Conceptos Clave del Derecho Laboral: Relaciones, Fuentes y Jerarquía Normativa


Conceptos Clave del Derecho Laboral

Relaciones Laborales

La relación laboral es aquella que cumple las características de:

  • Individualidad: Se tiene que presentar el propio trabajador.
  • Voluntaria: No puede estar obligado a trabajar.
  • Por cuenta ajena: El fruto no es del trabajador, sino del empresario.
  • Retribuida: Recibe un salario.
  • Dependiente: El trabajador está sometido al poder de organización y disciplina del empresario.

Relaciones Laborales Especiales

Son aquellas que cuentan con normativa propia, como:

  • El personal de dirección.
  • El servicio de hogar familiar.
  • Los penados.
  • Los deportistas profesionales.
  • Los artistas en espectáculos públicos.
  • Representantes de comercio que no corren riesgos en la operación.
  • Discapacitados en centros especiales de empleo.
  • Los estibadores portuarios.
  • Cualquier otro trabajo declarado especial por ley.

Relaciones No Laborales

Son ajenas al derecho laboral, son:

  • La relación de servicio de funcionarios públicos.
  • Las prestaciones obligatorias.
  • La de consejeros en empresas societarias.
  • Los trabajos familiares.
  • Los agentes comerciales que asumen el riesgo de la operación.
  • La actividad de los transportistas con autorización administrativa.
  • Autónomos.

El Derecho

Definición de Derecho

Es el conjunto de principios y normas jurídicas a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad, cuyos individuos pueden ser obligados a su cumplimiento.

Clasificación del Derecho

  • Público: Se ocupa de los intereses colectivos. Las subdivisiones son el derecho administrativo, derecho financiero, derecho procesal.
  • Privado: Se ocupa de los intereses particulares. Las subdivisiones son el derecho civil, derecho mercantil, derecho laboral (de naturaleza mixta público-privado).

Formas de Manifestación de las Normas Jurídicas

Las normas que constituyen el derecho se manifiestan de las siguientes formas:

  • La ley: Conjunto de normas jurídicas escritas.
  • La costumbre: Modo de actuar de una colectividad en materias no reguladas por normas escritas, cuyo cumplimiento es obligatorio.
  • Los principios generales del derecho: Reglas cuando no hay ley ni costumbres.

Orden de Aplicación de las Normas

El orden en que se aplican estas normas es:

  1. La ley.
  2. La costumbre.
  3. Los principios generales de derecho.

Normas Jurídicas Escritas

  • Reales Decretos Legislativos: Normas con rango de ley que emanan del ejecutivo por delegación del parlamento. Dos tipos: textos articulados (desarrollan una ley base) y textos refundidos (recopilación de normas dispersas sobre una materia).
  • Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno: Normas que se aprueban a través de comisiones delegadas del gobierno.
  • Resoluciones: Normas dictadas, normalmente, por las direcciones generales.

Jerarquía General de las Normas Jurídicas

Una norma situada en un rango inferior no puede contradecir una superior.

  1. Constitución (Poder Legislativo).
  2. Leyes Orgánicas (Poder Legislativo).
  3. Leyes Ordinarias (Poder Legislativo) y Reales Decretos Leyes y Reales Decretos Legislativos (Poder Ejecutivo, con igual rango que las leyes ordinarias).
  4. Reales Decretos (del Consejo de Ministros) (Poder Ejecutivo).
  5. Órdenes de Comisiones Delegadas (Poder Ejecutivo).
  6. Órdenes Ministeriales (Poder Ejecutivo).

El Derecho Laboral

Definición de Derecho Laboral

Es la rama del derecho que regula las relaciones individuales y colectivas que se desarrollan en el ámbito profesional y que tienen su origen en el trabajo prestado de forma personal, voluntaria, por cuenta ajena, retribuida y en dependencia del empresario.

Fuentes del Derecho Laboral

Características de las Fuentes
  • Existen las fuentes propias (como convenios colectivos o con peculiaridades).
  • Las de menor rango amplían o mejoran los derechos de los trabajadores.
  • Existen unos principios especiales de aplicación e interpretación de las normas laborales.
Clasificación: Externas e Internas

Las fuentes pueden ser externas (fuera del territorio español) o internas.

Fuentes Externas

Con el objetivo de armonizar las condiciones de trabajo nace la OIT (Organización Internacional del Trabajo).

Tipos de fuentes externas:

  • Reglamentos comunitarios: Ley comunitaria directamente aplicable en todos los estados miembros.
  • Directivas comunitarias: Cuando su contenido es claro e incondicionado debe aplicarse directamente.
  • Convenios de la OIT.
  • Tratados o convenios bilaterales o multilaterales: Se refiere a acuerdos entre dos o más estados cuya finalidad es la protección de trabajadores inmigrantes.
Fuentes Internas

Tipos de fuentes internas:

  • Convenios colectivos: Acuerdos entre representantes de los trabajadores y los empresarios.
  • Contrato de trabajo: Es una fuente de relación laboral que afecta a la relación concreta entre un empresario y un trabajador.

Jerarquía de las Normas Laborales

  1. Las normas comunitarias directamente aplicables (Fuentes Externas).
  2. Constitución Española (Fuentes Internas, aunque de origen externo en parte por tratados).
  3. Convenios OIT y tratados o convenios bilaterales o multilaterales (Fuentes Externas).
  4. Leyes Orgánicas (Fuentes Internas).
  5. Leyes Ordinarias y normas de rango de ley (Fuentes Internas).
  6. Reglamentos (Fuentes Internas).
  7. Convenios Colectivos (Fuentes Internas).
  8. Contratos de Trabajo (Fuentes Internas).
  9. Costumbre Laboral (Fuentes Internas).
  10. Principios del Derecho Laboral.

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *