Instituciones y Competencias de la Generalitat de Cataluña


Instituciones Actuales de la Generalitat

El Parlament de Catalunya

El Parlament de Catalunya vela por el buen gobierno de la nación, crea y mantiene el Gobierno, elige entre sus miembros a la persona que debe ejercer la Presidencia de la Generalitat, y aprueba y sostiene el programa de gobierno que aquella propone.

  • El Parlament está constituido por los diputados, que son elegidos por sufragio universal, libre, igual, directo y secreto.
  • El grupo parlamentario es la traducción parlamentaria del partido político y tiene la función de convertir el programa político de estos en iniciativas parlamentarias y en programa de gobierno.
  • El presidente tiene la representación de la Cámara, establece y mantiene el orden de las discusiones y del debate, de acuerdo con el Reglamento, y vela por mantener el orden dentro del Parlament.
  • La Diputación Permanente tiene como función específica velar por los poderes de la Cámara en caso de expiración del mandato parlamentario.
  • Las comisiones son grupos reducidos de diputados que reproducen proporcionalmente la distribución de grupos parlamentarios del Pleno y se especializan en alguna de las materias de que trata la Cámara.

La Presidencia de la Generalitat

El presidente es elegido por el Parlament entre sus diputados y nombrado por el Rey. Tiene dos tipos de funciones:

Funciones representativas:
  • Mantener las relaciones con las otras instituciones del Estado y el resto de las comunidades autónomas.
  • Convocar las elecciones al Parlament de Catalunya y nombrar los altos cargos que las leyes determinen.
  • Promulgar en nombre del Rey las leyes de Cataluña.
Funciones gubernativas:
  • Nombrar a los consejeros, convocar y presidir las reuniones del Gobierno y firmar los decretos acordados por el Consejo Ejecutivo y ordenar que se publiquen.
  • Pedir que el Parlament se reúna en sesión extraordinaria, disolverlo o proponer la celebración de un debate general.
  • Coordinar el programa legislativo del Gobierno y la elaboración de normas de carácter general.
  • Convocar y presidir las comisiones del Consejo Ejecutivo y facilitar la información que el Parlament solicite al Gobierno.

El Gobierno

El Gobierno dirige la política y la administración de la Generalitat de Cataluña, es titular de la función ejecutiva y de la potestad reglamentaria, y está constituido por el Presidente y los consejeros. Responde políticamente ante el Parlament, sin responsabilidad directa de cada consejero por su gestión.

Atribuciones:
  • Determinar las directrices de la acción del Gobierno.
  • Elaborar y aplicar el Presupuesto de la Generalitat.
  • Aprobar los proyectos de ley y también dictar decretos legislativos.
  • Ejercer la potestad reglamentaria.
  • Dar o denegar la conformidad a la tramitación de determinadas proposiciones de ley.
  • Nombrar y separar a los altos cargos de la administración pública.
  • Designar a los representantes de la Generalitat en determinadas instituciones, organismos y empresas.
  • Designar parte de los miembros del Consejo de Garantías Estatutarias.
  • Adoptar medidas reglamentarias para la ejecución de los tratados y los convenios internacionales.
  • Aprobar los proyectos de convenios y acuerdos de cooperación con otras comunidades autónomas.
  • Promover ante el Tribunal Constitucional conflictos de competencia y personarse en los recursos y cuestiones que afecten a Cataluña.

Otras Instituciones

  • El Síndic de Greuges: institución que tiene como objetivo defender los derechos fundamentales y las libertades públicas de los ciudadanos.
  • La Sindicatura de Cuentas: es el órgano de fiscalización de la gestión económica, contable y financiera del sector público de Cataluña.
  • El Consejo Consultivo: tiene la función de dictaminar sobre la adecuación al Estatuto de los proyectos o proposiciones de ley.

Las Competencias de la Generalitat

Competencias Exclusivas

Se refieren al ejercicio pleno de funciones públicas en relación con una determinada materia.

  • Organización de las instituciones de autogobierno.
  • Derecho civil catalán.
  • Normas procesales y de procedimiento administrativo.
  • Cultura.
  • Patrimonio histórico.
  • Investigación.
  • Régimen local.
  • Higiene.
  • Turismo.
  • Pesca.
  • Artesanía.
  • Juventud.
  • Deporte.
  • Estadística.

Competencias Concurrentes

Implican la división de la materia o de las funciones ejercibles respecto de esta, y a veces la división de la misma función, especialmente la legislativa.

En materia económica:

  • Planificación de la actividad económica en Cataluña.
  • Industria.
  • Desarrollo y ejecución de los planes establecidos por el Estado.
  • Agricultura y ganadería.
  • Comercio interior.
  • Instituciones de crédito corporativo.
  • Sector público económico de la Generalitat.
  • En materia de enseñanza (competencia plena de la Generalitat), medios de comunicación (el Estatuto atribuye a la Generalitat) y sanidad (Generalitat).

En materia de justicia:

  • Ejercer todas las facultades que las leyes orgánicas del Poder Judicial reconozcan o atribuyan al Gobierno del Estado.
  • Fijar la delimitación de las demarcaciones territoriales de los órganos jurisdiccionales en Cataluña y coadyuvar en la instalación de los juzgados.

Competencias Ejecutivas

Se dan cuando los textos constitucionales y estatutarios establecen un reparto de las funciones ejercibles respecto a la misma materia.

  • Penitenciaria, trabajo, propiedad intelectual, pesos y medidas, museos, puertos y aeropuertos, salvamento marítimo, etc.

Competencias en Seguridad Pública

  • Proteger a las autoridades y los funcionarios de la Generalitat.
  • Prestar auxilio.
  • Proteger a las personas y los bienes y garantizar la seguridad ciudadana y el ejercicio pacífico de los derechos y las libertades públicas.
  • Vigilar y proteger los edificios, bienes y derechos de la Generalitat.
  • Garantizar la observancia de las disposiciones y las órdenes de la Generalitat y las leyes estatales.
  • Actuar bajo la dependencia de los jueces, los tribunales y del Ministerio Fiscal.

Estructura y Organización de la Administración

  • Los Departamentos: Son las unidades en que se organiza el Gobierno.
  • La Secretaría del Gobierno: Ofrece asistencia y apoyo técnico al Gobierno de la Generalitat.
  • Las Secretarías Generales: Ejercen la representación del consejero en diversas materias y actividades.
  • Las Secretarías Sectoriales.
  • Las Direcciones Generales: Gestionan los servicios especializados que se integran dentro de aquellos.
  • Los órganos territoriales: Representan al Gobierno en sus respectivas demarcaciones.

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