Fundamentos del Estado de Derecho
¿Qué es el Estado de Derecho?
Es el principio conforme al cual gobernantes y gobernados están sometidos al ordenamiento jurídico, de modo que el ejercicio del poder estatal encuentra límites en la Constitución, la ley y los derechos fundamentales.
¿Qué establece el principio de juridicidad?
Que los órganos de la Administración sólo pueden actuar cuando una norma jurídica les atribuye competencia para hacerlo, debiendo respetar la Constitución, las leyes y el resto del ordenamiento jurídico.
¿Cuál es la diferencia entre un particular y un órgano administrativo?
El particular puede hacer todo aquello que la ley no prohíba, mientras que la Administración sólo puede hacer aquello que el ordenamiento jurídico le autoriza expresamente.
Validez del Acto Estatal (Art. 7 CPR)
Requisitos de validez
- Investidura regular.
- Competencia.
- Forma prescrita por la ley.
Consecuencias de la falta de requisitos
El acto puede ser afectado por nulidad de derecho público y generar responsabilidades jurídicas.
Principios Constitucionales Clave
- Artículo 1 CPR: Consagra la servicialidad; el Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común.
- Artículo 5 CPR: Los derechos fundamentales limitan el ejercicio de la soberanía.
- Artículo 6 CPR: Establece la supremacía constitucional y la vinculación de los órganos del Estado a la Constitución.
- Artículo 7 CPR: Reitera la juridicidad y los requisitos de validez del acto administrativo.
- Artículo 8 CPR: Consagra la probidad y la transparencia.
Fuentes del Derecho
Fuente formal
Explica cómo nace la norma. Ejemplos: Constitución, ley, reglamento, decreto, resolución.
Fuente material
Explica por qué nace la norma. Ejemplos: Pandemia, crisis económica, doctrina, costumbre, demandas sociales.
Control y Organización Administrativa
Funciones de la Contraloría General de la República (CGR)
- Control preventivo (toma de razón).
- Control correctivo.
- Función dictaminante.
Efectos de los dictámenes
- Administración: Sí obligan.
- Tribunales: No obligan, aunque tienen gran influencia interpretativa.
Marco normativo: Ley N° 18.575 (LOCBGAE), Ley N° 18.834 (Estatuto Administrativo) y Ley N° 19.880 (Bases de los procedimientos administrativos).
El Acto Administrativo
Es una decisión formal emitida por un órgano de la Administración en ejercicio de potestades públicas.
Elementos del acto administrativo
- Competencia: Facultad legal que tiene un órgano para dictar un acto.
- Forma: Requisitos externos y procedimentales (notificación, firma, fundamentación).
- Motivo: Hechos y fundamentos jurídicos que justifican la decisión.
- Objeto: Contenido concreto de la decisión (lo que el acto ordena o resuelve).
- Fin: Propósito de interés público que la ley busca satisfacer.
Nota: Un acto puede ser legal pero inconstitucional si vulnera derechos fundamentales.
Derechos más afectados por la Administración
- Art. 19 N°2: Igualdad ante la ley.
- Art. 19 N°3: Debido proceso.
- Art. 19 N°21: Libertad económica.
- Art. 19 N°24: Propiedad.
Conceptos Avanzados
Nulidad de derecho público
Sanción que afecta a los actos administrativos dictados con infracción de los artículos 6° y 7° de la Constitución.
Falta de servicio
Factor de atribución de responsabilidad del Estado cuando un servicio público no funciona, funciona defectuosamente o tardíamente, causando un daño.
| Acción | Protege |
|---|---|
| Recurso de Amparo (Art. 21 CPR) | Libertad personal y seguridad individual |
| Recurso de Protección (Art. 20 CPR) | Derechos fundamentales específicos |
| Amparo Económico (Ley 18.971) | Libertad económica |
| Nulidad de Derecho Público | Legalidad del actuar administrativo |
| Acción indemnizatoria | Reparación de daños por falta de servicio |
