Concepto de Ordenamiento Jurídico
El ordenamiento jurídico se define como:
“El conjunto unitario y coherente de normas que rigen en un cierto momento dentro de un ámbito espacial determinado.”
Esto significa que:
- Incluye todas las normas jurídicas vigentes en un país.
- Todas las normas forman un sistema organizado.
- Se aplican dentro de un territorio y un tiempo específico.
- Están unidas por relaciones de fundamentación, derivación y coordinación.
El Ordenamiento Jurídico como Sistema
Como sistema normativo estático y dinámico
Sistema Normativo Estático
- Las normas valen por su contenido.
- Son derivables lógicamente de una norma superior que se considera evidente.
- Ejemplo: la moral (la norma “no mentir” deriva del principio superior de “decir la verdad”).
Sistema Normativo Dinámico
- El derecho es un sistema dinámico.
- Las normas valen por su origen, no necesariamente por su contenido.
- Son válidas porque son dictadas por la autoridad competente, siguiendo el procedimiento fijado por una norma superior.
- Se basa en la norma fundante básica presupuesta (concepto de Kelsen).
Sentido unitario del sistema
Las normas no son un conjunto disperso, sino que forman un todo unitario. La unidad proviene de la Norma Fundamental o Norma Básica, que:
- Da el fundamento final de validez a todo el sistema.
- Explica por qué todas las normas del sistema son válidas.
Cada norma válida se apoya en otra de rango superior, creando una cadena de validez.
Ejemplos:
- Las leyes derivan su validez de la Constitución.
- Las sentencias derivan su validez del código procesal correspondiente.
Límites al proceso creador de normas
Para que una nueva norma sea válida, debe respetar dos tipos de límites:
Límite de contenido (material)
La norma inferior no puede contradecir a la superior.
Ejemplo: un reglamento no puede permitir o prohibir algo que la ley que desarrolla no contemple.
Límite de forma (procedimental)
La norma debe ser creada siguiendo el procedimiento establecido.
Ejemplo: una ley debe ser aprobada siguiendo el procedimiento legislativo fijado en la Constitución.
Consecuencias de cumplir los límites
- Si una norma respeta tanto el contenido como la forma, entra válidamente al sistema.
- Una vez válida, puede servir de fundamento para generar normas inferiores.
- Esto crea un flujo continuo de producción normativa, lo que demuestra el dinamismo del sistema.
Límites materiales adicionales
Además, las normas no pueden:
- Ordenar lo físicamente imposible.
- Ser completamente contrarias a valores jurídicos esenciales como la justicia, la paz, el orden o la seguridad jurídica.
Características del ordenamiento jurídico
Las cuatro características fundamentales del ordenamiento jurídico son: unidad, plenitud, coherencia y jerarquía.
Unidad
El sistema es un todo único, fundado en la norma básica. Toda norma válida se apoya, directa o indirectamente, en una norma superior.
La Norma Básica o Norma Fundamental (Kelsen)
- No es una norma positiva (escrita), sino una norma supuesta o hipótesis de trabajo.
- Justifica la validez de la primera Constitución histórica de un Estado.
- Surge tras hechos fundantes como una revolución, un golpe de Estado, etc.
- Es jurídica (porque da validez al sistema) y metajurídica (porque no está dentro del sistema que fundamenta).
- Es relativa, ya que varía según cada país.
Plenitud
El Derecho como sistema no tiene lagunas. Aunque la ley sí pueda tenerlas, el ordenamiento jurídico se completa a sí mismo a través de:
- La costumbre.
- La jurisprudencia.
- Los principios generales del derecho.
- La equidad.
- Los reglamentos y otras normas.
Coherencia
El sistema debe evitar contradicciones entre sus normas (antinomias). Cuando estas existen, se resuelven con criterios de prevalencia:
- Jerarquía: la norma superior prevalece sobre la inferior.
- Especialidad: la norma especial prevalece sobre la general.
- Cronología: la norma posterior deroga a la anterior.
Jerarquía
Las normas se organizan en un orden piramidal. Un orden típico del sistema es:
- Constitución
- Leyes
- Reglamentos y decretos
- Resoluciones y actos administrativos
- Contratos, sentencias y actos individuales
Relaciones de fundamentación y coordinación entre normas
Fundamentación
Es una relación vertical. Una norma se apoya en otra de rango superior para ser válida.
Coordinación
Es una relación horizontal entre normas del mismo nivel jerárquico. Sirve para evitar conflictos y delimitar sus respectivos ámbitos de aplicación.
Relaciones entre derecho nacional e internacional
Derecho Nacional
Rige dentro del territorio de un Estado y se aplica a todas las personas bajo su jurisdicción.
Derecho Internacional
- Derecho Internacional Público: regula las relaciones entre Estados.
- Derecho Internacional Privado: resuelve conflictos de leyes entre ordenamientos de distintos países.
Debate: ¿existe unidad jurídica internacional?
Teoría Dualista
Sostiene que el derecho nacional y el internacional son dos sistemas jurídicos independientes y separados, que no comparten fundamento de validez.
Teoría Monista
Afirma que ambos derechos forman un único sistema. Esta unidad puede ser de:
- Subordinación: un ordenamiento depende del otro.
- Coordinación: existe una delimitación mutua de competencias, lo que implicaría la existencia de un tercer sistema superior que establezca dichos límites.
Comentario final sobre la existencia del sistema jurídico
Algunos autores sostienen que el Derecho actual sufre una crisis de sistematización debido a:
- El exceso de legislación, creando una “selva jurídica”.
- La existencia de normas dispersas y asistemáticas.
- Una producción legislativa desordenada y reactiva.
Como solución, se propone una codificación amplia que integre no solo leyes, sino también reglamentos, sentencias, decisiones administrativas y doctrina relevante.
Ejemplos históricos de sistematización:
- El Digesto romano.
- El Restatement of the Law en el sistema del common law.
- El banco de datos de información jurídica de Alemania.
Divisiones y partes del ordenamiento jurídico
Derecho nacional y derecho internacional
Derecho Nacional (interno)
- Es el derecho propio de cada país.
- Su fundamento último de validez es la Constitución.
Derecho Internacional
- Público: regula las relaciones entre Estados.
- Privado: resuelve conflictos de leyes entre Estados.
Dudas históricas sobre su existencia
Se ha cuestionado su carácter de verdadero derecho por la ausencia de:
- Un legislador común mundial.
- Suficientes tribunales internacionales con jurisdicción obligatoria.
- Un poder ejecutivo global con capacidad de coacción.
Respuestas doctrinales
- El derecho no solo surge del legislador, sino también de la costumbre y los tratados.
- Existen tribunales internacionales, como la Corte Penal Internacional o la Corte Internacional de Justicia.
- Existen sanciones directas e indirectas para asegurar su cumplimiento.
- Existe una conciencia jurídica internacional sobre su obligatoriedad.
Para Kelsen, el derecho internacional sería un orden jurídico superior que coordina los ordenamientos estatales.
Derecho público y derecho privado
Origen de la distinción
Proviene del jurista romano Ulpiano (recogido en el Digesto):
“El Derecho público es el que atañe al estado de la cosa romana; el privado, el que pertenece a la utilidad de los particulares.”
Ramas del Derecho Público
- Derecho Constitucional
- Derecho Administrativo
- Derecho Penal
- Derecho Procesal
- Derecho Internacional Público
Ramas del Derecho Privado
- Derecho Civil
- Derecho Comercial
- Derecho Internacional Privado
Doctrinas que aceptan y niegan la distinción
Las que la aceptan
Sostienen que la distinción es vigente, útil y refleja una diferencia real en la naturaleza de las relaciones jurídicas.
Las que la niegan
Consideran que es una división artificial, puramente metodológica o que ha perdido relevancia en el Estado social moderno.
Concepto y principales ramas del Derecho Público y Privado
Derecho Público
Concepto
Es la parte del ordenamiento jurídico que regula la organización, funcionamiento y poderes del Estado, así como las relaciones entre el Estado y los particulares cuando el Estado actúa con autoridad (ius imperium). El interés protegido es el general o público.
Características
- El Estado actúa con supremacía jurídica y puede imponer decisiones unilaterales.
- Busca garantizar el orden, la paz social y el funcionamiento de las instituciones.
- Predomina la indisponibilidad: las partes no pueden modificar libremente las normas.
Principales ramas del Derecho Público
Derecho Constitucional
Estudia la estructura del Estado, la organización de los poderes, los derechos fundamentales y el control de constitucionalidad.
Derecho Administrativo
Regula la actividad de la Administración Pública, sus procedimientos, contratos, funcionarios, responsabilidad y potestades.
Derecho Penal
Determina los delitos, las penas y las medidas de seguridad. Establece la responsabilidad penal y sus límites.
Derecho Procesal
Regula los procedimientos mediante los cuales los órganos jurisdiccionales aplican el derecho (proceso civil, penal, administrativo, etc.), garantizando el debido proceso.
Derecho Internacional Público
Regula las relaciones entre Estados, organizaciones internacionales y otros sujetos de derecho internacional.
Derecho Privado
Concepto
Regula las relaciones entre particulares en condiciones de igualdad jurídica, y aquellas en las que el Estado actúa sin autoridad, como un particular más. Su objetivo es proteger los intereses individuales y la autonomía de la voluntad.
Características
- Predomina la autonomía de la voluntad: las partes pueden pactar libremente dentro de los límites de la ley.
- El Estado no impone unilateralmente obligaciones.
- Regula principalmente relaciones patrimoniales, familiares y contractuales.
Principales ramas del Derecho Privado
Derecho Civil
Es la base del derecho privado. Regula materias como las personas (capacidad, estado civil), los bienes y la propiedad, las obligaciones y contratos, la responsabilidad civil, la familia y las sucesiones.
Derecho Comercial o Mercantil
Regula los actos de comercio, las empresas y los comerciantes. Incluye sociedades, títulos valores, contratos mercantiles, insolvencia, banca y mercado de valores.
Derecho Internacional Privado
Determina qué ley nacional aplica cuando una relación privada involucra elementos de varios países, regulando los conflictos de leyes, la competencia judicial internacional y el reconocimiento de sentencias extranjeras.
