La Doctrina Social de León XIII: Justicia, Trabajo y Dignidad Humana


Planteamiento de la encíclica de León XIII

El Papa rechaza la lucha de clases, afirmando que: «es mal capital suponer que una clase social sea espontáneamente enemiga de la otra». Por consiguiente, propone la mutua colaboración basada en el cumplimiento de los deberes propios de cada clase.

Deberes de los obreros

  • Cumplimiento contractual: Cumplir íntegra y fielmente lo que, por propia libertad y con arreglo a justicia, se haya estipulado sobre el trabajo.
  • Integridad del capital: No dañar en modo alguno al capital.
  • Respeto a la autoridad: No ofender a la persona de los patronos.
  • No violencia: Abstenerse de toda violencia al defender sus derechos y no promover sediciones.
  • Integridad moral: No mezclarse con hombres depravados que alientan pretensiones inmoderadas, lo que conlleva arrepentimientos estériles y pérdidas de fortuna.

Deberes de los patronos

  • Dignidad humana: No considerar a los obreros como esclavos y respetar su dignidad, ennoblecida por el carácter cristiano.
  • Condiciones dignas: Que los trabajos remunerados no sean vergonzosos para el hombre.
  • Bienestar integral: Atender las exigencias de la religión y los bienes de las almas, permitiendo tiempo para la piedad y evitando la corrupción o el descuido de las atenciones domésticas.
  • Límites físicos: No imponer más trabajo del que puedan soportar sus fuerzas.
  • Justicia salarial: Dar a cada uno lo que sea justo, evitando oprimir a los necesitados para obtener lucro personal.
  • Protección: Evitar perjudicar los intereses de los proletarios mediante violencias o engaños.

La defensa del descanso semanal

El Papa sostiene que es necesario interrumpir las labores durante la semana y los días festivos por motivos religiosos. Este descanso permite al hombre desconectar de su vida diaria para dedicarse a las cosas celestiales y rendir culto a la divinidad. Basándose en el Antiguo Testamento («Acuérdate de santificar el sábado»), el Papa justifica que:

«Establézcase en general que se dé a los obreros todo el reposo necesario para que recuperen las energías consumidas en el trabajo… no sería honesto pactar lo contrario, ya que a nadie es lícito exigir ni prometer el abandono de las obligaciones que el hombre tiene para con Dios o para consigo mismo».

Justicia salarial y propiedad privada

El trabajo es el medio para la propia conservación: «Te ganarás el pan con el sudor de tu frente». Si bien existe libertad de pacto entre obrero y patrono, el salario no debe ser insuficiente para alimentar a un obrero frugal. Si el trabajador percibe una retribución amplia, podrá inclinarse al ahorro y constituir un pequeño patrimonio. Las leyes deben favorecer este derecho para lograr una distribución equitativa de las riquezas.

El papel de los sindicatos

El Estado no debe impedir la existencia de sociedades privadas, pues el derecho a asociarse es un derecho natural. El Estado ha sido instituido para garantizar el derecho natural, no para conculcarlo. Por tanto, el Estado debe proteger estas asociaciones sin inmiscuirse en su régimen interno. El fin último de estas asociaciones de obreros debe ser el aumento de los bienes del cuerpo, del alma y de la familia de cada uno de sus miembros.

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