Conceptos Clave del Derecho Laboral
Relaciones Laborales
La relación laboral es aquella que cumple las características de:
- Individualidad: Se tiene que presentar el propio trabajador.
- Voluntaria: No puede estar obligado a trabajar.
- Por cuenta ajena: El fruto no es del trabajador, sino del empresario.
- Retribuida: Recibe un salario.
- Dependiente: El trabajador está sometido al poder de organización y disciplina del empresario.
Relaciones Laborales Especiales
Son aquellas que cuentan con normativa propia, como:
- El personal de dirección.
- El servicio de hogar familiar.
- Los penados.
- Los deportistas profesionales.
- Los artistas en espectáculos públicos.
- Representantes de comercio que no corren riesgos en la operación.
- Discapacitados en centros especiales de empleo.
- Los estibadores portuarios.
- Cualquier otro trabajo declarado especial por ley.
Relaciones No Laborales
Son ajenas al derecho laboral, son:
- La relación de servicio de funcionarios públicos.
- Las prestaciones obligatorias.
- La de consejeros en empresas societarias.
- Los trabajos familiares.
- Los agentes comerciales que asumen el riesgo de la operación.
- La actividad de los transportistas con autorización administrativa.
- Autónomos.
El Derecho
Definición de Derecho
Es el conjunto de principios y normas jurídicas a que están sometidas las relaciones humanas en toda sociedad, cuyos individuos pueden ser obligados a su cumplimiento.
Clasificación del Derecho
- Público: Se ocupa de los intereses colectivos. Las subdivisiones son el derecho administrativo, derecho financiero, derecho procesal.
- Privado: Se ocupa de los intereses particulares. Las subdivisiones son el derecho civil, derecho mercantil, derecho laboral (de naturaleza mixta público-privado).
Formas de Manifestación de las Normas Jurídicas
Las normas que constituyen el derecho se manifiestan de las siguientes formas:
- La ley: Conjunto de normas jurídicas escritas.
- La costumbre: Modo de actuar de una colectividad en materias no reguladas por normas escritas, cuyo cumplimiento es obligatorio.
- Los principios generales del derecho: Reglas cuando no hay ley ni costumbres.
Orden de Aplicación de las Normas
El orden en que se aplican estas normas es:
- La ley.
- La costumbre.
- Los principios generales de derecho.
Normas Jurídicas Escritas
- Reales Decretos Legislativos: Normas con rango de ley que emanan del ejecutivo por delegación del parlamento. Dos tipos: textos articulados (desarrollan una ley base) y textos refundidos (recopilación de normas dispersas sobre una materia).
- Órdenes de las Comisiones Delegadas del Gobierno: Normas que se aprueban a través de comisiones delegadas del gobierno.
- Resoluciones: Normas dictadas, normalmente, por las direcciones generales.
Jerarquía General de las Normas Jurídicas
Una norma situada en un rango inferior no puede contradecir una superior.
- Constitución (Poder Legislativo).
- Leyes Orgánicas (Poder Legislativo).
- Leyes Ordinarias (Poder Legislativo) y Reales Decretos Leyes y Reales Decretos Legislativos (Poder Ejecutivo, con igual rango que las leyes ordinarias).
- Reales Decretos (del Consejo de Ministros) (Poder Ejecutivo).
- Órdenes de Comisiones Delegadas (Poder Ejecutivo).
- Órdenes Ministeriales (Poder Ejecutivo).
El Derecho Laboral
Definición de Derecho Laboral
Es la rama del derecho que regula las relaciones individuales y colectivas que se desarrollan en el ámbito profesional y que tienen su origen en el trabajo prestado de forma personal, voluntaria, por cuenta ajena, retribuida y en dependencia del empresario.
Fuentes del Derecho Laboral
Características de las Fuentes
- Existen las fuentes propias (como convenios colectivos o con peculiaridades).
- Las de menor rango amplían o mejoran los derechos de los trabajadores.
- Existen unos principios especiales de aplicación e interpretación de las normas laborales.
Clasificación: Externas e Internas
Las fuentes pueden ser externas (fuera del territorio español) o internas.
Fuentes Externas
Con el objetivo de armonizar las condiciones de trabajo nace la OIT (Organización Internacional del Trabajo).
Tipos de fuentes externas:
- Reglamentos comunitarios: Ley comunitaria directamente aplicable en todos los estados miembros.
- Directivas comunitarias: Cuando su contenido es claro e incondicionado debe aplicarse directamente.
- Convenios de la OIT.
- Tratados o convenios bilaterales o multilaterales: Se refiere a acuerdos entre dos o más estados cuya finalidad es la protección de trabajadores inmigrantes.
Fuentes Internas
Tipos de fuentes internas:
- Convenios colectivos: Acuerdos entre representantes de los trabajadores y los empresarios.
- Contrato de trabajo: Es una fuente de relación laboral que afecta a la relación concreta entre un empresario y un trabajador.
Jerarquía de las Normas Laborales
- Las normas comunitarias directamente aplicables (Fuentes Externas).
- Constitución Española (Fuentes Internas, aunque de origen externo en parte por tratados).
- Convenios OIT y tratados o convenios bilaterales o multilaterales (Fuentes Externas).
- Leyes Orgánicas (Fuentes Internas).
- Leyes Ordinarias y normas de rango de ley (Fuentes Internas).
- Reglamentos (Fuentes Internas).
- Convenios Colectivos (Fuentes Internas).
- Contratos de Trabajo (Fuentes Internas).
- Costumbre Laboral (Fuentes Internas).
- Principios del Derecho Laboral.