1. Clasificaciones de los Ingresos Públicos
Los ingresos públicos son el conjunto de sumas percibidas, mayoritariamente en dinero, por el Sector Público (SP) para cubrir sus gastos. Los impuestos son la principal fuente de financiación (75-80%).
1.1 Adam Smith (1776)
- Ingresos ordinarios: Voluntarios. El SP obtiene ingresos como un particular (ej. dividendos, intereses).
- Ingresos derivados: Coactivos. Basados en la soberanía fiscal, se exigen por ley (ej. IRPF).
1.2 Edwin Seligman (1859)
- Ingresos gratuitos: Cesión voluntaria sin contraprestación (ej. donativos).
- Ingresos contractuales: A cambio de una contraprestación. Financian servicios de solicitud voluntaria. Incluye precios:
- Privado: P = C’ (maximización beneficio, ej. Correos).
- Cuasi privado: Inferior al privado, con fin social (ej. venta de madera pública).
- Público: P = C* (cubre coste medio, sin lucro, ej. agua, alcantarillado).
- Político: P < C* (origina pérdidas, incentiva consumo, ej. educación superior).
- Ingresos coactivos (derivados de):
- Dominio eminente: Expropiaciones (SP paga menos del mercado).
- Poder penal: Multas y sanciones.
- Poder fiscal: Tributos (principal fuente). Exigidos por ley al realizar el hecho imponible.
- Tasas: SP realiza actividad o servicio que beneficia/afecta particularmente al contribuyente, no es voluntario ni lo presta el sector privado (ej. DNI, basuras).
- Contribuciones especiales: SP realiza una obra pública o amplía un servicio que beneficia especialmente a ciertos sujetos (ej. alumbrado, pavimento).
- Impuestos: Obligatorios, sin contraprestación directa, gravan la capacidad económica (renta, patrimonio, consumo). Ej. IRPF, IVA.
1.3 Fritz Neumark (1974)
- Ingresos de la economía pública: Empresas públicas y transferencias internas; transferencias externas (unilaterales: FEDER; bilaterales: intereses de préstamos).
- Ingresos de la economía privada:
- Principio de contraprestación: Ventas, ingresos patrimoniales (alquiler, dividendos), variaciones patrimoniales (venta de activos, deuda pública voluntaria).
- Principio de soberanía fiscal: Tasas, contribuciones especiales, impuestos, deuda pública forzosa, señoreaje (beneficio por emitir moneda), revalorización de activos (inflación).
2. El Impuesto: Concepto, Elementos y Clasificaciones
El impuesto es una transferencia económica negativa, coactiva, establecida por ley, sin contraprestación directa, que grava la capacidad económica (renta, patrimonio, consumo).
2.1 Glosario de términos impositivos
- Sujeto activo: Ente público con capacidad para establecer el impuesto (Estado, CCAA, municipios).
- Sujeto pasivo: Obligado por ley. Incluye al contribuyente (titular de la capacidad económica), sustituto (asume obligaciones), sujeto pasivo jurídico (pago material) y sujeto pasivo económico (soporta la carga).
- Objeto imponible: Manifestación de capacidad económica que se grava (ej. renta en IRPF, consumo en IVA).
- Hecho imponible: Acto o circunstancia que origina la obligación tributaria. Incluye no sujeción (no nace obligación) y exención (la ley exime del pago).
- Base imponible (BI): Cuantificación del hecho imponible (estimación directa, objetiva o indirecta).
- Base liquidable (BL): BI – Reducciones.
- Tipo impositivo (gravamen): Se aplica a la BL (unitario o ad valorem).
- Tipo nominal: Cuota íntegra / BL.
- Tipo medio efectivo (tme): Cuota líquida / BI.
- Tipo marginal (tma): Tipo aplicado al último tramo de la BL.
- Cuota íntegra (CI): Tipo gravamen × BL.
- Cuota líquida (CL): CI – Deducciones, bonificaciones, desgravaciones.
- Cuota diferencial (CD): CL – Pagos fraccionados y retenciones.
- Deuda tributaria: CD + Recargos.
- Recargos: Adiciones a la cuota por motivos legales.
- Liquidación impositiva: Pago de la deuda.
- Periodo impositivo: Plazo en que se fracciona el hecho imponible.
- Devengo del impuesto: Momento en que se realiza el hecho imponible.
- Devengo de la obligación tributaria: Momento en que se exige el pago.
- Fuentes del impuesto: Renta o patrimonio.
2.2 Clasificación de los impuestos
- Por el sujeto pasivo: Personales (ej. IRPF) y Reales (ej. IVA, IBI).
- Por la base imponible: Renta, riqueza o consumo.
- Por el tipo impositivo: Unitarios o Ad valorem (progresivo, proporcional, regresivo).
- Por directos / indirectos:
| Criterio | Impuestos Directos | Impuestos Indirectos |
|---|---|---|
| Administrativo | Relación directa AP-contribuyente | Se recaudan con el precio |
| Capacidad de pago | Manifestaciones directas (renta, riqueza) | Manifestaciones indirectas (consumo) |
| Traslación | Coincidencia quien paga/soporta | No hay coincidencia |
| Ejemplos | IRPF, IS, IP, IBI | IVA, Impuestos Especiales, TPyAJD |
Nota: Las cotizaciones a la Seguridad Social gravan rentas del trabajo con fin específico.
