia de la Unión Europea


Tratado de Lisboa de 13 de diciembre de 2007. Tiene su sede en Luxemburgo.

Composición:


TRIBUNAL DE JUSTICIA


Compuesto por 1 juez de cada Estado miembro (27) designado por cada Gobierno.


Competencias: Aplicación por los Estados del Derecho Comunitario y recursos contra resoluciones del Tribunal General.

Se divide en Pleno (27 jueces), Gran Sala (13 jueces) y Salas (3 ó5 jueces)


TRIBUNAL GENERAL


Está compuesto, al menos, por 1 juez de cada Estado miembro. competencias muy amplias, conoce pretensiones interpuestas por los ciudadanos contra la UE.

Es el Tribunal “ordinario” o de “primera instancia”


TRIBUNALES ESPECIALIZADOS


Creados exclusivamente para conocer de determinadas materias.


La Corte Penal Internacional


No es órgano de ONU, es organización internacional con personalidad jurídica propia.


Creada por un grupo de Estados, constituyendo una jurisdicción común, que ejerce de manera subsidiaria, en caso de que el Estado competente no esté dispuesto a iniciar el proceso penal correspondiente o no pueda hacerlo. Origen en los Tribunales constituidos tras la IIGM, en Núremberg y Tokio, y posteriormente para Yugoslavia o Ruanda.

CPI, fue definitivamente constituido el 17-7-98 cuando se aprueba su Estatuto, para el enjuiciamiento de los crímenes más graves contra la humanidad y sus autores incluidos Jefes de Estado. Entra en vigor el 1-7-2002, y, destaca que no fue ratificado ni por USA, china e Israel, y comenzó a funcionar en 2003.

Por otro lado, los Magistrados son elegidos por la Asamblea de los Estados parte, existiendo una doble instancia (1ª instancia y apelación)

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