La Gestación del Estado Constitucional (I)
El Estado Absoluto como Primera Manifestación del Estado Moderno
El Estado absoluto es el primer modelo de Estado moderno. Surge con la imposición del rey sobre el conjunto de la nobleza y se consolida como el poder supremo entre los siglos XV y finales del XVIII.
Su concepción deriva de la expresión latina legibus solutus, que significa «absuelto de la ley» o «al margen de la ley». Es la ordenación política de una sociedad basada en el poder ilimitado ejercido por una sola persona: el rey, quien posee, ejerce y transmite el poder absoluto.
La figura del rey da unidad en el tiempo y en el territorio, y traslada la idea de continuidad del poder político a través de la dinastía, que se dota de una legitimación de carácter religioso.
Socialmente, el mercantilismo propicia el ascenso de la burguesía, que comienza a competir con la nobleza por la posesión del poder.
Grandes Teóricos del Absolutismo
Existen cuatro grandes teóricos que fundamentaron la idea del Estado absoluto:
- Maquiavelo: Jurista y político florentino, es considerado el creador del concepto moderno de Estado. En su obra El Príncipe (1513), tomando como referencia a figuras como Fernando el Católico y los Borgia, concibe la política como una actividad autónoma y al Estado como la organización estable del poder en la sociedad.
- Jacobo I de Inglaterra: A través de sus escritos, como su «Tratado de educación», construyó la justificación ideológica del derecho divino de los reyes. Transmitió su idea de la monarquía como un poder absoluto dentro del Estado, tomando como modelo una epístola de San Pablo a los romanos. Entendía que el rey no solo tiene un poder de origen divino, sino que es el vicario de Dios, lo que hacía su poder inviolable y evitaba el tiranicidio.
- Jean Bodin: En Los seis libros de la República (1576), elaboró la construcción semántica e ideológica del concepto de soberanía. Su objetivo era secularizar el poder y garantizar su permanencia dentro del Estado, reforzando así al propio Estado. Para Bodin, el poder soberano es detentado por el rey, identificando la figura del monarca con la soberanía. Sin embargo, entendió que existían límites a este poder, como la ley sálica, la obligación de cumplir los contratos (pacta sunt servanda) o el reconocimiento de derechos como los de la Carta Magna.
- Thomas Hobbes: En su obra El Leviatán (1651), es el principal responsable ideológico del contrato social desde una perspectiva absolutista. Partiendo de la idea de que «el hombre es un lobo para el hombre» (homo homini lupus), Hobbes argumenta que los individuos ceden su poder a un soberano (el rey) para que este garantice su defensa y seguridad.
Características y Evolución del Estado Absoluto
El Estado absoluto representa la máxima concentración del poder político, con un sometimiento de todos los cuerpos intermedios. Con él, aparece el concepto de pueblo unificado bajo un territorio y una autoridad, y la idea de súbdito adquiere una nueva dimensión. La frase de Luis XIV, «El Estado soy yo», resume esta concepción. El rey se auxiliaba de cuerpos consultivos, como los consejos reales, y de secretarios para el poder ejecutivo.
En este modelo no existen derechos fundamentales, aunque hay un avance en el derecho natural. Los límites reales al poder del rey eran la burocracia y la necesidad de financiación.
Esta concepción evoluciona, y en el siglo XVIII se produce una transformación ideológica hacia el despotismo ilustrado. El papel del soberano se modifica, como ejemplifica Federico de Prusia, quien se veía como «el primer servidor del pueblo». Empieza a surgir la idea de que los poderes necesitan ser divididos y compartidos. Los enciclopedistas tuvieron una gran influencia en esta evolución, promoviendo el reconocimiento de los derechos de los ciudadanos.
La Crisis del Modelo Absolutista
A finales del siglo XVIII, el Estado absoluto entra en crisis, dando paso al Estado liberal constitucional. Esta crisis se produce por una confluencia de factores:
- Factores económicos: Una grave crisis económica generalizada, donde la agricultura no era suficiente para abastecer a la población.
- Factores sociales: El conflicto latente entre la burguesía ascendente y la aristocracia aferrada a sus privilegios.
- Factores doctrinales e ideológicos: Se gestan las ideas liberales que se oponen frontalmente al poder absoluto. Pensadores como Montesquieu presentan la división de poderes como una necesidad. Además, la Reforma protestante había introducido una nueva forma de entender la relación del individuo con el poder, en contraste con la posición de la Iglesia católica.
Presupuestos Ideológicos del Liberalismo
El liberalismo es una corriente política e ideológica basada en dos principios sustanciales: la actuación de los poderes públicos no puede ser arbitraria y debe garantizarse la libre expresión y pensamiento. Estas ideas, fundamentales en la construcción de naciones como Estados Unidos, dan lugar al Estado liberal constitucional.
La construcción intelectual de este Estado se inicia con los pensadores de la Ilustración y culmina con eventos como la Revolución Francesa o la Constitución española de 1812.
Dos ideas básicas sustentan esta ideología:
- Una concepción positiva de la condición humana: Se considera que el ser humano es bueno por naturaleza y posee derechos naturales por el mero hecho de ser persona.
- La idea del pacto social como fundamento de la comunidad política para la protección de dichos derechos.
Pensadores Clave del Liberalismo
John Locke
En sus Dos tratados sobre el gobierno civil (1690), Locke reconoce el derecho natural, es decir, derechos innatos a la persona que son anteriores al gobierno. Su idea del pacto social difiere de la de Hobbes: el poder se entrega a la comunidad para garantizar los derechos de todos. Contempla una división de poderes entre el poder ejecutivo y el legislativo (que considera el poder supremo), y añade un poder federativo, encargado de la seguridad del Estado en las relaciones internacionales. Para Locke, es necesario vivir bajo leyes ciertas y estables para mantener la seguridad jurídica.
Montesquieu
En su obra El espíritu de las leyes (1748), desarrolla su construcción teórica más influyente: la teoría de la división de poderes. Sugiere una doble división:
- Sentido vertical: Deben existir poderes intermedios entre quien ostenta el poder y los ciudadanos.
- Sentido horizontal: El poder legislativo, el ejecutivo y el judicial deben estar claramente diferenciados. Considera que todo poder tiende a expansionarse y, por ello, debe ser limitado mediante un sistema de contrapesos (checks and balances).
Para Montesquieu, el poder legislativo hace, modifica y deroga las leyes; el poder ejecutivo declara la paz y la guerra; y el poder judicial, de carácter no permanente, es determinante para la libertad.
Jean-Jacques Rousseau
En El contrato social (1762), parte de la bondad natural del hombre. Sostiene que el individuo no está sujeto al poder del príncipe, sino únicamente a la voluntad general. La ley es la expresión de esta voluntad general, y de aquí emana el concepto de soberanía popular. Rousseau no admite la representación política tradicional, pues puede significar la tiranía de la mayoría.
Emmanuel-Joseph Sieyès
En su panfleto ¿Qué es el Tercer Estado? (1788), define el concepto de nación como un cuerpo de asociados que viven bajo una legislación común y están representados por la misma legislatura. De aquí deriva el concepto de soberanía nacional: el poder corresponde a la nación, que encuentra su representación en el Parlamento. Con ello, aparece el concepto de ciudadanía, ya que la nación está integrada por ciudadanos.
Características del Estado Liberal
El Estado liberal es, por definición, constitucional, lo que implica una Constitución escrita y la división de poderes. Se basa en los siguientes principios:
- Soberanía nacional: El poder reside en la nación.
- Parlamento representativo: Es homogéneo (no estamental) y electivo, aunque mediante sufragio censitario. Representa al conjunto de la nación y controla al poder ejecutivo.
- Garantía de derechos y libertades: El Estado es inhibicionista, es decir, su función principal es no interferir en la libertad individual.
- Estado de Derecho: El Estado liberal es el primer modelo de Estado de Derecho.
El Concepto de Estado de Derecho
Acuñado por el autor alemán Von Mohl en el siglo XIX, el Estado de Derecho se define por el imperio de la ley. Sin embargo, la mera primacía formal de la ley no es suficiente. Un verdadero Estado de Derecho es aquel que está materialmente sometido a la ley, garantizando la libertad, la dignidad y los derechos de las personas. Esto implica:
- Una aceptación de la ley como expresión de la voluntad popular.
- La separación de poderes.
- El reconocimiento y garantía de los derechos y libertades.
- El sometimiento de la Administración al principio de legalidad.
El autor italiano Mortati explica la evolución del Estado de Derecho en tres momentos:
- Estado legal de derecho: La ley es la máxima garantía para los derechos y libertades.
- Garantía judicial: Se añade la protección de un poder judicial independiente para exigir el cumplimiento de la ley.
- Estado constitucional: La Constitución se erige como norma suprema, vinculando a todos los poderes públicos y ciudadanos.
Las Revoluciones Liberales y el Nacimiento del Estado Constitucional
El tránsito del absolutismo al Estado constitucional se materializó a través de tres grandes revoluciones, que no fueron un fenómeno homogéneo y ocurrieron en momentos diferentes:
- La Revolución Gloriosa inglesa (1688)
- La Revolución de Estados Unidos (1776)
- La Revolución Francesa (1789)
La Revolución Inglesa
A diferencia de las otras, la revolución inglesa no buscaba sustituir un modelo por otro, sino conservar el orden existente frente a las tendencias absolutistas del rey Jacobo II. Su intento de imponer el catolicismo provocó que las fuerzas políticas buscaran una alternativa en su hija María II y su esposo protestante, Guillermo de Orange. Jacobo II abdicó y los nuevos monarcas aceptaron el Bill of Rights (Declaración de Derechos) de 1689, que establecía importantes límites a la Corona:
- El rey no puede suspender o vetar leyes sin el consentimiento del Parlamento.
- No se pueden crear tribunales de excepción.
- El rey no puede recaudar impuestos ni mantener un ejército permanente sin permiso del Parlamento.
- Se reconoce el derecho de los ciudadanos a portar armas.
- Se garantiza la libre actuación de los jurados y la libertad de expresión de los miembros del Parlamento (inviolabilidad parlamentaria).
- El rey debe convocar periódicamente al Parlamento.
Este texto se completó con otras actas, como el Acta de Tolerancia (1689) y el Acta de Establecimiento (1701). Así, Inglaterra transitó de una monarquía constitucional (con soberanía compartida entre rey y Parlamento) a una monarquía parlamentaria, donde el gobierno, encabezado por un primer ministro, necesita la confianza del Parlamento para gobernar.
La Revolución Norteamericana
Este proceso sí fue una revolución en sentido estricto: una ruptura violenta para sustituir un orden político por otro, dando lugar a un proceso de independencia. El conflicto entre las 13 colonias y la metrópoli británica tuvo un origen económico, agravado por la Ley del Sello de 1765, que imponía impuestos sin representación. Tras los congresos de 1774 y 1775, las colonias aprobaron la Declaración de Independencia el 4 de julio de 1776.
Cada una de las nuevas colonias se dotó de su propia Constitución, como la de Virginia, que incluyó la primera declaración de derechos moderna. Inicialmente organizadas en una confederación, la necesidad de una unión más fuerte llevó a la aprobación de la Constitución de Estados Unidos en 1787. Este texto, junto con sus diez primeras enmiendas (el Bill of Rights), aportó al constitucionalismo:
- El modelo de Estado federal.
- La forma de gobierno presidencialista.
- La concepción de la Constitución como norma jurídica suprema.
La Revolución Francesa
Fue un proceso largo y convulso, que dio lugar a cuatro Constituciones (1791, 1793, 1795 y 1799) antes del ascenso de Napoleón. Sus causas fueron múltiples:
- Económicas: Una situación catastrófica, con una nobleza y clero exentos de impuestos.
- Sociales: La falta de autoridad de la monarquía y el descontento del Tercer Estado.
- Intelectuales: La enorme influencia de los pensadores de la Ilustración.
El rey Luis XVI convocó los Estados Generales, pero el Tercer Estado se constituyó en Asamblea Nacional. La toma de la Bastilla el 14 de julio de 1789 marcó el inicio de la revolución. Se abolió el régimen feudal y se aprobó la Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano.
La Declaración de Derechos del Hombre y del Ciudadano (1789)
Aprobada el 26 de agosto de 1789, esta declaración se fundamenta en el pensamiento iusnaturalista, afirmando que las personas tienen derechos innatos que el Estado debe garantizar. Benefició principalmente a la burguesía y no condenó la esclavitud.
La Constitución de 1791
Estableció una monarquía constitucional con soberanía nacional. El rey era el jefe de Estado y del ejecutivo, pero su poder estaba limitado por una Asamblea Nacional. Se consagró el principio de legalidad: no hay autoridad superior a la ley.
La Constitución de 1793
Tras la ejecución del rey, se proclamó la República. Esta Constitución, inspirada en el pensamiento de Rousseau, nunca entró en vigor. Atribuía la soberanía al pueblo, establecía mecanismos de democracia directa y concentraba el poder en el cuerpo legislativo. Fue rechazada en la convulsa Francia del momento.
La Constitución de 1795
Tras el «Bienio del Terror» (1793-1794) impuesto por Robespierre, esta Constitución estableció una república con una rígida separación de poderes, un legislativo bicameral y un ejecutivo colegiado (el Directorio).
El Directorio y el Ascenso de Napoleón
El poder ejecutivo del Directorio pasó a manos de tres cónsules, siendo Napoleón Bonaparte el primero. En 1799, dio un golpe de Estado, iniciando el Consulado y, posteriormente, el Imperio Francés. Aunque expandió las ideas revolucionarias por Europa, su fracaso en Rusia en 1812 condujo a la restauración de la monarquía en Francia.