La Seguridad Social en España
La Seguridad Social en España tiene como finalidad garantizar a los trabajadores, familiares o asimilados a su cargo, la protección adecuada ante diversas contingencias como enfermedad, accidente, jubilación, orfandad, desempleo o muerte.
Principios Básicos del Sistema de la Seguridad Social
- Contributividad: Proporcionalidad entre lo percibido y lo aportado.
- Universalidad: Extensión a todos los ciudadanos de la acción protectora.
- Solidaridad intergeneracional: Las cotizaciones de los trabajadores actuales contribuyen a financiar las pensiones.
- Equidad e igualdad de derechos: Con independencia del momento y el lugar de residencia del asegurado.
- Suficiencia: Se garantizan los niveles de bienestar mediante prestaciones adecuadas.
- Unidad de caja: El Estado es el único titular de todos los recursos de la Seguridad Social.
Normativa Principal
La normativa principal está recogida en tres Reales Decretos:
- Estructura y Prestaciones: Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social (Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre).
- Inscripción, Afiliación, Altas y Bajas: Reglamento General sobre Inscripción de Empresas y Afiliación, Altas, Bajas y Variaciones de Datos de Trabajadores en la Seguridad Social (Real Decreto 84/1996).
- Cotización y Recaudación: Reglamento sobre Cotización y Liquidación (Real Decreto 2062/1994).
Modalidades de Prestaciones de la Seguridad Social
- Contributivas: Integran a los trabajadores, tanto españoles como extranjeros residentes legalmente en España, que ejercen una actividad en territorio nacional e incluidos en uno de estos apartados:
- Trabajadores por cuenta ajena.
- Trabajadores autónomos.
- Socios trabajadores de cooperativas.
- Funcionarios públicos, civiles y militares.
- Estudiantes.
- Españoles no residentes en territorio nacional, en determinadas situaciones.
- No Contributivas: Incluyen a personas que se encuentren en estado de necesidad o carezcan de recursos económicos.
Regímenes que Integran la Seguridad Social
- Régimen General: Incluye a todo aquel que trabaje en territorio nacional por cuenta ajena y que no esté incluido en un régimen especial.
- Régimen Especial: Trabajadores autónomos, trabajadores del mar, trabajadores mineros, determinados funcionarios.
Entidades Gestoras de la Seguridad Social
Las Entidades Gestoras tienen como finalidad administrar y gestionar la acción protectora de la Seguridad Social. Son:
- Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS): Es la entidad encargada de la gestión y administración de las prestaciones económicas.
- Instituto de Gestión Sanitaria (INGESA): Gestiona las prestaciones sanitarias de la Seguridad Social en el ámbito de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla.
- Instituto de Mayores y Servicios Sociales (IMSERSO): Gestiona las pensiones de invalidez y jubilación, así como planes, programas y servicios para las personas mayores.
- Instituto Social de la Marina (ISM): Se encarga de la gestión y administración de las prestaciones del sector marítimo-pesquero.
Servicios Comunes
- Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS): Tiene la custodia de todos los recursos, se ocupa de la gestión recaudatoria y las obligaciones de la Seguridad Social.
- Servicios de Informática: Tienen como misión la informatización del sistema de la Seguridad Social.
Entidades Colaboradoras
- Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social: Son asociaciones de empresarios que se agrupan para gestionar una serie de servicios relacionados con los accidentes de trabajo, las enfermedades profesionales y las contingencias comunes.
- Las Empresas: Colaboran en la gestión de la Seguridad Social de una de las siguientes formas:
- Obligatoriamente: Abonan prestaciones de incapacidad temporal y protección a la familia, así como las de desempleo, que posteriormente son reintegradas por la Seguridad Social.
- Voluntariamente: Algunas empresas aseguran directamente a su personal por asistencia sanitaria y asumen las prestaciones económicas derivadas en caso de incapacidad temporal.
Organismos Autónomos
- Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE): Declara el reconocimiento, la suspensión, la reanudación y la extinción del derecho a las prestaciones por desempleo, así como su gestión y control.
- Instituto Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo (INSST): Tiene carácter administrativo, asesora y controla las acciones dirigidas a disminuir los riesgos laborales, los accidentes de trabajo y las enfermedades profesionales.
Obligaciones de las Empresas con la Seguridad Social
- Inscripción de la empresa.
- Inscripción de los trabajadores autónomos.
- Formalización de la cobertura de riesgos profesionales.
- Variación de datos y cese de actividad de la empresa.
- Afiliación, altas, bajas y variaciones de datos de las personas trabajadoras.
- Cotizar a la Seguridad Social e ingresar las aportaciones propias y las de sus trabajadores en la Tesorería General de la Seguridad Social.