Segunda República Española: Análisis de Documentos Clave y Contexto Histórico


La Segunda República Española: Un Análisis Documental

Introducción

Este análisis se centra en documentos clave de la Segunda República Española, abarcando desde su proclamación hasta las consecuencias de la Guerra Civil, con especial atención al Estatuto de Autonomía Vasco y la abolición del Concierto Económico.

Proclamación de la Segunda República (1931)

La Segunda República Española se proclamó el 14 de abril de 1931, tras la crisis de la monarquía de Alfonso XIII y la dictadura de Primo de Rivera, que no logró resolver los problemas económicos ni modernizar el país. Tras la dimisión de Primo de Rivera en 1930, Alfonso XIII intentó recuperar la estabilidad con los gobiernos de Berenguer y Aznar, pero sin éxito. La oposición republicana, formada por socialistas, intelectuales y nacionalistas, firmó el Pacto de San Sebastián en 1930 para derrocar la monarquía. Las elecciones municipales del 12 de abril de 1931, consideradas un plebiscito, dieron la victoria republicana en las grandes ciudades, lo que precipitó la proclamación de la República. El colapso de la monarquía se debió a la crisis económica, el descontento social, las demandas de reformas agrarias y laborales, el auge del movimiento obrero y la tensión entre la Iglesia y el Estado.

Desarrollo y Polarización de la República

La Segunda República Española se proclamó el 14 de abril de 1931 tras la crisis de la monarquía de Alfonso XIII y la dictadura de Primo de Rivera (1923-1930), que no resolvió los problemas económicos ni sociales. Tras la dimisión de Primo de Rivera, los gobiernos de Berenguer y Aznar fracasaron en recuperar la estabilidad. En 1930, la oposición republicana firmó el Pacto de San Sebastián para derrocar la monarquía. Las elecciones municipales del 12 de abril de 1931, consideradas un plebiscito, dieron la victoria republicana en las grandes ciudades, provocando la proclamación de la República. Este nuevo régimen impulsó reformas políticas, sociales y económicas, como la Constitución de 1931, que garantizaba el sufragio universal, la descentralización y la separación Iglesia-Estado. Sin embargo, estas medidas generaron una fuerte polarización. El Bienio Reformista (1931-1933) trajo cambios profundos, pero en el Bienio Conservador (1933-1936) se paralizaron. La tensión entre izquierda y derecha culminó con el asesinato de José Calvo Sotelo en 1936, desatando la Guerra Civil, que finalizó con la dictadura de Franco hasta 1975.

El Estatuto de Autonomía del País Vasco (1936)

Localización y Contexto

Estamos ante una selección del articulado del Estatuto de Autonomía del País Vasco, aprobado el 9 de octubre de 1936 en el Boletín Oficial del País Vasco. Se trata de un texto de fuente primaria, de carácter jurídico-normativo (un Estatuto) y contenido político. El autor es colectivo: el Congreso de los Diputados en Cortes reducidas a causa de la Guerra. Va dirigido a los habitantes de las provincias vascas y su finalidad es pública. Se aprobó en la etapa del gobierno del Frente Popular, cuando este recuperó el proceso autonómico vasco paralizado en el gobierno radical-derechista anterior. A pesar del comienzo de la guerra civil en julio, el estatuto fue aprobado por el procedimiento de urgencia y bajo el influjo de Prieto. Se publicó el 4 de octubre de 1936 en la Gaceta de Madrid.

Ideas Principales del Estatuto

Sus principales ideas hacen referencia a:

  • La constitución de Álava, Guipúzcoa y Vizcaya como una región autónoma dentro del Estado español, basándose en la Constitución de la República y el propio Estatuto.
  • Cada uno de los tres territorios se regirá autónomamente por sus lenguas oficiales: el vascuence y el castellano.
  • Adquisición de competencias respecto a la seguridad ciudadana (artículo 5). El Gobierno Vasco tendrá su propia policía para mantener el orden público, con jurisdicción restringida al territorio autónomo.
  • Distribución de poderes políticos: se afirma el principio de soberanía nacional, se da una división de poderes y el presidente de la Comunidad Autónoma será su representante en sus relaciones con la República.
  • Disposición transitoria sobre el establecimiento de un Gobierno Provisional formado por miembros del gobierno elegidos por el presidente y el nombramiento del primer Lehendakari provisional por los alcaldes.
  • Justificación de la disposición, que hace referencia a la gran inestabilidad del momento, ya que los franquistas ocupaban Álava y gran parte de Guipúzcoa.

Contexto Histórico del Estatuto

Desde la abolición de los fueros en 1876 por Cánovas del Castillo y la paralela industrialización, habían nacido en las entonces llamadas Provincias Vascongadas dos amplios movimientos que, de alguna manera, pretendían lo mismo: la restauración de la foralidad. Estos movimientos fueron los foralistas y los tradicionalistas. Sus aspiraciones nunca fueron recogidas por los políticos de la Restauración. La acción de ambos grupos y la negativa oficial provocó el nacimiento, en el cambio de siglo, del nacionalismo sabiniano.

Este nacionalismo es el principal valedor de un Estatuto peculiar que recoja lo fundamental de la vieja foralidad. Sin embargo, todos sus esfuerzos serán vanos hasta la proclamación de la II República. Cuando la coalición de republicanos y socialistas gane las elecciones de 1931, pronto aprobarán el Estatuto Catalán. Este hecho motivará que también en el llamado País Vasco se inicie la redacción de un estatuto. El retraso se debió a la ausencia del nacionalismo vasco del Pacto de San Sebastián (1930).

De hecho, en las elecciones municipales del 12 de abril de 1931, los nacionalistas entraron a formar parte de la mayoría de los ayuntamientos vascos, lo cual permitió al PNV liderar un movimiento de ayuntamientos vasco-navarros a favor de la autonomía.

Proyectos de Estatuto y Aprobación

Los proyectos de Estatuto serán varios, siendo el promovido por los nacionalistas el más desarrollado. Se elaboran varios borradores, entre ellos el proyecto de estatuto de Eusko Ikaskuntza, que son rechazados por no encajar con la Constitución de 1931, ya que un artículo de la aún por aprobar Constitución precisaba que las relaciones con la Iglesia serían competencia exclusiva del Estado central, no de las regiones autonómicas, de la misma manera que no se contemplaba una estructura de confederación sino de regiones autónomas.

El último proyecto en presentarse en ese periodo fue el proyecto de estatuto de las “Comisiones Gestoras de las diputaciones” que, aunque recortaba algunas competencias respecto a la propuesta de Estella, encajaba en la Constitución ya aprobada. En él, se considera al País Vasco como «región autónoma», no como Estado Vasco, y se reconocían derechos de los inmigrantes españoles y el sufragio universal, más acorde con la Constitución.

Sin embargo, el ascenso al gobierno del centro-derecha de Lerroux y la CEDA en 1933 paralizará su aprobación. Durante el trienio en el que estas fuerzas estén en el poder (1933-1936), la política, en general, sufrirá una vuelta a momentos anteriores. Sólo la llegada del Frente Popular y la postura contraria al alzamiento militar franquista de los nacionalistas vizcaínos y guipuzcoanos llevarán al Congreso de los Diputados español a aprobar el primer Estatuto de Autonomía del que el texto nos presenta tres artículos.

Este Estatuto, aprobado con la guerra ya iniciada, únicamente se aplicará en Vizcaya y una pequeña franja de Guipúzcoa, ya que el resto del territorio de aplicación había sido conquistado por las tropas franquistas. Por otra parte, su vida será muy breve, ya que al cabo de nueve meses estas tierras serán también conquistadas por Franco y el Estatuto derogado. Permanecerá vigente el Concierto Económico en el territorio alavés.

Decreto de Abolición de los Conciertos Económicos (1937)

Localización y Contexto

Nos encontramos ante el decreto ley de abolición de los conciertos económicos para Guipúzcoa y Vizcaya, publicado el 24 de junio de 1937. Se trata de un texto de fuente primaria, de carácter jurídico (una ley) y contenido político. Fue Francisco Franco, «caudillo» desde 1936, jefe militar y político del movimiento nacional, su autor, quien dirigía las operaciones militares del frente norte. Fue aprobado y publicado en junio de 1937, momento en el que Bilbao ya había caído en manos de las tropas franquistas. Se dirige a un colectivo, aunque con especial incidencia en los afectados. El objetivo es explicar y dar a conocer las razones de la supresión del Concierto vasco y de la situación económica en que quedarían ambos territorios tras la entrada en vigor del decreto. Su fin es público.

Contexto Histórico y Abolición

Para una mejor comprensión del problema, debemos retrotraernos al final de la III Guerra Carlista (1876). La derrota del carlismo supuso la abolición de los fueros de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa. Sin embargo, los liberales fueristas reclamaron ante el gobierno de Cánovas del Castillo el mantenimiento de una de las competencias que más les afectaba: la gestión económica. El Gobierno cedió a estas pretensiones e hizo la concesión bajo la fórmula de Concierto Económico. Este concierto económico supondrá el pago de los habitantes vascos de impuestos a las Diputaciones y no al Gobierno, y la negociación entre Diputaciones con el Gobierno central para fijar la cantidad a pagar.

Entre las ventajas de esta fórmula, destacaríamos que los impuestos se destinan a resolver los problemas del propio territorio y que permiten obtener un superávit para realizar más mejoras.

Así permaneció la cuestión hasta 1931. Con la proclamación de la II República, las ansias de autonomía resurgieron. Los proyectos de Estatuto se sucedieron. El primero no se tramitó y los dos siguientes fueron aprobados por el Parlamento español por diversos motivos. En todos ellos se incluía el Concierto Económico.

Con las elecciones de 1933 y la victoria del Gobierno radical-cedista, se paralizó todo el proceso estatutario y este no se retomaría hasta 1936, tras la victoria del Frente Popular, quienes vuelven a poner en marcha las reformas iniciadas por el primer gobierno republicano.

El triunfo del Frente Popular supuso: la reorganización de los vencidos; la crispación en la calle fruto de la polarización de la vida política; la vuelta a la política del gobierno republicano-socialista de 1932 materializada en la amnistía a los presos de la Revolución de octubre de 1934, la reactivación de la reforma agraria, la reactivación de la redacción del Estatuto Vasco, la reapertura del Parlamento Catalán y la readmisión de muchos de los despedidos de las fábricas por las huelgas. Durante el Gobierno del Frente Popular, la Falange, los carlistas y los generales José Sanjurjo y Emilio Mola preparan un golpe de Estado. Todo esto lleva a que el 17 de julio de 1936 se produzca una sublevación militar apoyada por algunos civiles. Ante el fracaso del levantamiento en las principales ciudades españolas, el enfrentamiento entre las fuerzas sublevadas y las fuerzas leales al gobierno deriva en una guerra civil.

Consecuencias de la Guerra Civil

En el País Vasco, Álava y Navarra, con gran influjo carlista, se posicionaron en el lado rebelde; mientras que Guipúzcoa y Vizcaya se situaron en el bando republicano. En 1936, las tropas franquistas toman Guipúzcoa cerrando la frontera. Sin embargo, Vizcaya aguanta nueve meses hasta caer en manos franquistas. En la defensa de Vizcaya destacan tres acontecimientos: las defensas establecidas en torno a Bilbao conocidas como el “Cinturón de Hierro”, el bombardeo de Guernica de 1937 y el Pacto de Santoña de 1937 que significó la rendición del ejército vasco ante las tropas italianas.

En este contexto bélico y complejo se aprueba el primer Estatuto de Autonomía del País Vasco, abarcando los territorios de Álava, Vizcaya y Guipúzcoa. Obviamente, queda recogido en este Estatuto el Concierto Económico mediante el que se regula toda la competencia económica. Como hemos indicado con anterioridad, la postura de estos territorios respecto a la sublevación fue diversa y muestra diferentes consecuencias. El texto analizado muestra el Decreto correspondiente.

Esta situación se mantendrá hasta la muerte de Franco en 1975 y la aprobación de la actual Constitución en 1978. La organización del territorio español en autonomías favorecerá la redacción y aprobación del actual Estatuto Vasco. Una vez más, la gestión de la competencia económica se organizará a través del Concierto Económico.

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